Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Resolución N° 970/97
Apruébase un plan de intercambio
compensado presentado por la firma "IN-DE-CO H. Minoli Sociedad Anónima
Comercial e Industrial".
Bs. As., 24/9/97.
VISTO el expediente N° 060-001803/97, del registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "IN-DE-CO H.
MINOLI SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL", con domicilio en
Camino General Belgrano Km. 6,5, Manuel B. Gonnet, Provincia de Buenos
Aires, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que
proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la
industria automotriz, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 1° de la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del
29 de abril de 1.996 y sus modificatorias por la Resolución S.I.C. y M.
N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291
del 11 de abril de 1.997.
Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los
artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996 y en el
artículo 1° de la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de
1.996 y sus modificatorias por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26
de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril
de 1.997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1°- Apruébase el plan
de intercambio compensado presentado por la firma "IN-DE-CO H. MINOLI
SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL", con domicilio en Camino
General Belgrano Km. 6,5, Manuel B. Gonnet, Provincia de Buenos Aires,
con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que
forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°- Los derechos y
obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente
resolución se regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996,
por la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus
modificatorias por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de
septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de
1.997, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos
por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S. P. N° 060-001803/97.
Art. 3°- Déjase establecido que
a los efectos que hubiere lugar, la firma "IN-DE-CO H. MINOLI SOCIEDAD
ANONIMA COMERCIAL e INDUSTRIAL", constituye domicilio especial en Avda.
Dávila 1180, Dock 8, Piso 2°, Capital Federal, donde serán válidas
todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le
practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o
controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de
la Capital Federal.
Art. 4°- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5°- Remítase copia de la
presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6°- Notifíquese a la interesada.
Art. 7°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Alieto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N° 970