Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 971/97

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma "V.M.G. Sociedad Anónima".

Bs. As., 24/9/97

B.O: 29/9/97

VISTO el expediente Nº 060-0001900/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "V.M.G. SOCIEDAD ANONIMA", con domicilio en Parque Industrial Rafaela-Ruta 34 Norte-Rafaela, Provincia de Santa Fe, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la Industria automotriz, y

CONSIDERANDO:

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Subsecretaria de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M. eI. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.

Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6º y 14 del Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996 y en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M. eI. Nº 190 del 29 de abril de 1996, y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º-Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma "V.M.G. SOCIEDAD ANONIMA", con domicilio en Parque Industrial Rafaela-Ruta 34 Norte-Rafaela, Provincia de Santa Fe, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (l) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. eI. Nº 190 del 29 de abril de 1996, y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E.yO.yS.P. Nº 060-001900/97.

Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "V.M.G. SOCIEDAD ANONIMA", constituye domicilio especial en Balcarce 260- 2º piso "A" de la Capital Federal, donde serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4º-La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5º-Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6º-Notifíquese a la interesada.

Art.7º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 971

Expediente Nº 060-001900/97

Empresa: "V.M.G. SOCIEDAD ANONIMA".

Productos a Exportar: 


Posición N.C.M.                     Descripción                          

8413.30.90                          Bomba de agua                        

8413.91.00                          Juego de reparación

Productos a Importar: 


Posición N.C.M.                     Descripción                          

8482.10.10                          Eje a rodillo                        

8413.91.00                          Partes de Bomba                      

8413.30.90                          Bomba de agua

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