Ministerio del Interior y Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución Conjunta 92/97 y 1014/97

Crease el Fondo Rotatorio para la Fuente de Financiamiento 13 - Recursos con Afectación Especifica, de la Jurisdicción 30.

Bs. As., 11/9/97

B.O: 30/9/97

VISTO los Decretos Nº 2380 de fecha 28 de diciembre de 1994 y Nº 1.410 de fecha 3 de diciembre de 1996 y la Decisión Administrativa Nº 189 de fecha 22 de abril de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto se establecen las normas a las que se ajustarán los regímenes de Fondos Rotatorios y Cajas Chicas de los Organismos de la Administración Central dependientes del Poder Ejecutivo Nacional.

Que el artículo 5º del mismo, fijó los montos de los mencionados Fondos en un máximo equivalente al TRES POR CIENTO (3 %) de la sumatoria de los créditos originales para cada ejercicio, correspondientes a los conceptos autorizados en el artículo 7º de la citada norma legal.

Que el artículo 22 del Decreto Nº 1410/96 transfiere el Complejo Terminal de Cargas (COTECAR) del Centro de Frontera de Paso de los Ubres al ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que atento a la fecha de publicación del Decreto precitado resulta imposible incluir dentro del los créditos al MINISTERIO DEL INTERIOR en el Presupuesto 1997, las partidas y la correspondiente financiación para la atención de los gastos operativos para el funcionamiento de los centros de frontera transferidos.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 189/97 se financian los pasos y centros de frontera no previstos en el ejercicio 1997.

Que la CONTADURIA GENRAL DE LA NACION y la TESORERIA GENERAL DE LA NACION han tomado la intervención que les compete, por lo que corresponde dictar la presente, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 6º del Decreto Nº 2380/ 94.

Por ello,

LOS MINISTROS DEL INTERIOR Y DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVEN:

Artículo 1º-Créase el FONDO ROTATORIO para la Fuente de Financiamiento 13 - Recursos con Afectación Específica, de la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR, Servicio Administrativo Financiero 325 y establécese en la suma de PESOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ 18.630,00) el monto de dicho Fondo.

Art. 2º-Desígnase como responsable del Fondo al titular de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION del citado Departamento de Estado.

Art. 3º-Se podrá realizar gastos con cargo al Fondo Rotatorio para los conceptos del clasificador por objeto del gasto especificados en el artículo 7º del decreto Nº 2380/94.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.- Carlos V. Corach.- Roque B. Fernández.