MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Disposición 199/97

Bs. As., 16/9/97

B.O.: 1/10/97

VISTO: Las disposiciones del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial números 93/96,

121/96 y 124/96,y

CONSIDERANDO:

Que por la primera de las disposiciones citadas se determinaron los vencimientos de los plazos para el pago de la Tasa Anual de Mantenimiento de las patentes de invención, en tanto que por la segunda se ordenó publicarla en el Boletín Oficial, además de hacerlo en el Boletín de Marcas y Patentes.

Que por la disposición N° 124/96 (B.O. del 2/8/96 pág. 21) se modificó el art. 4° de la Disposición N° 93/96, prorrogando hasta el 16 de agosto de 1996 el vencimiento para el pago de le Tasa Anual de Mantenimiento de Patentes, en los casos detallados en este artículo.

Que no obstante lo resuelto mediante la Disposición N° 121/96 la Disposición N° 93/96, aún no ha sido publicada en el Boletín Oficial por lo que carece de la publicidad necesaria para adquirir vigencia legal.

Que ante la situación excepcional que surge de lo expuesto precedentemente el Directorio ha resuelto en su reunión de fecha 5/9/97, prorrogar los plazos para el pago de anualidades hasta el 30/ 12/97 y hacer efectiva la publicación de esta decisión Junto con la Disposición N° 93/96.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 24.481.

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

DISPONE:

ARTICULO 1 °- Con carácter de excepción y por única vez se extienden hasta el 30 de diciembre de 1997, todos los vencimientos para el pago de la Tasa Anual de Mantenimiento de patentes de invención, que conforme a las disposiciones I.N.P.I. N° 93/96 y 124/96 se habrían producido o debieran producirse hasta esa fecha.

ARTICULO 2°- La presente deberá ser publicada en forma conjunta y simultánea con la Disposición N° 93/96.

ARTICULO 3°- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, publíquese en el Boletín de Marcas y Patentes y en un diario de amplia circulación en el país, colóquese en el tablero informativo y archívese.- Dr. DIEGO MARTINEZ ESTRADA, Vicepresidente, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

e. 1/lO N° 201.349v. 1/10/97