EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 1039/97

Exímese del pago del derecho de Importación y demás tributos a productos originarios y procedentes de los piases participantes en el evento "5a. Exposición Internacional de Perfumería, Cosmética, Tocador, Estética y Belleza del Mercosur - COSMESUR'97".

Bs. As.. 2/10/97

B.O.: 9/10/97

VISTO el Expediente Nº 061-005468/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. y

CONSIDERANDO:

Que la norma MERCOPROF S.A., solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento "5a. EXPOSICION INTERNACIONAL DE PERFUMERIA, COSMETICA, TOCADOR, ESTETICA Y BELLEZA DEL MERCOSUR - COSMESUR 97", a realizarse en el Centro Municipal de Exposiciones de la Ciudad de BUENOS AIRES REPUBLICA ARGENTINA, del 3 al 6 de octubre de 1997.

Que la realización de esta muestra acrecentara el intercambio tecnológico comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la debida Intervención, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5º, inciso s), de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido por el artículo 4º de la Ley Nº 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Exímese del pago del derecho de Importación, del Impuesto al valor agregado, de los Impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos, material publicitario, afiches, otras normas de propaganda y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento "5a. EXPOSICION INTERNACIONAL DE PERFUMERIA, COSMETICA, TOCADOR, ESTETICA Y BELLEZA DEL MERCOSUR COSMESUR'97", a realizarse en el Centro Municipal de Exposiciones de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA) del 3 al 6 de octubre de 1997, para su exhibición y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DORARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM. -Jorge A. Rodríguez. Roque B. Fernández.