Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 955/97

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma "Cateca Sociedad Anónima Industrial y Comercial".

Bs. As., 22/9/97.

  1. O.: 10/10/97.

VISTO el expediente N° 060-018301/96 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "CATECA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL", con domicilio en Avda. Directorio 5555, Capital Federal, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz, y

CONSIDERANDO:

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución ex - S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997.

Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996 y en el artículo 1° de la Resolución ex - S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1°- Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma "CATECA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL" con domicilio en Avda. Directorio 5555, Capital Federal con las condiciones que se indican en el Anexo de DOS (2) fojas que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°- Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996, por la Resolución ex - S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997 y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. N° 060-018301/96.

Art. 3°- Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "CATECA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL. constituye domicilio especial en Avda. Directorio 5555, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4°- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5°- Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6°- Notifíquese a la interesada.

Art. 7°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Aileto A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N° 955


Expediente N° 060-018301/96                                            
                                                                       
Empresa: CATECA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL                
                                                                       
Productos a Exportar:                                                  

Posición N.C.M.                                 Descripción             

4016.10.10                                        Burletes              

4016.10.90                                        Burletes              

4016.93.00                                         Juntas