REPRESENTACIONES FINANCIERAS

Decreto 1019/97

Desígnase al titular de la Representación Financiera de nuestro país con sede en Washington D. C., Estados Unidos de América y a su Alterno.

Bs. As., 30/09/97

B.O: 13/10/97

VISTO los Decretos Nº 6892 de fecha 4 de noviembre de 1968 y Nº 109 del 9 de enero de 1992, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 1009 del 10 de septiembre de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 6892 de fecha 4 de noviembre de 1968, se crean bajo la dependencia del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y TRABAJO, las Representaciones Financieras en EUROPA y en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, actualmente en jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que por Decreto Nº 109 de fecha 9 de enero de 1992, se crea el cargo de Representante Financiero con el objeto de llevar a cabo tareas de coordinación, control y seguimiento del plan de financiamiento externo.

Que por Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 1009 del 10 de septiembre de 1997 se aceptó, desde el 1º de octubre de 1997, la renuncia del Doctor D. Joaquín Alberto Guillermo COTTANI al cargo de Representante Financiero en la Representación Financiera de la REPUBLICA ARGENTINA con sede en WASHINGTON D.C.

Que es competencia del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS entender en las negociaciones y relaciones con los organismos internacionales de naturaleza monetaria y financiera.

Que un objetivo prioritario de la Política Financiera del GOBIERNO NACIONAL consiste en fortalecer su inserción en los mercados de capitales internacionales, intensificando los esfuerzos para afianzar la continuidad y el acceso fluido a los mismos.

Que las Representaciones Financieras que la REPUBLICA ARGENTINA tiene en los principales centros financieros internacionales, son un instrumento idóneo para desarrollar las gestiones de obtención de financiamiento en los mercados voluntarios de capitales y efectuar operaciones de manejo de los pasivos del GOBIERNO NACIONAL, como así también para mantener contactos directos y continuos con inversores institucionales, la banca privada, agencias calificadoras de riesgo, autoridades gubernamentales y demás agentes de la comunidad financiera internacional.

Que la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS tiene por objetivo el ejecutar las políticas y medidas relativas al financiamiento interno y externo del ESTADO NACIONAL, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales y extranjeros, públicos o privados.

Que resulta necesario no alterar el normal funcionamiento de las tareas a cargo de la Representación, como así también mantener la continuidad de los contactos directos y permanentes que se vienen realizando a través de la misma con la comunidad financiera internacional, razones por las cuales se estima conveniente designar al actual Representante Financiero Alterno, Licenciada Dna. Noemí Cristina LA GRECA, en el cargo de Representante Financiero en la Representación Financiera de la REPUBLICA ARGENTINA con sede en WASHINGTON D.C., ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para asegurar la continuidad antes apuntada.

Que dada la creciente complejidad que caracteriza a los mercados financieros internacionales, como así también la activa participación de la REPUBLICA ARGENTINA en dichos mercados, resulta necesario cubrir la vacante del Representante Financiero Alterno manteniendo la asistencia técnica en todas sus actividades al Representante citado.

Que dada la importancia que han adquirido las operaciones financieras de la REPUBLICA ARGENTINA, resulta conveniente que las funciones del Representante Financiero Alterno recaigan en un agente altamente especializado de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, que cuente con la adecuada experiencia en negociaciones con la comunidad financiera.

Que los nombramientos propuestos no implican modificaciones en los créditos presupuestarios asignados a las Representaciones Financieras en EUROPA y en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 3º del Decreto Nº 109 del 9 de enero de 1992 y el artículo 10 de la Ley Nº 20.957.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Desígnase a partir del 1º de octubre de 1997 a la Licenciada Dna. Noemí Cristina Eleonor LA GRECA (D.N.I. Nº 6.401.421), como Representante Financiero en la Representación Financiera de la REPUBLICA ARGENTINA con sede en WASHINGTON D.C., ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con rango de Ministro Plenipotenciario de Primera Clase.

Art. 2º.-Determínase que el agente Nivel B, Grado 1, Licenciado D. Carlos Eduardo WEITZ (D.N.I. Nº 14.728.291), quien revista actualmente en la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se desempeñará partir del 1º de octubre de 1997, como Representante Financiero Alterno en la Representación Financiera de la REPUBLICA ARGENTINA con sede en WASHINGTON D.C., ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con el objeto de asistir en todas sus funciones al titular de dicha Representación.

Art. 3º-Asígnase al Representante Financiero Alterno el rango de Consejero de Embajada y Consulta General mientras se desempeñe en dichas funciones.

Art. 4º-Asígnase a los nombrados como remuneración mensual por todo concepto, una suma equivalente a la que percibe en igual destino el funcionario del SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION que reviste en la categoría propia del rango acordado por los artículos 1º y 3º, a la Licenciada Dña. Noemí Cristina Eleonor LA GRECA y al Licenciado D. Carlos Eduardo WEITZ, respectivamente.

Art. 5º - El gasto que demande la aplicación de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 50-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM. -Guido Di Tella.- Roque B. Fernández.