Ente Nacional Regulador del Gas

TARIFAS

Resolución 522/97

Autorízase a Camuzzi Gas del Sur S.A a trasladar a la tarifa de los usuarios de su jurisdicción, la incidencia de la variación de la alícuota del impuesto sobre los Ingresos Brutos originada por disposiciones de la Ley Nº 2987 de la Provincia de Río Negro.

Bs. As., 6/10/97

B.O: 15/10/97

VISTO el Expediente Nº 457/94 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la Ley Nº 24.076, el Decreto Reglamentario Nº 1738/92 y el Punto 9.6.2 de las Reglas Básicas de las Licencia de Distribución de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A., y

CONSIDERANDO:

Que en ejercicio de su potestad tributaria, la Provincia de Río Negro dictó la Ley Nº 2987, aumentando del 2,5 % al 3 % la alícuota del impuesto sobre los ingresos Brutos a partir del 1º de junio de 1996.

Que el Impuesto sobre los Ingresos Brutos grava, entre otras actividades, Ia distribución de gas natural por redes, por lo que dicha modificación generó un aumento en los costos de prestación del servicio de distribución de gas prestado en esa jurisdicción provincial por CAMUZZI GAS DEL SUR S.A.

Que el punto 9.6.2. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A., establece que las variaciones de costos que se originen en cambios en las normas tributarias serán trasladadas a las tarifas de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 41 de la Ley Nº 24.076 y su reglamentación.

Que CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. ha solicitado autorización para trasladar a la tarifa de los usuarios de su jurisdicción la incidencia de la variación de la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos originada por las disposiciones de la ley provincial mencionada, acreditando la incidencia que dicha modificación le ocasionó en sus costos de operación a partir de la modificación normativa.

Que existe discrepancia entre la DIRECCION GENERAL DE RENTAS de la Provincia de Río Negro y CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. en cuanto a la real incidencia de la modificación de las normas tributarias provinciales.

Que ello deriva de la diferente interpretación que hacen del Código Fiscal de la Provincia de Río Negro en cuanto a la determinación de la base imponible del tributo.

Que de conformidad al Marco Regulatorio de la Actividad, y hasta tanto haya resolución definitiva al respecto, corresponde trasladar a tarifas los costos que efectivamente se originen en la variación de las normas tributarias.

Que esta Autoridad Regulatoria se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo establecido por el inciso (f) del Artículo 52.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

Artículo 1º-Autorízase a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. a trasladar a las tarifas los costos originados en la variación de la alícuota del Impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de Río Negro a partir del 1º de junio de 1996 (Ley Nº 2987), haciéndose constar en la factura dicha variación de costos bajo la identificación "Variación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Río Negro".

Art. 2º-Otórgase a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. un plazo de QUINCE (15) días para presentar ante el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) el procedimiento a aplicar para recuperar los mayores costos que por tal modificación normativa se le originaren desde el 1 de junio de 1996 hasta la fecha de vigencia de la presente resolución.

Art. 3º- Comuníquese, notifíquese a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. en los términos del Artículo 41 del Decreto Nº 1759/72 (TO. 1991), publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Raúl E. Garcia.-Ricardo V. Busi.-Héctor E. Fórmica. -Hugo D. Munoz.