Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 477/97

Asígnanse recursos a proyectos del Programa Servicios Comunitarios de las provincias de Córdoba, Chubut, Salta, San Luis, Santa Fe y Santiago del Estero y de la Ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 29/9/97

B.O: 15/10/97

VISTO las Resoluciones M.T. y S.S. Nros.453 de fecha 30 de mayo de 1996, 368 de fecha 5 de junio de 1997, 581 de fecha 5 de setiembre de 1997: la Resolución S.E. y F.P. Nº 107 de fecha 5 de junio de 1996: la Resolución S.E. y C.L. Nº 271 de fecha 20 de junio de 1997; las Actas emitidas por las Unidades de Aplicación del Programa SERVICIOS COMUNITARIOS de las provincias de CIUDAD DE BUENOS AIRES, CORDOBA, CHUBUT, SALTA, SAN LUIS, SANTA FE y SANTIAGO DEL ESTERO en el mes de setiembre: el memorando emitido por la Unidad de Evaluación dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION, de fecha 30 de setiembre de 1997: y

CONSIDERANDO:

Que tal como exige la Resolución S.E y C.L. Nº 271/97, se han conformado nuevamente las Unidades de Aplicación del Programa SERVICIOS COMUNITARIOS de las provincias de CIUDAD DE BUENOS AIRES, CORDOBA, CHUBUT, SALTA, SAN LUIS, SANTA FE y SANTIAGO DEL ESTERO.

Que las mismas se constituyeron a efectos de evaluar y aprobar los proyectos presentados durante el mes de setiembre.

Que mediante Resolución M.T. y S.S. Nº 581/97 se ha transferido al programa SERVICIOS COMUNITARIOS. los fondos no utilizados durante la ejecución del programa TRABAJAR para CIUDAD DE BUENOS AIRES, CHUBUT y SAN LUIS.

Que es necesario elevar a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) la nómina de los proyectos aprobados por las Unidades de Aplicación del Programa SERVICIOS COMUNITARIOS, a fin de que la misma comprometa el monto correspondiente a cada proyecto.

Que conforme el artículo 7º de la Resolución M.T. y S.S. Nº 453/96 estará a cargo de la SECRETARIA DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL la reglamentación del Programa SERVICIOS COMUNITARIOS.

Que acorde lo establece el artículo 4º de la Resolución M.T. y S.S. Nº 453/96, estará a cargo de la SECRETARIA DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL dar aprobación definitiva a los proyectos evaluados por las Unidades de Aplicación.

Que las actividades propuestas en los proyectos aprobados por la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL deberán e ejecutarse en su totalidad respetando los beneficiarios y recursos asignados.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades establecidas por el artículo 7º de la Resolución M.T. y S.S. Nº 453/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Asignar a los proyectos del Programa SERVICIOS COMUNITARIOS aprobados por las Unidades de Aplicación de las provincias de CIUDAD DE BUENOS AIRES, CORDOBA, CHUBUT, SALTA, SAN LUIS, SANTA FE y SANTIAGO DEL ESTERO durante el mes de setiembre, los recursos que se indican en las planillas que integran el ANEXO I de la presente Resolución. Dichos recursos serán deducidos de los fondos asignados por Resolución M.T. y S.S. Nº 368/97 y 581/97.

Art. 2º-Los proyectos indicados en el artículo anterior comienzan con la ejecución de las actividades propuestas a partir del día 1º de octubre de 1997, excepto los proyectos que se detallan en la columna fecha de inicio de la Pcia. del CHUBUT que tienen previsto su comienzo a partir del día 1º de noviembre de 1997.

Art. 3º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese. -Hernan Cornejo.

NOTA: VER ANEXOS EN BOLETIN OFICIAL DEL 15/10/97, PAG. 8.