Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 2926/97

Reconócese a la Congregación Misionera de las Siervas del Espíritu Santo (Provincia de Argentina Norte) como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 3/10/97

B.O: 27/10/97

VISTO lo solicitado por la CONGREGACION MISIONERA DE LAS SIERVAS DEL ESPIRITU SANTO (PROVINCIA ARGENTINA NORTE), y

CONSIDERANDO:

Que la CONGREGACION MISIONERA DE LAS SIERVAS DEL ESPIRITU SANTO (PROVINCIA ARGENTINA NORTE), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección, memoria y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobadas por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconócese como persona jurídica a la CONGREGACION MISIONERA DE LAS SIERVAS DEL ESPIRITU SANTO (PROVINCIA DE ARGENTINA NORTE), con sede legal en calle Arnoldo Janssen, número DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO (2561), Localidad de Esperanza. PROVINCIA DE SANTA FE, y domicilio especial en calle Avellaneda, número CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO (4455), CAPITAL FEDERAL, la que queda inscripta bajo el número CIENTO DIECIOCHO (118) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel M. Centeno.