MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Decreto 1109/97

Declárase monumento histórico nacional al conjunto de edificios que integran las instalaciones del Cuartel de Palermo del Regimiento de Granaderos a Caballo "General San Martín" de la Ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 24/10/97.

B. O.: 29/10/97.

VISTO, el expediente N° 7.674/94 del registro del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente de referencia la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION propone la declaración como monumento histórico nacional del CUARTEL DE PALERMO del REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN", incluyendo los jardines y la barranca sobre la Avenida Luis María CAMPOS.

Que nuestro país confirió al REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN" los títulos de Benemérito de la Patria en grado Eminente y de Heroico Defensor de la Patria, la REPUBLICA DEL PERU lo proclamó Benemérito de la Patria Libertador del Perú y la REPUBLICA DE COLOMBIA lo designó Benemérito en Grado Eminente.

Que en la historia la tradición sanmartiniana identifica al REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO en sus DOS (2) épocas. La primera desde su creación por el General don José de SAN MARTIN, en el año 1.812, hasta la disolución del cuerpo, en el ano 1.826, luego de finalizada la Campaña Libertadora. La segunda, a partir de que el entonces Presidente de la Nación General Julio Argentino ROCA, dispone su recreación por Decreto N° 118 del 29 de mayo de 1.903, fundado en "la conveniencia de conservar en el Ejercito de la Nación, la representación de uno de sus cuerpos mas beneméritos."

Que en 1.904 el Presidente Manuel QUINTANA dispuso que el Regimiento se desempeñaría como escolta presidencial y el 17 de julio de 1.907 el Presidente José FIGUEROA ALCORTA decretó que el Regimiento dependiera exclusivamente del Presidente de la República y se desempeñara como guardia presidencial y de la Casa de Gobierno.

Que el 31 de octubre de 1.911 se dispuso que el Regimiento recuperara su denominación original de REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO y el 23 de marzo de 1.918, el Presidente Hipólito YRIGOYEN decretó que la unidad se llamara REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN".

Que, a principios del ano 1.904, el Poder Ejecutivo Nacional adquiere los terrenos delimitados por las calles CABILDO y LAS CANITAS, luego Avenida GUTTEMBERG y actual Avenida Luis María CAMPOS y las actuales calles Santos DUMONT, Concepción ARENAL y 3 DE FEBRERO, mandándose construir allí el Cuartel de Caballería, para albergar el REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO.

Que, finalizada la construcción, desde el año 1.907 el Cuartel de Palermo ubicado en la Avenida Luis María CAMPOS N° 554 de la Ciudad de BUENOS AIRES, es el asiento del REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN."

Que el proyecto fue elaborado por la 5ª División del Gabinete Militar y el cuartel construido en hormigón armado, un método constructivo de absoluta vanguardia para la época.

Que el edificio central, llamado MAYORIA fue concebido en el estilo conocido como Secesión Vienesa, fundado en Viena en 1.897 y que constituyó una revolución estética a fines del siglo XIX y principios del siglo XX. Además componen sus instalaciones los edificios de los escuadrones RIOBAMBA, SAN LORENZO, JUNIN, MAYPO, CHACABUCO, AYACUCHO y MONTEVIDEO y la fanfarria ALTO PERU; el casino de suboficiales, las caballerizas, el picadero cerrado, la pista de salto, el depósito de los uniformes de gala, cocinas comedores y dependencias de servicios.

Que el edificio principal, en el que funcionan la Jefatura, oficinas de ceremonial, salas de visitas, el casino de oficiales, el museo y la biblioteca fue enriqueciendo el patrimonio de la institución y consolidando una identidad propia realzada por ilustres visitas de mandatarios extranjeros.

Que el Museo, que conserva importantes testimonios de la gesta sanmartiniana y de la historia de los Granaderos a Caballo, es visitado por más de CUARENTA MIL (40.000) alumnos de escuelas primarias y secundarias por año, con sus docentes.

Que por su trascendencia en la gesta de la independencia argentina, el CUARTEL DE PALERMO del REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN" constituye un referente valioso de nuestra identidad nacional y de la historia de la REPUBLICA ARGENTINA y su preservación y presencia física permitirá transmitir los valores históricos encarnados en este bien patrimonial.

Que su declaratoria como monumento histórico nacional es un justo reconocimiento al histórico Regimiento y a su primer Jefe y creador, el General don José de SAN MARTIN.

Que los fundamentos expuestos precedentemente justifican de manera acabada la calificación como monumento histórico nacional del REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN", de la Ciudad de BUENOS AIRES.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades emergentes de la Ley N° 12.665.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°- Declárase monumento histórico nacional al conjunto de edificios que integran las instalaciones del CUARTEL DE PALERMO del REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN", a los jardines donde se encuentran esos edificios incluyendo la barranca sobre la Avenida Luis María CAMPOS, sito en Avenida Luis María CAMPOS N° 554 de la Ciudad de BUENOS AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción 17, Sección 23, Manzana 8, Parcela D).

Art. 2°- La COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION inscribirá el citado bien en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES HISTORICOS E HISTORICO-ARTISTICOS, convendrá con la autoridad jurisdiccional competente el modo de asegurar la conservación del mismo y el dictado de normas para su preservación en el contexto que lo contiene.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Jorge A. Rodríguez.- Jorge Domínguez.- Roque B. Fernández.