Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 3049/97

Reconócese a la Orden Cistercience de la Estrecha Observancia (Hermanas Trapenses) como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 16/10/97

B.O: 11/11/97

VISTO lo solicitado por la ORDEN CISTERCIENCE DE LA ESTRECHA OBSERVANCIA (HERMANAS TRAPENSES), y

CONSIDERANDO:

Que la ORDEN CISTERCIENCE DE LA ESTRECHA OBSERVANCIA (HERMANAS TRAPENSES), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección, memoria y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobadas por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconócese como persona jurídica a la ORDEN CISTERCIENCE DE LA ESTRECHA OBSERVANCIA (HERMANAS TRAPENSES), con sede legal en Sección Chacras (Sección k), Localidad de Hinojo, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y domicilio especial en calle Virrey del Pino, número DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO (2281) Ciudad de BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO DIECINUEVE (119) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel M. Centeno.