Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 3263/97

Reconócese como persona jurídica y entidad de bien público a la Congregación Argentina de Hermanas Dominicas del Santo Rosario (Dominicas Mendocinas).

Bs. As., 30/10/97

B.O: 14/11/97

VISTO lo solicitado por la CONGREGACION ARGENTINA DE HERMANAS DOMINICAS DEL SANTO ROSARIO (DOMINICAS MENDOCINAS), y

CONSIDERANDO:

Que la CONGREGACION ARGENTINA DE HERMANAS DOMINICAS DEL SANTO ROSARIO (DOMINICAS MENDOCINAS), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección y memoria, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconócese como persona jurídica a la CONGREGACION ARGENTINA DE HERMANAS DOMINICAS DEL SANTO ROSARIO (DOMINICAS MENDOCINAS), y domicilio especial en calle Mariano Acosta, número CIENTO NOVENTA Y CINCO (195), Ciudad de BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO VEINTIDOS (122) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel M. Centeno.