MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 1183/97

Establécense en el ámbito del citado Departamento de Estado objetivos para la Secretaría de Coordinación, la Subsecretaría Legal, la Subsecretaría de Administración, la Subsecretaría de Normalización Patrimonial, la Subsecretaría de Relaciones Institucionales; la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, la Subsecretaría de Industria, la Subsecretaría de Comercio Exterior, la Subsecretaría de Comercio Interior, la Subsecretaría de Minería; la Secretaría de Agricultura. Ganadería, Pesca y Alimentación, la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Forestación, la Subsecretaría de Pesca, la Subsecretaría de Alimentación y Mercados y la responsabilidad primaria de las Secretarías mencionadas.

Bs. As., 12/11/97.

B. O.: 17/11/97.

VISTO el Expediente N° 080-005001/97 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 660 de fecha 24 de junio de 1.996 y sus modificatorios se establecieron, entre otros, los objetivos de las distintas Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que por el Decreto N° 1450 de fecha 12 de diciembre de 1.996 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de la Administración Central del citado Ministerio.

Que por el Decreto N° 1586 de fecha 19 de diciembre de 1.996 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo descentralizado que dependiera hasta ese momento de la SECRETARIA DE COORDINACION, transfiriéndolo a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que resulta necesario incorporar a los Objetivos aprobados para las SECRETARIAS DE COORDINACION y DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, respectivamente las modificaciones que surgen del cambio de dependencia del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI).

Que al margen de ello, en la Dotación prevista para la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS por el Decreto N° 1450/96, modificado parcialmente por la Decisión Administrativa N° 188 de fecha 22 de abril de 1.997, se omitió identificar la sobreasignación de un (1) cargo previsto en la unidad Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION de la citada Secretaría.

Que al margen de ello, resulta aconsejable, con el objeto de tender a una mayor racionalidad en la administración de las acciones referidas a la higiene y seguridad en el trabajo, transferir las mismas de la Dirección General de Administración a la Dirección General de Recursos Humanos citada precedentemente, ambas dependientes de la Subsecretaría que se menciona en el Considerando anterior.

Que por el Decreto N° 256 de fecha 19 de marzo de 1.997 se disolvió en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION el COMITE HIPICO NACIONAL, disponiendo además, que las atribuciones asignadas al mismo, serían ejercidas por la Secretaría en cuestión.

Que con el objeto de implementar acabadamente lo dispuesto en el decreto citado en el párrafo precedente, se torna indispensable adecuar las competencias de las áreas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION que incorporan a su accionar, lo vinculado con la actividad hípica.

Que por lo expuesto resulta menester realizar las adecuaciones señaladas en los Decretos N° 660/96, 1450/96, y sus modificatorios, incorporando los referidos ajustes.

Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°- Sustitúyese del Anexo II del Decreto N° 660 de fecha 24 de junio de 1.996 y sus modificatorios, los Objetivos correspondientes a las SECRETARIAS DE COORDINACION, DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA y DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, todas ellas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle consignado en las Planillas Anexas al presente artículo y que forman parte integrante de este decreto.

Art. 2°- Sustitúyese, del Anexo II del Decreto N° 1450/96 y sus modificatorios, la Responsabilidad Primaria y Acciones de las Direcciones Generales de Administración y de Recursos Humanos de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y de la Dirección Nacional de Producción y Economía Agropecuaria y Forestal, dependiente de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, las que quedarán redactadas de acuerdo con el detalle obrante en las planillas que con igual denominación, se acompañan.

Art. 3°- Sustitúyese del Decreto N° 1450/96 y sus modificatorios, el Anexo III a., Cargos Planta Permanente, en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de conformidad con el detalle consignado en la Planilla Anexa al presente artículo y que forma parte integrante de esta medida.

Art. 4°- Sustitúyese del Decreto N° 1450/96 y sus modificatorios el Anexo I g., correspondiente a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que con la misma denominación integra el presente decreto.

Art. 5°- Establécese que el dictado de la presente medida no afecta la vigencia de las aperturas estructurales inferiores existentes en las áreas a las que se refiere el presente acto.

Art.6°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase.- MENEM.- Jorge A. Rodríguez.- Roque B. Fernández.

SECRETARIA DE COORDINACION

OBJETIVOS

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1 °

1.- Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción, y fiscalizar el desarrollo de las mismas en sus organismos descentralizados.

2.- Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas de la jurisdicción.

3.-Coordinar la aplicación de políticas administrativas y financieras en la jurisdicción ministerial.

4.- Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos y sumarios administrativos-disciplinarios.

5.- Elaborar y supervisar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER JUDICIAL DE LA NACION, como con los diferentes sectores del ámbito público y privado.

6.- Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del sector público nacional.

7.- Coordinar la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el sector público.

8.- Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia.

9.- Coordinar las relaciones entre la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SUBSECRETARIA LEGAL

OBJETIVOS

1.- Coordinar el servicio jurídico y mantener ordenados los textos de la normativa vinculada con la actividad sustantiva de la jurisdicción, y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

2.- Intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

3.- Intervenir en todos aquellos proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas a la gestión empresaria y en resguardo de los intereses de la participación accionaria del Estado Nacional.

4.- Coordinar el control de los juicios de carácter contencioso en los que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS o sus entes descentralizados, sean parte.

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION

OBJETIVOS

1.- Efectuar la compatibilización y coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción ministerial, ya sea centralizada o descentralizada, así como la planificación de las actividades de administración.

2.-Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informativos, la sustanciación de los sumarios administrativos, disciplinarios de la jurisdicción ministerial y el accionar del Centro de Documentación e Información.

3.- Coordinar la ejecución de los programas de propiedad participada y de racionalización de espacios físicos.

SUBSECRETARIA DE NORMALIZAICION PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1.- Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del TESORO NACIONAL.

2.- Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

3.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.

4.- Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el sector público nacional.

5.- Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS

1.- Asistir en la elaboración y coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, y el PODER JUDICIAL DE LA NACION como con los diferentes sectores de ámbito público y privado.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

OBJETIVOS

1.- Definir la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector, actuando como autoridad de aplicación de los regímenes de promoción, cuando las normas respectivas así lo establezcan.

2.- Analizar la problemática de los diferentes sectores industriales, detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras.

3.- Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional.

4.- Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros piases en lo que es materia de su competencia.

5.- Promover el mejoramiento de los estándares de competitividad del sector industrial a través de una adecuada asistencia tecnológica.

6.- Definir políticas y acciones específicas que atiendan la problemática de la pequeña y mediana empresa industrial, comercial y minera.

7.- Ejercer el control superior del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

8.- Definir, ejecutar y controlar dentro del país, las políticas del Comercio Exterior de la Nación, en la programación de la estructura arancelaria las políticas de defensa de la competencia leal internacional, entendiendo en las funciones inherentes a las negociaciones económicas y comerciales internacionales, ya sean bilaterales, regionales o multilaterales, en particular en los aspectos comerciales e industriales de la integración regional y/o convenios especiales con otros países.

9.- Definir, controlar y ejecutar la política comercial interna, en la organización y fiscalización del abastecimiento, en las políticas vinculadas con la lealtad comercial, la defensa del consumidor y la competencia.

10.- Coordinar a los fines del comercio y la inversión, los distintos planes, programas y proyectos con los lineamientos de la política económica, así como también los correspondientes a la integración económica regional y hemisférica.

11.- Coordinar lo vinculado con la promoción y registro de inversiones extranjeras en el país, en las áreas de su incumbencia.

12.- Coordinar la aplicación de las políticas de desregulación establecidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, tanto en lo relativo a la desregulación de procedimientos internos de la Administración Pública Nacional, que coadyuven al logro de la política económica trazada, como en lo relativo al funcionamiento de la economía privada.

13.- Centralizar y coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, así como también de las que surjan de su requerimiento, dirigidas a cualquier área de la jurisdicción ministerial.

14.- Supervisar las acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración productiva.

15.- Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR y de COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.

16.- Elaborar, ejecutar y fiscalizar la política minera nacional, fomentar el crecimiento económico - minero y crear las condiciones para impulsar la inversión en el sector.

17.- Entender como autoridad de aplicación en la definición del régimen jurídico - minero, normas de procedimiento conexas, inversiones mineras y seguridad e higiene minera, promoviendo las acciones conduncentes a su sanción legislativa.

18.- Promover y participar en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos crediticios internacionales, a fin de impulsar la reactivación del sector.

19.- Entender en la ejecución de la carta geológica y prospección minera de base de la REPUBLICA ARGENTINA.

20.- Promover los estudios e investigaciones geológico - mineras, económico - financieras, estadísticas y de mercado necesarios para evaluar, planificar y coordinar el racional aprovechamiento de los recursos mineros del país, contemplando la preservación del medio ambiente.

21.- Supervisar lo vinculado al desarrollo de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI).

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

OBJETIVOS

1.- Efectuar la propuesta, ejecución y control de la política industrial, coordinar los estudios que sirvan de base para la elaboración de instrumentos tendientes al desarrollo del sector y fiscalizar su utilización.

2.- Promover propuestas tendientes a crear nuevos regímenes sectoriales y generales de carácter industrial.

3.- Promover los estudios sobre la evolución de las diferentes ramas industriales en el mercado local e internacional, de manera de facilitar los procesos de reconversión productiva en interacción con el sector privado.

4.- Promover y proponer acciones tendientes a lograr mejoras en los sistemas de calidad y productividad en el sector industrial.

SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXI.ERIOR

OBJETIVOS

1.- Proponer, ejecutar y realizar el control de gestión de la política de comercio exterior de la Nación.

2.- Entender en la formulación y ejecución de la política arancelaria.

3.- Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación, de seguro de crédito a la exportación y demás instrumentos relacionados con el comercio exterior y la promoción de exportaciones.

4.- Entender en lo referente a las prácticas antidumping, a las subvenciones y medidas compensatorias en el ámbito de su competencia.

5.- Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales internacionales, en el seguimiento y negociación, de los procesos de integración regional y hemisférica, así como también en las gestiones ante bloques económicos y zonas de integración, negociaciones multilaterales y con los países de la región Asia-Pacífico, a fin de mantener su consistencia con la política económica global.

6.- Intervenir en la fijación de la política de promoción comercial y participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio con el exterior. A estos fines administrara servicios de estudio y asesoramiento en apoyo a las exportaciones, tales como oportunidades y acceso a mercados externos, actuales y potenciales, áreas con normas de restricciones al comercio multilateral libre, estándares y procedimientos de exportación. Se procurará organizar estos servicios especializándolos por país y por región, o grupos de países según la importancia comercial de cada uno.

7.- Intervenir juntamente con las demás áreas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S'ERVICIOS PUBLICOS con competencia en la producción y los servicios, en la elaboración de la normativa y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.

8.- Asistir al señor Secretario de Industria, Comercio y Minería, a los fines del comercio exterior y la inversión, en la coordinación de los distintos planes, programas y proyectos con los lineamientos de política económica en el plano fiscal, monetario y de ingresos, así como también los correspondientes a la integración económica regional y hemisférica.

9.- Coordinar y desarrollar estudios destinados a la evaluación de las situación del comercio internacional, en sus aspectos reales y financieros y su relación con la política económica general y con la comercial externa en particular.

10.- Asistir al señor Secretario de Industria, Comercio y Minería en el estudio y análisis sobre oportunidades de financiamiento externo, para el comercio exterior y las inversiones.

11.- Centralizar y coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo relativo al comercio exterior y la integración regional y hemisférica.

SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

OBJETIVOS

1.- Efectuar la propuesta, seguimiento y control de aplicación de la política de desregulación en todos los ámbitos de la actividad económica, tanto en lo concerniente a la propia gestión de la administración, a las actividades del sector privado sujetas a regulación, así como también la asistencia técnica en materia de desregulación a otras jurisdicciones.

2.- Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las normas técnicas, adoptando los marcos normativos necesarios para afianzar la competencia, los derechos del. consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios.

3.- Efectuar la propuesta, ejecución y control de la política comercial interna, supervisar las actividades relacionadas con la organización de los mercados, fiscalización del abastecimiento, la promoción y asistencia a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial interno y en especial, el seguimiento y verificación de todo lo relacionado con metrología legal, la lealtad comercial, la defensa del consumidor y la defensa de la competencia.

SUBSECRETARIA DE MINERIA

OBJETIVOS

1.- Proponer, ejecutar y controlar la política minera de la Nación, tendiendo al aprovechamiento, uso racional y desarrollo de los recursos geológico - mineros.

2.- Promover y coordinar la política tecnológico - minera, estableciendo las medidas tendientes al desarrollo e incorporación de nuevas tecnologías.

3.- Centralizar la información elaborada por los organismos incorporados al sistema del Banco Unico de Datos Geológico - Minero y coordinar y planificar las tareas de recepción, procesamiento y difusión del material, siendo responsable de su custodia, preservación e inventario.

4.- Participar en la política de integración regional y dinamización Nacional en todo lo referido a recursos geológico - mineros, coordinando con los organismos competentes la política arancelaria y de comercialización de productos minerales.

5.- Supervisar el accionar del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR).

6.- Proponer, ejecutar y controlar los servicios públicos geológico - mineros, tendiendo a la consolidación y desarrollo de la inversión privada en el Sector.

SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

OBJETIVOS

1.- Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera, forestal y agro industrial, coordinando y conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las Provincias y los diferentes subsectores.

2.- Promover la utilización y conservación de los recursos naturales destinados a la producción agrícola, ganadera, forestal y pesquera a fin de acrecentar el capital productivo del país y el desarrollo económico del sector.

3.- Realizar el seguimiento de la producción, de los mercados nacionales e internacionales y de los programas, proyectos y actividades de su competencia. Asimismo, efectuar el seguimiento del accionar de los organismos descentralizados del sector, a fin de evaluar su desempeño y realimentar los procesos de formulación de políticas y toma de decisiones.

4.- Definir las políticas referidas al desarrollo, promoción, calidad y sanidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal o vegetal.

5.- Entender en el control comercial del mercado de granos, ganados, carnes y subproductos de la ganadería, como así también en lo relativo a la aplicación de la política comercial interna y externa de productos agropecuarios.

6.- Controlar la aplicación de los marcos regulatorios y el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector agropecuario que son brindados por el sector privado.

7.- Promover y desarrollar la actividad hípica, controlando la aplicación de las normas referidas a dicha actividad e impulsando el conocimiento de la producción nacional de ejemplares equinos en el exterior.

8.- Establecer delegaciones en las distintas regiones del país con el fin de desconcentrar la ejecución de las políticas de la jurisdicción y facilitando la integración con los distintos sectores del quehacer agropecuario, agroindustrial, forestal, alimentario, pesquero y acuícola.

9.- Promover la creación de un sistema integral de gestión agropecuaria a fin de permitir una actuación coordinada de la Secretaría y sus organismos descentralizados.

10.- Actuar como Autoridad Nacional de Aplicación y Contralor de la Ley N° 9643, en lo relativo a warrants y certificados de depósito.

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION

OBJETIVOS

1.- Coordinar el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la actividad agropecuaria y forestal, la evaluación de sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad.

2.- Efectuar propuestas y coordinar la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y financiamiento de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, procurando la sostenibilidad de los recursos naturales.

3.- Asistir al Secretario en su relación con los Gobiernos Provinciales en materia de producción y servicios agropecuarios y forestales.

4.- Asistir y coordinar las actividades de cooperación técnica internacional y de financiamiento externo.

5.- Proponer y coordinar las actividades de desarrollo rural.

6.- Asistir en la promoción y desarrollo de la actividad hípica, tanto en el país como para el conocimiento de la producción en el exterior; así como también en el control de la aplicación de la normativa que rige dicha actividad.

7.- Asistir al Secretario en el seguimiento de los programas, proyectos y actividades de los organismos descentralizados, en especial el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA) y el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), así como en la evaluación de su desempeño.

SUBSECRETARIA DE PESCA

OBJETIVOS

1.- Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de política de fomento y regulación de la pesca y acuicultura, así como también la industrialización, comercialización y transporte de sus productos.

2.- Asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la promoción de la utilización y conservación de los recursos pesqueros destinados a la producción.

3.- Proponer y ejecutar medidas tendientes a aumentar la productividad e incrementar las exportaciones con valor agregado, sin afecta la conservación de los recursos.

4.- Coordinar la celebración de acuerdos bilaterales y/o multilaterales que permitan una mejor administración, conservación y ordenamiento de los recursos, incluyendo los de alta mar y asistir al Secretario en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de interés para la actividad.

5.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el seguimiento de los programas, proyectos y actividades del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), así como en la evaluación de su desempeño.

SUBSECRETARIA DE ALIMENTACION Y MERCADOS

OBJETIVOS

1.- Coordinar el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la producción de alimentos, evaluar sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad.

2.- Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de desarrollo, promoción y calidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal y/o vegetal.

3.- Realizar la propuesta y coordinar la ejecución de las políticas de comercialización, regulación y fiscalización de la producción agroalimentaria y el seguimiento de los mercados agropecuarios y agroindustriales, así como las negociaciones internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros.

4.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el seguimiento de los programas, proyectos y actividades de los organismos descentralizados, en especial el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), así como en la evaluación de sus respectivos desempeños.

ANEXO II

SECRETARIA DE COORDINACION

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir las actividades relativas a los servicios contables, económicos, financieros, de administración, de mantenimiento, suministros y sistematización de datos.

ACCIONES

1.- Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos.

2.- Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores.

3.- Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del Estado y por la Ley de Obras Públicas, así como también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.

4.- Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales de la jurisdicción.

5.- Supervisar y coordinar el funcionamiento del servicio de informática.

6.- Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y el mantenimiento de los edificios y bienes de la jurisdicción ministerial.

7.- Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros en materia de infraestructura.

8.- Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.

SECRETARIA DE COORDINACION

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y los servicios de medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.

ACCIONES

1.- Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.

2.- Dirigir la gestión de las actividades inherentes al desarrollo de la carrera administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño, promoción y capacitación.

3.- Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.

4.- Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.

5.- Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y de la medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo.

6.- Analizar el esquema general de incentivos y proponer las medidas pertinentes.

7.- Proponer las normas de administración internas de personal y efectuar los estudios y formular las propuestas tendientes a optimizar los regímenes vigentes.

8.- Mantener relaciones con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.

9.- Proponer y establecer canales de comunicación institucional en los temas de su competencia.

10.- Coordinar la prestación del servicio médico de la jurisdicción.

11.- Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.

SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION

DIRECCION NACIONAL DE PRODUCCION Y ECONOMIA AGROPECUARIA Y FORESTAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración y ejecución de políticas nacionales de producción agrícola, ganadera, agroindustrial no alimentaria y forestal, estableciendo mecanismos permanentes de consulta y concertaron con los gobiernos provinciales y entidades representativas de los diferentes sectores de la producción.

Coordinar la elaboración de propuestas de políticas de desarrollo sectorial: la formulación y seguimiento de proyectos sectoriales con financiamiento interno y/o externo y consolidar la planificación del sector público agropecuario.

ACCIONES

1.- Analizar la evolución y promover la producción agrícola, forestal y ganadera y sus derivados, mediante actividades que propendan a mejorar la productividad a través del desarrollo y difusión de nuevas tecnologías y la conservación de los recursos.

2.- Diseñar y proponer políticas de desarrollo sectorial, compatibilizándolas con las políticas macroeconómicas, coordinando la preparación de planes, programas y proyectos de inversión de desarrollo sectorial y rural, identificando fuentes de financiamiento nacionales e internacionales.

3.- Elaborar y ejecutar políticas de promoción, desarrollo y fiscalización de las diferentes fases del proceso de producción agrícola, agroindustrial no alimentario, ganadero y forestal, en coordinación con los organismos nacionales y provinciales que correspondan.

4.- Coordinar las acciones vinculadas a la promoción y desarrollo de la actividad hípica, efectuando el seguimiento de la aplicación de la normativa vinculada al sector.

5.- Asesorar sobre pautas a seguir en materia de control ambiental durante las distintas etapas del quehacer específico de su área, coordinando dicho accionar con los organismos competentes.

6.- Coordinar la obtención de información básica en materia agropecuaria y forestal, elaborando los indicadores que posibiliten evaluar el comportamiento del sector.

7.- Dirigir la realización de estudios e investigaciones macro y microeconómicas para la formulación de políticas destinadas a editar inequidades y/o corregir distorsiones estructurales en los sectores agropecuario y forestal, en sus cadenas primaria y agroindustrial, tendientes al fomento de la competitividad e inserción externa de la producción nacional.

8.- Administrar y coordinar la red de captación de información georeferencial a utilizar en el análisis y preservación de los recursos naturales.

9.- Coordinar la gestión de las negociaciones de cooperación técnica y/o financiera internacionales, bilaterales o multilaterales, con organizaciones públicas y/o privadas.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3°
PLANTA PERMANENTE
JURISDICCION: MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

SECRETARIA: COORDINACION

ESCALAFON: DECRETO 993/91

(niveles escalafonarios)
UNIDAD ORGANIZATIVA
A
B
C
D
E
F
SUB TOTAL
UNIDAD SECRETARIO
0
0
1
1
2
0
4
SUBSECRETARIO LEGAL
0
0
2
1
0
0
3
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
9
42
43
21
9
0
124
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
0
1
5
1
1
0
8
CENTRO DE DOCUMENTACION E INFORMACION
1
6
8
6
7
2
30
DIRECCION DE SUMARIOS
2
3
8
5
2
0
20
DIRECCION DE ORGANIZACION Y SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
1
4
2
5
0
0
12
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
1
9

(*)
29
52
31
2
124
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
13
39

(*)
68

(**)
160
219
105
604
SUBSECRETARIO DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
0
0
0
0
0
0
0
SUBSECRETARIO DE RELACIONES INSTITUCIONALES
1
2
3
1
0
0
7
DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS POLITICOS
1
1
1
2
1
0
6
TOTAL
31
108
170
261
274
109
953

(*) INCLUYE 1 (UN) CARGO SOBREASIGNADO "A".

(**) INCLUYE 1 (UN) CARGO SOBREASIGNADO "B".

TODOS ELLOS HASTA LA BAJA DE SU TITULAR

ORGANIGRAMA