Secretaría de Industria, Comercio y Minería

ACTIVIDAD MINERA

Resolución 1234/97

Creación del Registro Nacional de Laboratorios, a los que la Autoridad de Aplicación Provincial y los interesados podrán solicitar asistencia para la realización de trabajos de monitoreo y auditoría externa.

Bs. As., 19/ 11/97

B.O: 24/11/97

VISTO el Expediente N° 045-001500/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y el artículo 261 inciso b) Título Decimotercero Sección Segunda del Código de Minería (t.o. 1997), y

CONSIDERANDO:

Que lo dispuesto en el artículo 261 inciso b) del Título Decimotercero Sección Segunda "De la Protección Ambiental para la Actividad Minera" del Código de Minería (t.o. 1997), prevé la creación de un registro de Laboratorios al que la Autoridad de Aplicación Provincial y los interesados podrán solicitar asistencia para la realización de trabajos de monitoreo y auditoría externa.

Que la Normativa Complementaria aprobada en Asamblea Extraordinaria del Consejo Federal de Minería de fecha 16 de agosto de 1996 establece en su artículo 3° que para aquellos casos de competencia nacional, será Autoridad de Aplicación la Secretaría de Industria, Comercio y Minería de la Nación o el organismo competente que en el futuro la reemplace.

Que con la medida propiciada la Autoridad de Aplicación Provincial y otros interesados contarán con un instrumento de consulta y guía actualizado para satisfacer necesidades específicas del sector.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete de acuerdo con el artículo 7° inciso d) de la Ley N° 19.549.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1450 de fecha 12 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1°-Créase el REGISTRO NACIONAL DE LABORATORIOS y apruébanse los Formularios para Registros de Laboratorios que forman parte Integrante de la presente, como Anexos I y II.

Art. 2º-El REGISTRO NACIONAL DE LABORATORIOS estará a cargo de la SUBSECRETARIA DE MINERIA dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 3°-Toda persona física o jurídica cuya actividad principal consista en la realización las actividades que se mencionan en el artículo 261 inciso b) del Código de Minería (t.o. 1997), podrá solicitar a la Autoridad a cargo del Registro, su inscripción o la actualización de aquella.

Art. 4º.-Los interesados en inscribirse en el citado registro, deberán cumplimentar con los requisitos de los Anexos I y II de la presente, con carácter de declaración jurada.

Art. 5º -Otorgada la inscripción se deberá entregar al interesado constancia de la misma y número de registro que le corresponde.

Art. 6º-La elección de Laboratorios que la Autoridad de Aplicación Provincial e interesados realicen del REGISTRO NACIONAL DE LABORATORIOS, no importará responsabilidad alguna para el Estado Nacional.

Art.7°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto A. Guadagni.
ANEXO I

FORMULARIO REGISTRO DE LABORATORIOS

1. Identificación del Laboratorio
Nombre / Razón Social.

Dirección.

T.E:.FAX .E-mail.

Localidad.Provincia .C.P..

  1. Identificación Legal del Laboratorio

Personería Jurídica.. Si.Instrumento que la acredite .

En trámite.

Constancia de trámite.

C.U.I.T

.


2.1 Organismo de Acreditación de Calidad
EJECUCION DE ANALISIS
Normas
Organismo
..
..
..
..


EVALUACION Y MONITOREO
Normas
Organismo
..
..
..
..


3. Asociaciones o convenios con otros entes
EnteNacionalesExtranjeros

Empresas Privadas..
..
..
Organismos Estatales. .
..
..
Universidades..
..
..


4. Especializaciones. Temas de Estudios. Equipamiento con el que opera.
Tipo de Trabajo Especialización Equipamiento
Ejecución de Análisis ..
. .
. .
. .
. .
. .
. .


Evaluación y . .
Monitoreo..
..
..
..
..
..


5. Experiencia Técnica del Laboratorio
Tipo de Trabajo
Empresa u Organismo para el cual lo realiza
Año
...
...
...
...
...
...
...

6. Cantidad de Profesionales

6.1. Personal Jerárquico y Personal Técnico
..PERSONAL JERARQUICO
..PERSONAL TECNICO

1

6.2. Cantidad de Profesionales según tiempo de trabajo:
Profesionales Full- Time. ...

Profesionales Part- Time

....


6.3. Porcentaje de Profesionales según categoría:
... SEMI - JUNIOR

.

.. JUNIOR

.

.. SEMI - SENIOR

.

.. SENIOR


-Los datos consignados en el Anexo I revisten carácter de Declaración Jurada.

Lugar y Fecha: Buenos Aires. / / 199
Firma:

Aclaración:

D.N.I:


ANEXO II

FORMULARIO PARA ACTUALIZACION DE REGISTRO DE LABORATORIOS

1. Identificación del Laboratorio
Nombre / Razón Social.

Dirección.

T.E:.FAX .E-mail.

Localidad.Provincia .C.P..

2. Identificación Legal del Laboratorio
Personería Jurídica. Si.Instrumento que la acredite .

C.U.I.T.

2.1. Organismo de Acreditación de Calidad
EJECUCION DE ANALISIS
Normas
Organismo
..
..
..
..


EVALUACION Y MONITOREO
Normas
Organismo
..
..
..
..

3. Asociaciones o convenios con otros entes
EnteNacionalesExtranjeros

Empresas ..
Privadas..
..
Organismos ..
Estatales..
..
Universidades..
..
..

  1. Especializaciones. Temas de Estudios. Equipamiento con el que opera.


Tipo de Trabajo Especialización Equipamiento

Ejecución de Análisis. .
..
..
..
..
..
..


Evaluación y Monitoreo. .
..
..
..
..
..
..


5. Experiencia Técnica del Laboratorio
Tipo de TrabajoEmpresa u Organismo para el cual lo realiza Año
...
...
...
...
...
...
...

6. Cantidad de Profesionales

6.1. Personal Jerárquico y Personal Técnico
..PERSONAL JERARQUICO
..PERSONAL TECNICO


6.2. Cantidad de Profesionales según tiempo de trabajo:
Profesionales Full- Time. ...

Profesionales Part- Time

....


6.3. Porcentaje de Profesionales según categoría:
... SEMI - JUNIOR

.

.. JUNIOR

.

.. SEMI - SENIOR

.

.. SENIOR


-Los datos consignados en el Anexo I revisten carácter de Declaración Jurada.

Lugar y Fecha: Buenos Aires. / / 199
Firma:

Aclaración:

D.N.I: