MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION
Disposición N° 137/97
Bs. As., 13/11/97
B.O.: 26/11/97
VISTO la Ley N° 24.013 de fecha 13 de noviembre de 1991,
la Resolución M. T. y S. S. N° 182 de fecha 14 de
marzo de 1997, las Resoluciones S. E. y C. L. N° 280 de fecha
25 de junio de 1997, 413 y 414 ambas de fecha 3 de setiembre de
1997, la Resolución Conjunta S. E. y C. L. / A. N. Se.
S. Nº 254 de fecha 3 de junio de 1997, la Disposición
D. N. P. E. y C. N° 131 de fecha 24 de setiembre de 1997,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución S. E. y C. L. N° 414/97 se
han aprobado distintos proyectos de capacitación de acuerdo
a lo dispuesto por el Artículo 10° de la Resolución
S. E. y C. L. N° 280/97.
Que por esta misma Resolución se han asignado los fondos
para la ejecución de los proyectos con más la suma
que se determine para los otros gastos a cargo del MINISTERIO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M. T. y S. S.) conforme lo prevé
el Artículo 6° de la Resolución S. E. y C.
L. N° 280/97.
Que la Disposición D. N. P. E. y C. Nº 131/97 ha establecido
una numeración única para identificar los proyectos
a desarrollar, con el objetivo de evitar inconvenientes en el
proceso de liquidación y pago de becas a los beneficiarios
de los mismos.
Que es necesario comunicar mensualmente a la ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.Se.S.) la nómina de los proyectos
aprobados que tienen previsto pagos de becas a los beneficiarios,
a fin de que se realicen las gestiones tendientes a hacer efectivos
los mismos.
Que la presente se dicta en el marco de la Resolución S.
E. y C. L. N° 280/97.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION
DISPONE:
ARTICULO 1°-Comunícase a la A.N.Se.S. el detalle
de los cursos iniciados en el mes de noviembre de 1997, para cuyos
beneficiarios se solicitan becas. Los mismos se corresponden a
los proyectos aprobados por Resolución S. E. y C. L. N°
414/97 y numerados por la Disposición D. N. P. E. y C.
Nº 131/97 y constan en ANEXO I de la presente.
ARTICULO 2°-Regístrese, comuníquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
para su Publicación, remítase copa autenticada al
Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívase.-Dr.
LUIS CASTILLO MARIN- Director Nacional de Políticas de
Empleo y Capacitación - Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social.
ANEXO I
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e. 26/11 N° 207.889 v. 26/11/97