SERVICIO EXTERIOR

Decreto 1269/97

Prorrógase la permanencia de un Embajador Extraordinario y P1enipotenciario en el mencionado Servicio, exceptuándolo del cumplimiento del Decreto N° 434/92.

Bs. As., 25/11/97

B.O: 1/12/97

VISTO el Decreto Nº 434 del 12 de marzo de 1992; y

CONSIDERANDO:

Que la referida norma establece que los funcionarios de la categoría "A", Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en virtud de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 20.957 del Servicio Exterior de la Nación que se desempeñen en el exterior, cesarán en sus funciones a los TREINTA (30) días de su llegada a la República en cumplimiento de sus traslados.

Que por razones de servicio, resulta necesario que el señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Hernán María PATIÑO MAYER continúe en el ejercicio de su cargo, una vez cumplimentado su traslado a la República.

Que en consecuencia, corresponde prorrogar su permanencia en el Servicio Exterior de la Nación, exceptuándolo del cumplimiento de la referida norma.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99.-, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Exceptúase al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Hernán María PATIÑO MAYER, del cese de funciones dispuesto por el Decreto N° 434 de fecha 12 de marzo de 1.992.

Art. 2°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido Di Tella.