MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Ley N° 24.882

Decláranse a estaciones ferroviarias del ramal C-25 del Ferrocarril General Manuel Belgrano ubicadas en la Provincia de Formosa y a la ex usina de la ciudad de Formosa, bienes de interés histórico.

Sancionada: Noviembre 5 de 1997.

Promulgada de Hecho: Noviembre 26 de 1997.

B.O: 3/12/97

El Senado y Cámara de Diputados de la

Nación Argentina reunidos en Congreso. etc.. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°-Decláranse bienes de interés histórico, con arreglo a lo dispuesto por las leyes 12.665 y 24.252, los siguientes edificios:

a) Las estaciones ferroviarias del ramal C-25 del Ferrocarril General Manuel Belgrano ubicadas en la Provincia de Formosa en las localidades de Formosa, Mariano Boedo, Gran Guardia, Pirane, Palo Santo, Bartolomé de las Casas, Comandante Fontana, Ibarreta, Estanislao del Campo, Pozo del Tigre, Teniente Brown, Las Lomitas, Juan C. Bazan, Pozo del Mortero, Laguna Yema, Los Chiriguanos, Ingeniero Juarez y Teniente General R. M. Fraga.

b) La ex usina de la ciudad de Formosa, ubicada en la intersección de las calles Hipólito Yrigoyen, Santa Fe y la Diagonal Ramos Mejia.

ARTICULO 2º-El Poder Ejecutivo, a través de sus organismos específicos en forma conjunta con los entes provinciales de Formosa efectuarán los estudios técnicos tendientes a la preservación de los edificios mencionados en el artículo precedente de esta ley.

ARTICULO 3º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

-REGISTRADA BAJO EL N° 24.882-

ALBERTO R. PIERRI-EDUARDO MENEM. -Esther H. Pereyra Arandía de Perez Pardo.- Edgardo Piuzzi.