MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 374/97 (AFIP)

Administración Federal de Ingresos Públicos. Estructura organizativa. Su modificación.

Bs. As., 1/12/97

B.O: 5/12/97

VISTO que por el Decreto Nº 646 del 11 de julio de 1997y la Disposición Nº 16 del 23 de julio de 1997 y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa en este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que razones de índole funcional aconsejan realizar modificaciones estructurales en el ámbito de la Dirección de Control Aduanero dependiente jerárquicamente de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Que a tales efectos y en virtud de la propuesta que en tal sentido formulará la citada Dirección, el Departamento Organización y Métodos ha tomado la intervención que le compete.

Que ha tomado la intervención que le compete el Grupo Coordinador AFIP-Resolución Nº

401/97-.

Que la modificación propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General de Aduanas, de la Subdirección General de Contralor, de la Subdirección General de Planificación y de la Dirección de Planificación Estratégica.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618/97, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º-Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Fiscalización Documental, y sus unidades orgánicas dependientes que se detallan:

-División "Cargos"

-Sección "Registro de Cargos"

-Sección "Impugnación"

-División "Control de Exportación"

-Sección "Control Exportaciones Metropolitanas"

-Sección "Control Exportaciones Interior"

-División "Control de Importación"

-Sección "Control Importaciones Metropolitanas"

-Sección "Control Importaciones Interior"

existentes en el ámbito de la Dirección de Control Aduanero, dependan jerárquicamente de la Dirección General de Aduanas, asignándoles la acción y las tareas que para cada una de ellas se determinan en el Anexo B, que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º-Eliminar de la estructura organizativa vigente todas las unidades orgánicas dependientes jerárquicamente de la Dirección de Control Aduanero, existente en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

ARTICULO 3º-Crear una unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Policía Aduanera", dependiente jerárquicamente de la Dirección de Control Aduanero.

ARTICULO 4º-Crear 7 (siete) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Comprobación de Destino", "Análisis y Procesamiento de la Información", "Precursores Químicos", "Investigaciones y Control Selectivo", "Coordinación Operativa", "Narcotráfico" y "Apoyo Técnico y Rilo", dependientes jerárquicamente todas ellas del Departamento Policía Aduanera.

ARTICULO 5º-Crear 2 (dos) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas "Control Selectivo" e "Investigaciones", dependientes jerárquicamente de la División Investigaciones y Control Selectivo.

ARTICULO 6º-Crear 3 (tres) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas "Enlace con Fuerzas de Seguridad", "Unidad de Operaciones Especiales Nº 1" y "Unidad de Operaciones Especiales Nº 2", dependientes jerárquicamente de la División Coordinación Operativa.

ARTICULO 7º-Crear 2 (dos) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas "Inteligencia" y "Operaciones", dependientes jerárquicamente de la División Narcotráfico.

ARTICULO 8º-Crear 2 (dos) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas "Equipos Especiales e Instrucción" y "Estadísticas y Enlace Internacional", dependientes jerárquicamente de la División Apoyo Técnico y Rilo.

ARTICULO 9º-Crear una unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Inspección General", dependiente jerárquicamente de la Dirección de Control Aduanero.

ARTICULO 10.-Crear 4 (cuatro) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Depósitos Fiscales", "Zonas Francas", "Tránsitos Aduanas Secas y de Fronteras" y "Puertos y Aeropuertos", dependientes jerárquicamente todas ellas del Departamento Inspección General.

ARTICULO 11.-Crear 2 (dos) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas "Puertos" y "Aeropuertos", dependientes jerárquicamente de la División Puertos y Aeropuertos.

ARTICULO 12.-Crear una unidad organice con nivel de División denominada, "Sumarios de Prevención", dependiente jerárquicamente de la Dirección de Control Aduanera.

ARTICULO 13.-Crear 9 (nueve) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas "Secretaría Prevencional Nº 1", "Secretaría Prevencional Nº 2", "Secretaría Prevencional Nº 3", "Secretaría Prevencional Nº 4", "Secretaría Prevencional Nº 5", "Secretaría Prevencional Nº 6", Secretaría Prevencional Nº 7", "Secretaría Prevencional Nº 8", y "Registro de Infractores", dependientes jerárquicamente de la División Sumarios de Prevención.

ARTICULO 14.-Crear una unidad orgánica con nivel de Sección denominada "Administrativa", dependiente jerárquicamente de la Dirección de Control Aduanero.

ARTICULO 15.-Crear una unidad orgánica con nivel de División denominada "Asuntos Internos", dependiente jerárquicamente de la Subdirección General de Contralor.

ARTICULO 16.-Crear una unidad organice con nivel de Sección denominada "Seguridad", dependiente jerárquicamente de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

ARTICULO 17.-Reemplazar la responsabilidad primaria y las acciones de la unidad orgánica con nivel de Dirección denominada "Control Aduanero", por las que para ella se determinan en el Anexo B que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 18.-Asignar a las unidades orgánicas creadas por los artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 las acciones y las tareas -según corresponda- que para cada una de ellas se detallan en el Anexo B, que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 19.-Reemplazar los Anexos A10 y A44 de la Disposición Nº 16/97 y sus modificatorias, por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 20.-Crear como Anexos A46 y A47 de la Disposición Nº 16/97 y sus modificatorias, los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 21.-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-CARLOS ALBERTO SILVANI - Administrador Federal.

ANEXOS A10 y A44

ANEXOS A46 y A47

ANEXO B

DIRECCION DE CONTROL ADUANERO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Controlar la aplicación de la legislación aduanera y ejercer el Poder de Policía Aduanera en todo el país, según lo establecido en la Sección II del Código Aduanero - Ley Nº 22.415.

ACCIONES

1.-Prevenir y reprimir en todo el ámbito Jurisdiccional de la Repartición, el tráfico indebido de drogas peligrosas.

2.-Realizar el control documental y operativo de destinaciones aduaneras en las que pudieran existir irregularidades.

3.-Prevenir y reprimir los actos ilícitos y las infracciones aduaneras.

4.-Practicar las labores de inteligencia que permitan la detección de hechos dolosos en materia aduanera.

5.-Diseñar los métodos de trabajo a emplear para la consecución de sus objetivos.

DEPARTAMENTO POLICIA ADUANERA

ACCION

Ejercer el poder de policía aduanera, supervisando el cumplimiento y aplicación de la legislación con el fin de prevenir y reprimir ilícitos aduaneros, realizar la comprobación de destino de las mercaderías que se importen al amparo de franquicias e impulsar planes estratégicos en la lucha contra el narcotráfico.

TAREAS

1.-Efectuar las tareas de vigilancia, comprobación o investigación para la prevención y represión del delito de contrabando su tentativa o encubrimiento.

2.-Intervenir en las investigaciones y procedimientos referidos a la prevención y represión y de las infracciones aduaneras.

3.-Ejercer las interdicciones de las mercaderías que se sospechen en infracción y disponer el levantamiento de dicha medida cuando así proceda.

4.-Ejercer el secuestro de mercaderías, medios de transporte y demás elementos producto de contrabando o sospechosos de infracción aduanera, así como también efectuar la detención de personas incursas en esa infracción o sospechosas de incurrir en ellas.

5.-Coordinar la realización de acciones conjuntas con las fuerzas de seguridad.

6.-Procesar la información interna y externa a fin de prevenir ilícitos aduaneros.

7.-Dar cumplimiento a los planes estratégicos elaborados en la lucha contra el narcotráfico.

8.-Controlar el uso o destino dado a las mercaderías importadas al amparo de regímenes especiales.

9.-Controlar que se cumplan las normas legales con las comunicaciones internacionales por medio de su red interna.

10.-Entender en las relaciones con otros organismos nacionales y extranjeros afines a la función de lucha contra el narcotráfico.

DIVISION COMPROBACION DE DESTINO

ACCION

Efectuar la comprobación de destino de las mercaderías que se importen al amparo de franquicias.

TAREAS

1.-Inspeccionar los estados demostrativos de las firmas que ingresan mercaderías bajo el régimen de comprobación de destino, e Intervención por averías, desafectación y transferencias.

2.-Verificar facturas comerciales remitidas por las Aduanas del Interior para constatar la autenticidad de las mismas e introducción a plaza de las mercaderías involucradas.

3.-Verificar mercaderías introducidas por admisión temporaria.

4.-Secuestrar y/o interdictar, y proceder en el levantamiento de la medida cautelar sobre mercaderías dispuesta oportunamente, en todos los casos por el Departamento Contencioso.

5.-Inspecciónar mercaderías ingresadas al amparo del Decreto Nº 732/72 y Decreto Nº 937/90 (Ley de Emergencia).

6.-Inspecciónar mercaderías ingresadas en franquicia, otorgadas por la Dirección Nacional de Migraciones (Resolución Nº 557/89 - Ley 22.439).

7.-Verificar la posesión de automotores de discapacitados (Decreto Nº 1078/90).

DIVISION ANALISIS Y PROCESAMIENTO DE LA INFORMACION

ACCION

Requerir, captar, procesar, intercambiar, analizar, administrar y suministrar información para las tareas propias de la División y demás dependencias de la Dirección de Control Aduanero.

TAREAS

1.-Generar y mantener actualizado el sistema de recepción, recopilación, análisis y procesamiento de la información vinculada al tráfico internacional de mercaderías.

2.-Proponer de oficio investigaciones y procedimientos que tiendan a la prevención y/o detección de infracciones y delitos aduaneros y demás transgresiones que pudieran cometerse en el tráfico internacional de mercaderías.

3.-Promover intercambio informativo con organismos nacionales e internacionales vinculados directa e indirectamente al tráfico internacional de mercaderías solicitando información y antecedentes a administraciones aduaneras extranjeras y demás organismos competentes en la materia.

4.-Proceder a la lectura y análisis de la base de datos, a las operaciones de importación y exportación-despachos, permisos de embarque, manifiestos, etc.-elevar informe v conclusiones.

5.-Recepciónar, ordenar y procesar información de terceros y generada en el área, que permita determinar la comisión de transgresiones, prohibiciones y restricciones a la importación y exportación, practicas fraudulentas, vigencia de habilitaciones, regulaciones de otros organismos, etc.

6.-Evaluar y proponer la pertinencia de llevar a cabo investigaciones en el exterior en forma individual o coordinada con otros organismos, para la prevención y detección de ilícitos aduaneros.

7.-Mantener actualizada la base de datos de la Superioridad, con información vinculada al tráfico internacional de mercaderías, y de procedimientos e investigaciones y demás antecedentes que se estimen de interés.

8.-Incrementar el intercambio informativo con las áreas informativas y técnicas sobre controles practicados en las operaciones de importación y exportación y con las Aduanas del Interior.

9.-Promover el desarrollo de metodología para captar y administrar información que facilite la detección de la comisión de ilícitos e infracciones aduaneras.

10.-Recepciónar, recopilar y procesar información de las distintas áreas de esta Dirección, a los efectos de administrar una base de datos única de antecedentes por área de control, así como la información producida por áreas asignadas por Resolución Nros. 1166/92 y 125/97.

11.-Intercambiar la información con distintos organismos como el Registro General de la Propiedad del Automotor, la División Investigaciones Patrimoniales del Narcotráfico de Policía Federal Argentina, etc.

DIVISION INVESTIGACIONES Y CONTROL SELECTIVO

ACCION

Intervenir supervisando a modo de control secundario las distintas operaciones aduaneras a fin de prevenir y/o reprimir infracciones y/o delitos aduaneros por si, o en colaboración con otras áreas de esta Administración Federal.

TAREAS

1.-Realizar investigaciones referidas a delitos e infracciones aduaneras.

2.-Realizar inspecciones y auditorías contables en firmas, comercios, depósitos o lugares donde se presuma la existencia de mercaderías ingresadas ilegalmente a fin de examinar todo tipo de documentación involucrada en las investigaciones y relacionada con el comercio exterior.

3.-Supervisar las distintas destinaciones aduaneras en forma selectiva y adoptar las medidas de prevención que correspondan ante maniobras delictivas o infracciones aduaneras.

SECCION CONTROL SELECTIVO

ACCION

Desarrollar acciones de supervisión selectiva y aleatoria del universo de las operaciones aduaneras sujetas a la misma. Con los resultados obtenidos formar perfiles inteligentes de control a efectos de asesorar a la Superioridad en la toma de decisiones.

TAREAS

1.-Formular perfiles relativos a determinación y búsqueda de funciones inteligentes.

2.-Desarrollar acciones de supervisión selectiva de destinaciones de importación/exportación tanto en zona primaria como secundaria.

3.-Generar en base a las supervisiones antes señaladas, programas investigativos elevados a la Superioridad.

4.-Participar, en los operativos que determine el Departamento Policía Aduanera, cuando a juicio de esa instancia resulten necesarios.

SECCION INVESTIGACIONES

ACCION

Generar investigaciones propias y/o en cumplimiento de solicitudes promovidas por otras dependencias, organismos, poder judicial referidas a delitos y/o infracciones aduaneras previstas en la Ley 22.415.

TAREAS

1.-Realizar investigaciones referidas al delito de contrabando, su instigación o encubrimiento y demás infracciones aduaneras.

2.-Realizar inspecciones en comercios y en todo otro lugar ubicado en el territorio nacional, donde se presuma la existencia de mercaderías que probablemente hayan ingresado ilegalmente.

3.-Solicitar y realizar el examen de documentación relacionada con la importación y la exportación.

4.-Supervisar las distintas destinaciones aduaneras y adoptar las medidas de prevención que correspondan ante maniobras delictivas o infracciones aduaneras.

5.-Realizar un relevamiento de la ubicación o movimiento de depósitos y mercaderías a fin de realizar una correcta prevención de delitos e infracciones aduaneras.

6.-Generar investigaciones propias en base a seguimientos informáticos de acuerdo con distintos parámetros (posición arancelarias, orígenes, procedencias, destinos, triangulación, etc.).

7.-Realizar auditorias contables a firmas, relacionadas o no, en comprobación de la comisión de distintos ilícitos.

8.-Efectuar investigaciones contables sobre la base de denuncias plasmadas en el organismo y trasladadas a esta instancia por competencia.

9.-Proseguir y concluir investigaciones generadas por otras áreas de esta Administración Federal.

DIVISION COORDINACION OPERATIVA

ACCION

Coordinar la puesta en marcha de estrategias y procedimientos realizados y/o solicitados por otras arcas de esta Administración Federal, fuerzas de seguridad, agencias de control o Juzgados Federales, dando cumplimiento a todo requerimiento de orden judicial referido en forma genérica a cumplimiento de ordenes de allanamiento, secuestro o interdicción de mercaderías y detención de personas como así también supervisar a modo de control secundario toda la operatoria aduanera referida a destinaciones suspensivas y/o definitivas.

TAREAS

1.-Proceder al secuestro de mercaderías, medios de transporte y demás instrumentos producto de contrabando o sospechados de infracción, en el ámbito del territorio nacional.

2.-Realizar inspecciones y allanamientos en domicilios, comercios y en todo otro lugar ubicado en territorio nacional donde se presuma la existencia de mercadería ingresada ilegalmente y el levantamiento de las medidas cautelares adoptadas en cumplimiento de dichos procedimientos, cuando así se lo ordenare.

3.-Realizar en rutas y caminos la verificación de cargas y equipajes, como así también el examen de la documentación de carga, de mercadería relacionada con la importación y la exportación.

4.-Proponer de oficio procedimientos que tiendan a la prevención y/o detección de infracciones y delitos aduaneros y demás que pudieran cometerse en el tráfico internacional de mercaderías.

5.-Intervenir en forma selectiva en las operaciones de reembarco, trasbordo, traslados, etc. de mercadería.

6.-Intervenir a requerimiento de otras dependencias en la constitución y/o levantamiento de medidas cautelares y/o proceder al secuestro de mercaderías.

7.-Requerir los servicios de policía adicional y actuar como veedor en los traslados de valores y mercadería de alto riesgo, conforme fuera solicitado por distintas dependencias en orden al cumplimiento de oficios judiciales.

8.-Intervenir en la recepción, registro, custodia, traslado y destrucción de estupefacientes.

9.-Efectuar la custodia de detenidos alojados en calabozos por orden judicial y traslado de los mismos.

SECCION ENLACE CON FUERZAS DE SEGURIDAD

ACCION

Actuar como enlace en investigaciones y en la coordinación de operaciones con otras fuerzas de seguridad, para la represión y prevención de delitos e infracciones aduaneras. Prestar apoyo en las operaciones que se realicen en forma conjunta.

TAREAS

1.-Programar, coordinar y desarrollar operativos conjuntos con otras fuerzas de seguridad.

2.-Actuar como canal de comunicación interfuerzas.

3.-Recopilar información de otros organismos.

4.-Requerir el apoyo de otros organismos para operaciones especiales.

SECCION UNIDAD DE OPERACIONES ESPECIALES

(Tipo Nros. 1 y 2)

ACCION

Dar cumplimiento a todo tipo de órdenes judiciales referidas en forma genérica al cumplimiento de ordenes de allanamiento, secuestro o interdicción de mercaderías y detención de personas, como así también supervisar a modo de control secundario toda la operatoria aduanera referida a destinaciones suspensivas y/o definitivas.

TAREAS

1.-Proceder al secuestro de mercaderías, medios de transporte y demás instrumentos producto de contrabando o sospechados de infracción, en el ámbito del territorio nacional.

2.-Realizar inspecciones y allanamientos en domicilios, comercios y en todo otro lugar ubicado en territorio nacional donde se presuma la existencia de mercadería ingresada ilegalmente y el levantamiento de las medidas cautelares adoptadas en cumplimiento de dichos procedimientos, cuando así se lo ordenare.

3.-Realizar en rutas y caminos la verificación de cargas y equipajes, como así también el examen de la documentación de carga, de mercadería relacionada con la importación y la exportación.

4.-Proponer de oficio procedimientos que tiendan a la prevención y/o detección de infracciones y delitos aduaneros y demás que pudieran cometerse en el tráfico internacional de mercaderías.

5.-Intervenir en forma selectiva en las operaciones de reembarco, trasbordo, traslados, etc. de mercadería.

6.-Intervenir a requerimiento de otras dependencias en la constitución y/o levantamiento de medidas cautelares y/o proceder al secuestro de mercaderías.

7.-Efectuar la custodia de detenidos alojados en calabazos por orden judicial y traslado de los mismos.

DIVISION NARCOTRAFICO

ACCION

Realizar planes estratégicos en la lucha contra el narcotráfico, supervisar las tareas asignadas a las distintas secciones y efectuar todas las investigaciones y tareas de Inteligencia ordenadas por la Superioridad, por la justicia, y de oficio en cumplimiento de la función específica.

TAREAS

1.-Dar cumplimiento a los planes estratégicos elaborados.

2.-Supervisar todas las tareas de investigaciones, operacionales, apoyo técnico, y las relacionadas con las Aduanas del Interior, así como las investigaciones relacionadas con movimientos financieros y lavado de dinero.

3.-Ejercer el poder de policía y fuerza pública en los casos vinculados con el tráfico indebido de drogas peligrosas.

SECCION INTELIGENCIA

ACCION

Realizar todas las investigaciones y tareas de inteligencia ordenadas por la Superioridad, por la justicia y de oficio en cumplimiento de la función específica, elaborando informes y toda actividad necesaria para producir inteligencia.

TAREAS

1.-Practicar las investigaciones de hechos, personas, actividades, etc., para determinar la comisión de ilícitos.

2.-Acopiar, evaluar y procesar la información que se obtenga de medios oficiales, privados, judiciales, informantes, o cualquier otro medio posible. Establecer medios para organizar y difundir la información que debe transformarse en acciones de control.

3.-Requerir los desarrollos informáticos necesarios para contar con sistemas de control, estadísticos y de recopilación de información adicional sobre la producción, importación, exportación, distribución, etc., de los productos químicos para la elaboración de drogas y para la fabricación de armas químicas.

4.-Desarrollar investigaciones sobre evolución económico y/o financiera, movimientos de fondos, operaciones de importación-exportación que puedan significar blanqueos de dinero o lavado de dinero proveniente del narcotráfico.

5.-Realizar investigaciones ordenadas por los jueces, como así también actividades relacionadas con seguimientos y detención de personas, allanamientos de domicilios, secuestros de drogas, escuchas telefónicas y toda otra inherentes a hechos delictivos.

SECCION OPERACIONES

ACCION

Ejercer el control prevencional y ejecutar tareas de procedimientos en aeropuertos, puertos, red ferroviaria, rutas camineras, fronteras y en todo lugar ordenado por la justicia.

TAREAS

1.-Programar, coordinar y desarrollar operativos en toda la jurisdicción aduanera.

2.-Desarrollar en la zona primaria aduanera programas de control con equipo de personal entrenado sobre pasajeros, mercaderías y medios transportadores, equipajes, etc., para prevenir y reprimir los ilícitos con drogas.

3.-Practicar operativos de rutina y/o especiales o sorpresivos sobre los objetivos, que se determinen como de alto riesgo por su itinerario, tipo de mercadería, clase de medio transportador o inteligencia previa.

4.-Establecer un sistema computarizado de estadísticas o seguimientos, de cargas, medios transportadores, rutas, procesos, etc. para apoyar la determinación de objetivos.

5.-Coordinar con autoridades oficiales o entidades privadas las actividades conducentes a un mayor control sobre los movimientos de drogas o productos químicos controlados dentro de la zona primaria aduanera.

6.-Mantener actualizado el listado de empresas inscriptas ante la Secretaría para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico, informando a las Aduanas de los cambios producidos, en tiempo y forma.

7.-Realizar investigaciones en base a informes emanados de la División y de otras dependencias de la Repartición, así como por pedidos de organismos gubernamentales nacionales y extranjeros.

8.-Controlar cargas de productos químicos en puertos, aeropuertos, empresas y rutas, de acuerdo a investigaciones propias o informaciones recibidas en el Departamento.

9.-Realizar comprobaciones a empresas productoras y exportadoras de productos químicos para fabricación de armas químicas, reguladas por el Decreto Nº 603/92 y la Resolución de la Ex-Administración Nacional de Aduanas Nº 1046/92.

DIVISION PRECURSORES QUIMICOS

ACCION

Ejercer el control de importación y exportación de precursores químicos fiscalizados.

TAREAS

1.-Requerfr los desarrollos informáticos necesarios para contar con sistemas de control, estadísticos y de recopilación de información adicional sobre la producción, importación, exportación, distribución, etc., de los productos químicos para la elaboración de drogas.

2.-Realizar comprobaciones a empresas productoras, consumidoras, importadoras, exportadoras y distribuidoras de productos químicos, obteniendo datos referidos a sus actividades, como así también a proveedores y clientes, métodos de almacenaje y transporte, medidas de seguridad, etc., confeccionándose un perfil de cada empresa, cruzándolos con la información obtenida de otras fuentes.

3.-Realizar investigaciones en base a informes emanados de la división y de otras dependencias de esta Administración Federal, así como por pedido de organismos gubernamentales nacionales y extranjeros.

DIVISION APOYO TECNICO Y RILO

ACCION

Dar apoyo inmediato a las tareas que realiza el Departamento, mantener enlace internacional por medio de la Red Rilo para la coordinación de inteligencia, llevar estadísticas, y administrar el uso y el mantenimiento de los equipos especiales.

TAREAS

1.-Atender la incorporación y utilización de modernos medios técnicos electrónicos, equipos y materiales necesarios para el desarrollo de investigaciones, procedimientos, etc.

2.-Efectuar el mantenimiento del armamento, su control, programar las prácticas del personal, comprobar la instrucción y su calificación en la materia.

3.-Controlar el mantenimiento correcto de los automotores para las necesidades del servicio.

4.-Preparar los programas de instrucción sobre la materia y desarrollar los mismos para el personal del Departamento y para aquellas dependencias a requerimiento de esta Administración Federal.

5.-Establecer una comunicación permanente y una red de análisis sobre la lucha contra la droga y el fraude comercial entre los miembros de las oficinas regionales RILO (Oficina regional para la coordinación de inteligencia) y las sedes de la Organización Mundial Aduanera.

6.-Generar y mantener actualizado el sistema de recepción, recopilación e investigación (proceso y análisis) de la información vinculada al tráfico internacional de estupefacientes y/o fraude aduanero.

7.-Generar alertas de "Modus Operandi" a raíz de procedimientos realizados por la aduana y otras fuerzas, como así también recepcionar las alertas distribuidas por RILO, para conocimiento de las partes que determine la Superioridad.

8.-Incrementar la reciprocidad informática con los organismos nacionales e internacionales vinculados directa o indirectamente al tráfico de estupefacientes y/o fraude aduanero.

9.-Recabar información y antecedentes de Administraciones Aduaneras nacionales y extranjeras y demás organismos componentes en la materia.

10.-Evaluar la información recibida por investigaciones en el exterior en forma centralizada o coordinada con otros organismos para la prevención y detección del tráfico de estupefacientes y/o fraude aduanero.

11.-Mantener vigentes y actualizadas las bases de datos del Departamento con información vinculada con el tráfico de estupefacientes y/o fraude aduanero y de procedimientos e investigaciones y demás antecedentes que se estime de interés.

SECCION EQUIPOS ESPECIALES E INSTRUCCION

ACCION

Elaborar los planes de instrucción para el personal de la Dirección y de otras áreas que lo requieran, en lo referente a la represión y prevención de infracciones e ilícitos aduaneros y la lucha contra el narcotráfico. Mantener en estado de uso todos los equipos especiales que se encuentren bajo su custodia, para dar inmediato apoyo a las áreas que así lo requieran.

TAREAS

1.- Elaborar y mantener actualizados los inventarios de armas: municiones, automotores y demás equipos especiales de toda la Dirección.

2.- Tramitar y otorgar las credenciales extendidas por el RENAR -tenencia, portación y legítimo usuario- para todos los agentes de la Dependencia.

3.- Efectuar el mantenimiento del armamento y su control, programando las prácticas del personal, su instrucción y su calificación en la materia.

4.- Atender la incorporación y utilización de modernos medios técnicos y electrónicos, equipos y materiales necesarios para el desarrollo de las investigaciones, procedimientos, etc.

5.- Controlar el mantenimiento de los automotores para su eficaz funcionamiento en las tareas del área.

6.- Preparar los programas de instrucción sobre la materia y desarrollar los mismos para el personal de esta Administración Federal.

SECCION ESTADISIICAS Y ENLACE INTERNACIONAL

ACCION

Elaborar todas las estadísticas afines con la función específica y mantener el enlace internacional con todas las oficinas regionales de RILO y la sede de la Organización Mundial de Aduanas.

TAREAS

1.- Recopilar información y antecedentes en materia de administraciones aduaneras extranjeras y demás organismos.

2.- Generar alertas de "Modus Operandi" como así también recepcionar las alertas distribuidas por RILO, para conocimiento de las partes que determine la superioridad.

3.- Mantener en vigencia y actualizada las bases de datos de la Dirección vinculada al fraude aduanero y/o al tráfico de estupefacientes y toda otra información relacionada con la materia.

4.- Incrementar la reciprocidad informática con los organismos nacionales e internacionales vinculados directa o indirectamente al tráfico de estupefacientes y/o fraude aduanero.

5.- Controlar que se cumplan las normas legales con las comunicaciones internacionales por medio de su red interna, manteniendo las bases de datos y correo electrónico para sostener una comunicación permanente con administraciones aduaneras extranjeras, oficinas regionales, etc.

DEPARTAMENTO INSPECCION GENERAL

ACCION

Disponer y coordinar la actividad de supervisión de la operatoria aduanera que será ejecutada por las Divisiones de su dependencia, con el propósito de detectar la posible comisión de infracciones o ilícitos.

TAREAS

1.- Efectuar supervisiones a la operatoria aduanera, observando la correcta aplicación de la legislación vigente.

2.- Ejercer las investigaciones necesarias referidas a la detección y prevención de delitos e infracciones aduaneros, instigación y/o encubrimiento.

3.- Realizar inspecciones y allanamientos en locales comerciales, depósitos y todo otro lugar ubicado en el territorio aduanero donde se presuma la existencia de mercaderías ingresadas ilegalmente al mismo.

4.- Llevar a cabo en rutas y caminos el control de medios de transporte y mercaderías objeto de destinaciones de exportación e importación, como así también de los documentos inherentes.

5.- Intervenir en el secuestro de mercaderías y medios de transporte y en la detención de personas implicadas en las acciones anteriores.

6.- Ejercer el poder de policía aduanera y la fuerza pública necesario para el cometido de ellas.

DIVISION DEPOSITOS FISCALES

ACCION

Efectuar la supervisión, como control secundario, de las distintas operaciones aduaneras que se realicen en depósitos fiscales, a efectos de prevenir y/o reprimir infracciones y/o delitos aduaneros por sí. Asimismo le corresponderá verificar el cumplimiento de las disposiciones vigentes por parte de los responsables y/o titulares de depósitos fiscales.

TAREAS

1.- Realizar investigaciones referidas al delito de contrabando, o encubrimiento y demás infracciones aduaneras.

2.- Realizar inspecciones y allanamientos en depósitos fiscales, ante la presunción de existencia de mercaderías ingresadas ilegalmente y/o en infracción.

3.- Realizar la supervisión de la documentación de las distintas destinaciones aduaneras, efectuando la verificación y el control selectivo de contenedores y mercadería desconsolidada, adoptando de ser preciso las medidas preventivas que correspondan.

4.- Controlar el cumplimiento de las condiciones de habilitación de los depósitos fiscales, establecidas en la normativa vigente.

DIVISION ZONAS FRANCAS

ACCION

Efectuar la supervisión y el control secundario de las distintas operaciones aduaneras que se realicen en zonas francas, a efectos de prevenir y/o reprimir infracciones y/o delitos aduaneros por sí, o en colaboración con otras fuerzas y/o en cumplimiento de órdenes judiciales.

TAREAS

1.- Realizar investigaciones referidas al delito de contrabando, su instigación o encubrimiento y demás infracciones aduaneras.

2.- Supervisar las operaciones de importación y exportación que se realicen como consecuencia del ingreso y egreso de mercaderías de la zona franca, efectuando el control de la documentación y la verificación selectiva de las cargas y medios transportadores.

3.-Controlar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que deben observar los titulares y/o responsables de zonas francas.

DIVISION TRANSITOS, ADUANAS SECAS Y DE FRONTERAS

ACCION

Desarrollar acciones selectivas tendientes a establecer controles sobre el flujo de mercaderías en tránsito. Asimismo le corresponderá promover acciones de contralor sobre la operatoria de significación que se canalice por las aduanas secas o de frontera, con el objeto de complementar las medidas de vigilancia sobre tránsitos con destinaciones locales o internacionales.

TAREAS

1.- Establecer mecanismos de control que permitan resguardar la indemnidad de las cargas transportadas en tránsito dentro del territorio aduanero.

2.- Practicar operativos selectivos de control sobre tránsitos con destinación local o internacional.

3.- Entender en las operaciones de investigación y contralor vinculados a despachos de importación o exportación documentados en Aduanas secas o de fronteras.

4.- Desarrollar acciones de verificación muestral sobre embarques de importación o exportación despachados por Aduanas secas o de frontera.

DIVISION PUERTOS Y AEROPUERTOS

ACCION

Desarrollar actividades de contralor e investigación en jurisdicción portuaria o aeroportuaria por las que se produzcan exportaciones o importaciones de mercaderías, con el propósito de prevenir la comisión de infracciones o ilícitos, como así también la detección de los mismos.

TAREAS

1.- Producir operativos de control con periodicidad aleatoria en jurisdicción aeroportuaria a efectos de instalar una instancia de supervisión sorpresiva.

2.-Producir operativos periódicos de control con periodicidad aleatoria en jurisdicción portuaria a efectos de instalar una instancia de supervisión sorpresiva.

3.- Desarrollar operaciones de investigación e inteligencia en dichas áreas.

4.- Proceder a la vigilancia y contralor de importaciones o exportaciones efectuadas en las jurisdicciones para las que resulta competente, poniendo énfasis en aquellos embarques cuyos responsables y/o despachantes y/o transportistas registran antecedentes en el respectivo registro de infractores.

SECCION AEROPUERTOS

ACCION

Efectuar la supervisión y control secundario, de las distintas operaciones aduaneras que se realicen en aeropuertos, a efectos de prevenir y/o reprimir infracciones y/o delitos aduaneros por sí, o en colaboración con otras fuerzas y/o en cumplimiento de órdenes judiciales.

TAREAS

1.- Realizar investigaciones referidas al delito de contrabando, su instigación o encubrimiento y demás infracciones aduaneras.

2.- Realizar la verificación selectiva de cargas y equipajes arribados a terminales aéreas, examinando su documentación y adoptando de ser preciso las medidas de prevención correspondientes ante presuntas maniobras delictivas o infracciones aduaneras.

3.- Realizar inspecciones y allanamientos en aeropuertos, ante la presunción de existencia de mercaderías ingresadas ilegalmente y/o en infracción y el levantamiento de las medidas prevencionales adoptadas en cumplimiento de dichos procedimientos cuando así se lo ordene.

4.- Efectuar inspecciones y visitas de fondeo en navíos cargueros o de pasajeros.

SECCION PUERTOS

ACCION

Efectuar la supervisión y control secundario de las distintas operaciones aduaneras que se realicen en puertos, a efectos de prevenir y/o reprimir infracciones y/o delitos aduaneros por sí, o en colaboración con otras fuerzas y/o en cumplimiento de ordenes judiciales.

TAREAS

1.- Realizar investigaciones referidas al delito de contrabando, su instigación o encubrimiento y demás infracciones aduaneras.

2.- Realizar la verificación selectiva de cargas y equipajes arribados a terminales aéreas, examinando su documentación y adoptando de ser preciso las medidas de prevención correspondientes ante presuntas maniobras delictivas o infracciones aduaneras.

3.-Realizar inspecciones y allanamientos en puertos, ante la presunción de existencia de mercaderías ingresadas ilegalmente y/o en infracción y el levantamiento de las medidas prevencionales adoptadas en cumplimiento de dichos procedimientos, cuando así se lo ordene.

4.- Efectuar inspecciones y visitas de fondeo en navíos cargueros o de pasajeros.

DIVISION SUMARIOS DE PREVENCION

ACCION

Instruir los sumarios de prevención por delitos aduaneros, previo análisis y consulta con la Dirección, para dar intervención a los Jueces en lo Penal Económico, oficiando de nexo con dichos magistrados y otras fuerzas preventoras.

TAREAS

1.- Ejecutar las diligencias ordenadas por la Superioridad en causas originadas en procedimientos realizados por la Dirección General de Aduanas y/o por otras fuerzas.

2.- Instruir los sumarios de prevención para su posterior elevación al Juzgado de turno y enviar copia a los jueces contenciosos, de conformidad con las pautas operativas impartidas por la Superioridad.

3.- Adoptar todas las medidas cautelares previstas por la Ley, dando cuenta de las mismas a quien corresponda.

4.- Colaborar en la realización de investigaciones y procedimientos ordenados por autoridad competente.

5.- Oficiar de nexo entre los juzgados de competencia y la Dirección General de Aduanas y con todas las demás fuerzas de prevención - seguridad en temas concernientes a delitos aduaneros.

SECCION REGISTRO DE INFRACTORES

ACCION

Concretar y mantener actualizado un sistema informático de infractores a las normas aduaneras, en el que consten todos los antecedentes de personas tanto físicas como jurídicas, referidos a condenas provenientes de actuaciones delictivas e infracciones de carácter aduanero y proporcionar los informes relativos de estos antecedentes que le sean solicitados.

1.- Identificar a las personas involucradas en los sumarios preventivos iniciados por dependencias de la Dirección, con la correspondiente apertura del prontuario (Identificación cromática y morfológica, dactiloscópica, toma de fotografías y ficha patronímica, carátula y fallo, etc.).

2.- Clasificar y archivar las fichas dactiloscópicas, confeccionadas por ésta, como así también las remitidas por otras fuerzas de seguridad.

3.- Proporcionar y recepcionar de los Organismos Nacionales y/o Provinciales competentes los antecedentes de inculpados, sean estos personas físicas o jurídicas.

4.- Evacuar consultas relacionadas con pedidos de antecedentes obrantes en el registro de personas tanto físicas como jurídicas, provenientes de las distintas dependencia aduaneras, de otras fuerzas de seguridad, juzgados, etc.

5.- Evaluar los distintos fallos, tanto judiciales como administrativos y resoluciones de las distintas Aduanas para su adecuada carga al sistema informático.

6.- Confección de listados semanales con las incorporaciones de antecedentes al sistema informático, altas, agregados, etc.

SECCION SECRETARIA PREVENCIONAL

(Tipo N° 1 a 8)

ACCION

Instruir los sumarios preventivos por delitos aduaneros con intervención del fuero penal económico. Registrar los sumarios preventivos de otras fuerzas preventoras por infracciones aduaneras para la posterior apertura de los sumarios administrativos, observando las pautas de trabajo ordenadas por la Superioridad.

TAREAS

1.- Diligenciar las medidas judiciales (allanamientos, secuestros, interdicción y levantamiento de mercaderías, captura de personas, tramitar oficios y/o exhortos, realizar ambientales, etc.) ordenadas por los magistrados del fuero penal económico.

2.- Notificar al área legal causas penales iniciadas a raíz de la instrucción de sumarios preventivos originados por esta dependencia y radicados en el fuero penal económico con el objeto de su eventual intervención como querellante como así también, en los casos de sumarios preventivos instruidos por otras fuerzas de seguridad de cuya evaluación surja la conveniencia de la notificación al área mencionada precedentemente.

3.- Llevar los registros de los sumarios preventivos aperturados tanto por esta instancia como de los provenientes de otras Fuerzas de Seguridad (conforme Art. N° 1121 inc. b) de la Ley N° 22.415), como así también de las actuaciones administrativas derivadas de éstos.

4.- Dar intervención a la Superioridad cuando correspondiere juzgar la conducta de personal aduanero.

5.- Colaborar con las otras Fuerzas de Seguridad cuando así lo ordenen los magistrados intervinientes.

6.- Participar en los operativos que determine el Departamento, cuando a juicio de esa instancia resulte necesario.

7.- Oficiar de enlace entre los Juzgados Nacionales en lo Penal Económico y la Dirección General de Aduanas y las demás Fuerzas de Seguridad en temas inherentes a la función específica de la instrucción.

SECCION ADMINISTRATIVA

ACCION

Entender en la recepción, registro y despacho de la documentación que ingresa a la Dirección, realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales asignados - que no constituyan equipos especiales -, y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma.

TAREAS

1.-Recepcionar, registrar y despachar toda la documentación que ingresa a la Dirección y efectuar los cargos y descargos respectivos.

2.-Intervenir en el control y dar el correspondiente curso a los asuntos relacionados con el personal de la Dirección.

3.-Intervenir en el control, distribución y mantenimiento de los bienes materiales.

4.-Recepctonar, tramitar y efectuar el control de las respuestas a los oficios judiciales que se recepcionen en el área, en los plazos que se fijen judicialmente.

5.-Mantener actualizado y compilar las disposiciones relativas al funcionamiento de la Dirección de Control Aduanero y aquellas de interés para la misma.

6.-Partlclpar al área pertinente del movimiento de los fondos provenientes de la caja chica.

7.-Intervenir en la preparación del plan anual de necesidades de bienes y servicios.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO FISCALIZACION DOCUMENTAL

ACCION

Efectuar la revisión de las actuaciones y documentos aduaneros una vez concluida su tramitación ante las Aduanas, de conformidad con las disposiciones aplicables, formular rectificaciones y cargos, así como intervenir en las devoluciones que correspondieren.

TAREAS

1.-Efecluar la revisión de las actuaciones documentales aduaneras una vez concluida su tramitación, ejecutando los procedimientos que correspondan en cada caso.

2.-Controlar las solicitudes de devolución de tributos abonados en demasía.

3.-Efectuar la verificación de facturas comerciales en relación a sumarios contenciosos y/o investigaciones en trámites.

DIVISION CONTROL DE IMPORTACION

ACCION

Intervenir en la revisión de los despachos de importación y de toda otra documentación mediante la cual se lleven a cabo importaciones, una vez concluída su tramitación ante las aduanas, de conformidad con las disposiciones aplicables, como así también en las rectificaciones, en la formulación de cargos y en las devoluciones que correspondieren.

TAREAS

1.-Ejecutar el programa de fiscalización ordenado por la superioridad en permisos de embarque documentados en la Dirección Metropolitana y Aduanas del Interior y toda otra documentación de cargo relacionada con embarques efectuados en tales dependencias.

2.-Intervenir en expedientes que procuren la devolución de importes.

3.-Confecciónar planillas de cargos por diferencias de derechos y demás tributos originados por la incorrecta aplicación de la legislación vigente.

4.-Requerir la comparecencia de importadores por razones emergentes de la fiscalización de permisos de embarque.

5.-Confecciónar resúmenes y/o estadísticas referidos a su actividad específica.

SECCION CONTROL IMPORTACION METROPOLITANA

ACCION

Intervenir en la revisión de los despachos de importación y de toda otra documentación mediante la cual se lleven a cabo importaciones, una vez concluida su tramitación ante las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza, de conformidad con las disposiciones aplicables, como así también en las rectificaciones y en la formulación de cargos.

TAREAS

1.-Ejecutar el programa de control anual ordenado por la Superioridad en despachos de importación documentados en las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza, y toda otra documentación de cargo relacionada con operaciones efectuadas por tales dependencias.

2.-Confecciónar planillas de cargos por diferencias de derechos y demás tributos originados por la incorrecta aplicación de la legislación vigente.

3.-Requerir la comparecencia de importadores por razones emergentes del control de despachos de importación.

SECCION CONTROL IMPORTACION INTERIOR

ACCION

Intervenir en la revisión de los despachos de importación y de toda otra documentación mediante la cual se lleven a cabo importaciones, una vez concluida su tramitación ante las Aduanas del interior, de conformidad con las disposiciones aplicables como así también en las rectificaciones y en la formulación de cargos.

TAREAS

1.-Ejecutar el programa de control anual ordenado por la Superioridad en despachos de importación documentados en las Aduanas del interior, y toda otra documentación de cargo relacionada con operaciones efectuadas por tales dependencias.

2.-Confeccionar planillas de cargos por diferencias de derechos y demás tributos originados por la incorrecta aplicación de la legislación vigente.

3.-Requerir la comparecencia de importadores por razones emergentes del control de despachos de importación.

DIVISION CONTROL DE EXPORTACION

ACCION

Intervenir en la revisión de permisos de embarque y de toda otra documentación mediante la cual se lleven a cabo exportaciones, una vez concluida su tramitación ante las aduanas, de conformidad con las disposiciones aplicables como así también en las rectificaciones, en la formulación de cargos y en las devoluciones que correspondieren.

TAREAS

1.-Ejecutar el programa de fiscalización ordenado por la Superioridad en permisos de embarque documentados en la Dirección Metropolitana y Aduanas del interior y toda otra documentación de cargo relacionada con embarques efectuados en tales dependencias.

2.-Intervenir en expedientes que procuren la devolución de importes.

3.-Confecciónar planillas de cargos por diferencias de derechos y demás atributos originados por la incorrecta aplicación de la legislación vigente.

4.-Requerir la comparecencia de exportadores por razones emergentes de la fiscalización de permisos de embarque.

5.-Confecciónar resúmenes y/o estadísticas referidos a su actividad específica.

SECCION CONTROL EXPORTACION METROPOLITANA

ACCION

Intervenir en la revisión de permisos de embarque y de toda otra documentación mediante la cual se lleven a cabo exportaciones, una vez concluída su tramitación ante las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza, de conformidad con las disposiciones aplicables como así también en las rectificaciones, en la formulación de cargos.

TAREAS

1.-Ejecutar el programa de control anual en permisos de embarque y toda otra documentación relacionada con los embarques efectuados.

2.-Intervenir en expedientes que procuren la devolución de importes.

3.-Confeccionar planillas de cargos por diferencias de derechos y demás atributos originados por la incorrecta aplicación de la legislación vigente.

4.-Requerir la comparecencia de exportadores, agentes de transporte, despachantes, emergentes del control de operaciones de exportación.

SECCION CONTROL EXPORTACION INTERIOR

ACCION

Intervenir en la revisión de permisos de embarque y de toda otra documentación mediante la cual se lleven a cabo exportaciones, una vez concluida su tramitación ante las Aduanas del Interior, de conformidad con las disposiciones aplicables como así también en las rectificaciones, en la formulación de cargos.

TAREAS

1.-Ejecutar el programa de control anual en permisos de embarque y toda otra documentación relacionada con los embarques efectuados.

2.-Intervenir en expedientes que procuren la devolución de importes.

3.-Confecciónar planillas de cargos por diferencias de derechos y demás tributos originados por la incorrecta aplicación de la legislación vigente.

4.-Requerir la comparecencia de exportadores, agentes de transporte. despachantes. emergentes del control de operaciones de exportación.

DIVISION CARGOS

ACCION

Efectuar la registración, notificación e intimación de los cargos que se formulan con participación de las otras divisiones del Departamento e intervenir en las suspensiones de las firmas derivadas de incumplimientos vinculados con esos cargos y en la sustanciación de las impugnaciones promovidas frente a los mismos.

TAREAS

1.-Oficializar y registrar los cargos formulados llevando un libro de registro.

2.-Efectuar Intimaciones de pago y confeccionar disposiciones de suspensión y levantamiento a exportadores e importadores.

3.-Efectuar el contralor de las constancias del pago de los cargos.

4.-Intervenir en los dictámenes jurídicos que se emitieren con motivo de la presentación de impugnaciones a los cargos formulados.

5.-Efectuar el resumen mensual y anual del movimiento general de cargos.

SECCION REGISTRO DE CARGOS

ACCION

Intervenir en las tramitaciones tendientes a la percepción de los cargos que se formulan en el ámbito del Departamento.

TAREAS

1.-Oficializar y registrar los cargos formulados en el ámbito del Departamento, llevando un registro habilitado al efecto.

2.-Oficializar las actuaciones originadas con motivo de los cargos registrados.

3.-Efectuar intimaciones de pago a través de los medios previstos en el Art. 1013 del Código Aduanero.

4.-Proyectar disposiciones de suspensión (Art. 1122 Código Aduanero) y levantamiento (Art. 1123 Código Aduanero) en el Registro de Importadores/ Exportadores y efectuar su alta en los sistemas computarizados de la Dirección General de Aduanas.

5.-Efectuar el seguimiento y contralor de los cargos oficializados.

6.- Efectuar el resumen mensual de los cargos oficializados y de los cargos cancelados.

7.-Efectuar el cuadro demostrativo anual de los cargos oficializados en dicho período.

SECCION IMPUGNACION

ACCION

Intervenir en la sustanciación de las impugnaciones promovidas frente a los cargos que se formulan en el ámbito del Departamento.

TAREAS

1.-Entender en el procedimiento de impugnación previsto en el Art. 1053 y siguientes y concordantes del Código Aduanero, respecto de los cargos formulados por el Departamento.

2.-Entender en las excepciones de previo y especial pronunciamiento que se opongan frente a los cargos formulados.

3.-Producir dictamen jurídico previo, conforme el artículo 1040 del Código Aduanero, cuando el funcionario llamado a dictar resolución definitiva en el procedimiento de impugnación sustanciado en el Departamento no fuere abogado.

SUBDIRECCION GENERAL DE CONTRALOR

DIVISION ASUNTOS INTERNOS

ACCION

Controlar la conducta del personal del Organismo en las tareas específicas.

TAREAS

1.-Verificar la gestión y la conducta de los agentes que se desempeñan en el Organismo.

2.-Esclarecer cualquier situación presuntamente anómala que resultare de la actividad del personal.

3.-Proponer medidas correctivas que perfeccionen los métodos empleados.

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

SECCION SEGURIDAD

ACCION

Supervisar el servicio de policía adicional, así como la seguridad en las dependencias que disponga la Superioridad, y atender el funcionamiento del Servicio de Guardia Operacional, en el ámbito de la Dirección Metropolitana.

TAREAS

1.-Supervisar la seguridad en sede central y dependencias aduaneras donde así se dispongan, propendiendo al orden general, solicitando para las situaciones que así lo requieran la intervención de la fuerza de seguridad competente.

2.-Supervisar el cumplimiento de los servicios de policía adicional en las dependencias aduaneras para las cuales se contraten vigiladores. Requerir los servicios de policía adicional y actuar como veedor en los traslados de valores y mercaderías de alto riesgo, conforme fuera solicitado por distintas dependencias aduaneras en orden al cumplimiento de oficios judiciales.

3.-Mantener un servicio de guardia en sede central, en días y horas inhábiles, como consecuencia de la finalización de la jornada de labor vigente, la que estará a cargo de un inspector de turno que actuará en calidad de máxima autoridad presente en la dependencia y responsable durante el transcurso de la misma, a fines de asegurar la continuidad de la prestación de las distintas operaciones aduaneras que en el transcurso de la guardia se produzcan, poniendo en conocimiento y actuando como nexo con las autoridades de las áreas respectivas cuando la situación así lo requiera, a quienes impondrá de la situación según la urgencia e importancia del tema.

e. 5/12 Nº 209.785 v. 5/12/97