MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Disposición Nº 77/97 (D.G.A)

Acta Simplificada de Equipaje en Frontera.

Bs. As., 19/11/97

B.O: 12/12/97

VISTO la necesidad de agilizar los sumarios originados como consecuencia de los procedimientos de equipaje realizados por los Resguardos jurisdiccionales de Frontera, y

CONSIDERANDO:

Que conforme la legislación vigente, Ley Nº 22.415 y Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, los Señores Administradores de las Aduanas de Primera y Segunda pueden delegar funciones jurisdiccionales en otros funcionarios de la Dependencia, quienes los sustituirán en sus funciones (conf. Artículo 10 del Decreto citado).

Que en esta inteligencia corresponde instituir a los señores Administradores de las Aduanas del Interior, a efectos que, en aquellos casos en que el volumen de la operatoria de equipaje en frontera así lo requiera, deleguen en los Jefes Ocasionales del Resguardo Jurisdiccional de Frontera, funciones jurisdiccionales suficientes que permitan la agilización del trámite sumarial, sin perjuicio del resguardo del debido proceso.

Que la delegación que se propicia, debe recaer en funcionarios suficientemente capacitados en la materia, resultando aconsejable que, en los casos que sea menester, se proceda a la previa instrucción de los mismos, con intervención de la Sección Sumarios y/o Asesoría Letrada.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9º. Apartado 2. inciso p), del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997 y la Disposición Nº 274 de fecha 24 de octubre de 1997 (AFIP).

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DISPONE:

ARTICULO 1º-Aprobar los Anexos I a III, que forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º-Autorizar a los Señores Administradores de las Aduanas del Interior incluidas en el ANEXO I para que deleguen, expresamente y mediante el acto administrativo correspondiente, en aquellos funcionarios que cumplan funciones de Jefe Ocasional del Resguardo Jurisdiccional de Frontera, las funciones jurisdiccionales para el conocimiento y decisión de las infracciones previstas en los Artículos 977 y 978 de la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero) cuando el administrado opte por acogerse a los beneficios del régimen establecido en los artículos 930 y 932 del citado texto normativo.

ARTICULO 3º-Dése intervención al Departamento Organización y Métodos a los fines de la impresión que los Formularios Nº 1 a 8 que forman parte del ANEXO II y diseño e impresión del formulario correspondiente para el Pago de Multa, el que se efectuará únicamente en efectivo.

ARTICULO 4º-Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Remítase copia a las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras del Interior. Operaciones Aduaneras Metropolitanas, Legal y Técnica y de Contralor y a las Aduanas mencionadas en el ANEXO I. Cumplido. archívese.-OSMAR LUIS DE VIRGILIO, Director General Dirección General de Aduanas.

ANEXO I

ADUANAS AUTORIZADAS A OPERAR BAJO EL PRESENTE REGIMEN

1.-Bernardo de Irigoyen

2.-Clorinda

3.-Córdoba

4.-Iguazu

5.-La Quiaca

6.-Mendoza

7.-Orán

8.-Paso de los Libres

9.-Pocitos

10.-Posadas

11.-Río Grande

12.-Rosario

13.-Salta

14.-San Javier

15.-Ushuaia

ANEXO II

CONFECCION DE LOS FORMULARIOS QUE ACOMPAÑAN LA PRESENTE

1.-FORMULARIO ACTA DENUNCIA (FORMULARIO 1):

Campo 1: Se consignará el Nº de acta que corresponda, en forma correlativa y por año calendario, asentándose el código correspondiente al Resguardo Jurisdiccional interviniente.

Asimismo se indicará lugar y fecha en que se lleva a cabo el procedimiento queda origen al Acta.

Campo 2: Deberá testarse la figura infraccional que no corresponda.

Campo 3, 4 y 6: Completar los datos allí solicitados.

Campo 5: Idem Campo 4. El agente interviniente puede ser el mismo que el denunciante.

2.-FORMULARIO ACTA DE EQUIPAJE - IMPORTACION (FORMULARIO 2):

Campo l: Se consignará el Nº de acta que corresponda, en forma correlativa y por año calendario.

Campo 2: Marcar con una X la opción que corresponda.

Campo 3: Consignar Aduana jurisdiccional y nombre del Resguardo. Los demás espacios en blanco deberán ser completados según las instrucciones en la Sección "Referencias".

3.-FORMULARIO ACTA DE SECUESTRO DE MERCADERIA (FORMULARIO 3):

Cantidad: Se especificará la cantidad de unidades de la misma especie.

Descripción: Detalle suscinto del tipo y marca de mercadería.

P.A.: Posición Arancelaria que le corresponde según el Nomenclador.

4.-FORMULARIO DE VALORACION Y TRIBUTOS (FORMULARIO 4):

Se completarán los espacios en blanco por Item conforme lo detallado en el Acta de Secuestro, consignándose los datos solicitados, teniendo en cuenta las específica-asentadas en la Sección "Referencias"

5.-FORMULARIO DE AUTO DE APERTURA - CORRIDA DE VISTA Y NOTIFICACION (FORMULARIO 5)

Se completarán los espacios en blanco conforme los datos requeridos, teniendo en cuenta las especificaciones consignadas en la Sector "Referencias".

En caso que el imputado no se acoja al beneficio de los arts. 930/932 se remitirán sin más trámite las actuaciones a la Aduana de jurisdicción y la mercadería al Depósito de Secuestros.

6.-FORMULARIO RESOLUCION FALLO CON ABANDONO DE MERCADERIA (FORMULARIO 6):

Se completarán los espacios en blanco con los datos requeridos, teniendo en cuenta las especificaciones consignadas en la Sección "Referencias"

7.-FORMULARIO RESOLUCION FALLO CON IMPORTACION A CONSUMO (FORMULARIO 7):

Se complementarán los espacios en blanco con los datos requeridos, teniendo en cuenta las especificaciones consignadas en la Sección "Referencias".

8.-FORMULARIO RESOLUCION FALLO CON REEXPORTACION A CONSUMO (FORMULARIO 8):

Se completarán los espacios en blanco con los datos requeridos, teniendo en cuenta las especificaciones consignadas en la Sección "Referencias".

FORMULARIO I
1
ACTA DE DENUNCIA Nº

_________________________

Lugar
CODIGO

_______________________

Fecha
2
RELACION DE/LOS HECHO/S DENUNCIADO/S
INFRACCION AL ART. 977/978 LEY Nº 22.415 (CODIGO ADUANERO)
3
DATOS DEL/LOS DENUNCIADO/S
.
APELLIDOS Y NOMBRE
TIPO Y Nº DOCUMENTO
DOMICILIO
.
.. .
.
.. .
.
.. .
4
DECLARA CONOCER LAS RESPONSABILIDADES QUE ASUME SEGUN LEY Nº 23.993

___________________________________________

FIRMA Y SELLO AGENTE INTERVINIENTE
5
DENUNCIANTE/S
.
APELLIDOS Y NOMBRE
TIPO Y Nº DOCUMENTO
DOMICILIO
.
.. .
.
.. .
.
.. .
6


___________________________________________

FIRMA Y SELLO JEFE RESGUARDO

FORMULARIO 2

(1) ACTA DE EQUIPAJE - IMPORTACION Nº
(2)VIAS DE ARRIBOACUATICA AEREA TERRESTRE

  1. ADUANA DE: RESGUARDO

SE DEJA CONSTANCIA que siendo las .............. horas del día .... de ..... del año......., con motivo de arribo de(l) se presentó ............... Documento (2) .............. expedido por ..................... Domiciliado en (3) y con motivo de los hechos que originan el presente, constituye Domicilio especial en: (4) .............. y se le hace saber que en caso de no hacerlo, en este acto el mismo quedará constituido en la sede de la Oficina Aduanera pertinente, al que se le asigna Categoría ............... Practicado el examen de los efectos conducidos, la diligencia arroja el resultado que informa el detalle en la hoja continuación. Por entenderse existir mercadería en infracción al Régimen de Equipaje se deduce la presente denuncia procediéndose a secuestrar la mercadería objeto de la misma (art.1085 C.A.). con cumplimiento del trámite prescripto por el art. 1094, inc. b). C.A. En este estado el viajero manifiesta:

y acompaña los siguientes documentos / expresa no disponer en este momento documentos que aportar (5).

El viajero procede de:

_______________________

FIRMA DEL VIAJERO

_______________________________________

FIRMA Y SELLO GUARDA ACTUANTE (6)


Referencias:

(1) Buque/Vuelo/Omnibus u otro medio.

(2) Indicar tipo de documento y país de expedición.

(3) Se consignará domicilio denunciando por el viajero o constante en el documento respectivo.

(4) Se le requerirá que constituya domicilio dentro del radio urbano de la respectiva Oficina Aduanera.

(5) Testar lo que no corresponde.

(6) Deberá aclararse carácter que eventualmente reviste (Denunciante y/o aprehensor) y consignarse el Nº de legajo.

FORMULARIO 3

REF.: ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº.........

ACTA DE SECUESTRO DE MERCADERIA Nº..........
ITEM
CANT.
DESCRIPCION
P.A.
1
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2
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3
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4
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5
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6
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7
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8
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9
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10
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.

No siendo para más, se da por concluida la diligencia en el mismo lugar y fecha indicados, firmando el viajero v los funcionarios actuantes en prueba de conformidad Asimismo manifiesta el viajero que desea acojerse al beneficio establecido en los arts. 930/932 del Código Aduanero.

______________

VIAJERO

____________

GUARDA

FORMULARIO 4

REF.: ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº ..............

VALORACION Y TRIBUTOS

Mercadería nueva/usada (9) de origen extranjero acondicionada en: (10).........................

Acto seguido se procede a determinar el valor en Aduana de la mercadería conforme al art.

977/978 (11) de la Ley Nº 22.415, siguiendo para ello la normativa sobre valoración vigente.
ITEM Nº
VALOR D.G.A.

(1)
D.I.

%

MONTO

(2)
ESTDCA 3% (3)
I.V.A. 21%
I.V.A. ADIC
GCIAS
TOTAL TRIBUTOS (*)
1
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2
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3
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4
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5
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6
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7
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8
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9
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10
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TOTAL
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*** Total del Valor D.G.A. son PESOS ..........................

*** Total de Tributos son PESOS ...................

___________________

FIRMA VIAJERO

____________________

FIRMA GUARDA

En el supuesto que luego de concluida la causa contenciosa el administrado solicite la destinación a consumo, para el libramiento de la mercadería, será exigido el pago de los tributos.

(*) NOTA: La base sobre la cual se calculan el I.V.A., I.V.A. ADICIONAL e IMPUESTO A LAS GANANCIAS surge de la suma de las columnas (1), (2) y (3).


Referencias:

(9) Tachar lo que no corresponda.

(10) Consignar cantidad de bultos y tipo de embalaje.

(11) A los fines de determinar la multa mínima a aplicar en el supuesto del art. 978 del C.A., deberá tenerse en cuenta que la misma no podrá ser inferior al importe de los tributos que gravaren la importación para consumo de la mercadería.

FORMULARIO 5

AUTO DE APERTURA - CORRIDA DE VISTA Y NOTIFICACION

REF.: ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº ......................................

(lugar y fecha)

Y VISTO: Con las diligencias hasta aquí cumplidas. APERTURESE SUMARIO por la presunta comisión de la infracción prevista y penada en el art. 977/978 del C.A., en los términos del art.

1090 inc. c) del C.A. conforme a las facultades otorgadas por Resolución Nº ....... y CORRASE VISTA de todo lo actuado a (1) .............. con domicilio constituido en (2) .................. para que dentro de los DIEZ (10) días comparezca a estar a derecho, evacuar defensas y ofrecer pruebas bajo apercibimiento de rebeldía (arte. 1101 al 1105 C.A.).

Hágase saber: (1) Que si ocurriere un tercero en su representación deberá acreditar personería conf. art. 1030 y sig. del C.A.: y en caso de plantear cuestiones jurídicas, hacerlo con patrocinio letrado (art. 1034 C.A.); 2) Que si dentro del plazo conferido para contestar la vista, deposita en autos y en calidad de pago voluntario, el importe equivalente al mínimo de la multa que en su caso podría corresponder cuyo monto asciende a (3) PESOS .......... ($...........), se declarará extinguida la acción penal y no se registrará el antecedente (arte. 930/932 C.A.). NOTIFIQUESE.
_____________________________________________

Jefe de Resguardo Ocasional Resolución Nº................

.................................

(lugar y fecha)

En la fecha me notificó y manifiesto acojerme al beneficio establecido en los arts. 930/932 del C.A. Asimismo solicitó la destinación a consumo de la mercadería respectiva abonando para ello los importes correspondientes a los conceptos de multa y tributos / hago abandono de la mercadería a favor del Estado / Solicitó se autorice la reexportación a consumo de la mercadería (4).

_________________________

FIRMA DEL IMPUTADO


Referencias:

(1) Apellido y nombre del imputado.

(2) Consignar el domicilio constituido en el Acta de Equipaje Importación.

(3) Monto mínimo de la multa es igual al Valor en Aduana de la mercadería en Infracción.

(4) Tachar lo que no corresponda

FORMULARIO 6

RESOLUCION - FALLO

REF.: ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº .........................

(con abandono de la mercadería)

..............................

lugar y fechar

RESOLUCION ....................Nº .............

(Nombre del Resguardo)

AUTOS Y VISTOS: para resolver estas actuaciones originadas con motivo de la denuncia que por infracción al art. 977/978 del C.A. (1) se dedujo contra: (2) ..............y

CONSIDERANDO:

Que habiéndose dispuesto la apertura del sumario y corrido vista al/la imputado/a en los términos del ley, el/la interesado/a comparece a fs ....... de autos adjuntando constancia que acredita el pago efectuado en concepto del mínimo de la multa correspondiente y haciendo abandono de la mercadería a favor del Estado Nacional.

Que atento a que lo expuesto se ajusta en un todo a lo prescripto en los arts. 930 y 932 del C.A. procede en autos declarar extinguida la acción penal sin que se registre el antecedente.

Que haciendo aplicación del Dictamen Nº 2899/97 de la División Régimen Tributario y Asuntos Generales del Departamento Asesoramiento, las presentes actuaciones pueden ser resueltas en forma definitiva con lo hasta aquí actuado.

Que la presente se dicta en uso de las facultades legales conferidas por Resolución Nº .........

Por ello, se resuelve.

ARTICULO 1º- Declarar extinguida la acción penal aduanera de acuerdo a lo prescripto por los arts. 930 y 932 del C.A.

ARTICULO 2º- Formular cargo por la multa impuesta PESOS ............. ($.........) que se tiene por cancelado con el pago cuya constancia obra a fs. y tiénese por abandonada a favor del Fisco la mercadería descripta en el ACTA EQUIPAJE IMPORTACION Nº

ARTICULO 3°- A los fines de lo dispuesto en los arts. 15, 15 bis y 15 ter. de la Ley Nº 22.091 según Ley N° 23.993: a) Adjudicar el producido de la multa impuesta en la proporción de ley a los agentes firmantes del ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº ........ , art. 15 inc. c) y 15 ter. b)

Declarar que ha intervenido en el procedimiento de autos con el alcance establecido en el art. 15 inc. b-2, la Dirección General de Aduanas.

ARTICULO 4º- Regístrese, Notifíquese. Tomen conocimiento de la presente los agentes intervinientes en el procedimiento, hecho remítanse las actuaciones y la mercadería correspondiente, a la Aduana de ............... a los fines que tome la intervención que le compete. Cumplido, archívese.

........................................................................................

Jefe de Resguardo Ocasional Resolución Nº....................

ME NOTIFICO

.........................

Firma imputado

.......................

Lugar y Fecha

Referencias:

(1) Tachar lo que no corresponda.

(2) Apellido y Nombre del Imputado.

FORMULARIO 7

RESOLUCION - FALLO

REF.: ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº .....................

(con importación a consumo)

.............................................

(lugar y fecha)

RESOLUCION ................... N° ......................

(Nombre del Resguardo)

AUTOS Y VISTOS: para resolver estas actuaciones originadas con motivo de la denuncia que por infracción al art. 977/978 del C.A. (1) se dedujo contra: (2) ........................ y

CONSIDERANDO:

Que habiéndose dispuesto la apertura del sumario y corrido vista al/la imputado/a en los términos de ley, el/la interesado/a comparece a fs. ...... de autos adjuntando constancia que acredita el pago efectuado en concepto del mínimo de la multa correspondiente.

Que atento a que lo expuesto se ajusta en un todo a lo prescripto en los arts. 930 y 932 del C.A., procede en autos declarar extinguida la acción penal sin que se registre el antecedente.

Que habiéndose abonado la suma en concepto de tributos que corresponde para la importación a consumo de la mercadería, conforme constancia de fs. ....... procede la liberación de la misma.

Que haciendo aplicación del Dictamen Nº 2899/97 del Departamento Asesoramiento, las presentes actuaciones pueden ser resueltas en forma definitiva con lo hasta aquí actuado.

Que la presente se dicta en uso de las facultades legales conferidas por Resolución Nº...........

Por ello, se resuelve.

ARTICULO 1º- Declarar extinguida la acción penal aduanera de acuerdo a lo prescripto por los arts. 930 y 932 del C.A.

ARTICULO 2º- Formular cargo por la multa impuesta PESOS .............. ($.....) que se tiene por cancelado con el pago cuya constancia obra a fs. ..... y por los tributos correspondientes PESOS .................. ($...............), que se tienen por cancelados conforme fs. ......

ARTICULO 3°- A los fines de lo dispuesto en los arts. 15, 15 bis y 15 ter. de la Ley Nº 22.091 según Ley Nº 23.993: a) Adjudicar el producido de la multa impuesta en la proporción de ley a los agentes firmantes del ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº.............., art. 15 inc. c) y 15 ter. b)

Declarar que ha intervenido en el procedimiento de autos con el alcance establecido en el art. 15 inc. b-2, la Dirección General de Aduanas.

ARTICULO 4º- Hacer entrega de la mercadería detallada en el ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº ............ a su titular.

ARTICULO 5º- Regístrese. Notifíquese. Tomen conocimiento de la presente los agentes intervinientes en el procedimiento. Hecho remítanse las actuaciones a la Aduana de ....................... a los fines que tome la intervención que le compete. Cumplido, archívese.

.....................................................................................

Jefe de Resguardo Ocasional Resolución Nº ................

ME NOTIFICO Y RETIRO LA MERCADERIA EN CONFORMIDAD.

.........................

Firma imputado

.....................

Lugar y fecha

Referencias:

(1) Tachar lo que no corresponda.

(2) Apellido y Nombre del Imputado.

FORMULARIO 8

RESOLUCION - FALLO

REF.: ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº ...................

(con reexportación a consumo)

.........................

(lugar y fecha)

RESOLUCION ....................... N° .......................

(Nombre del Resguardo)

AUTOS Y VISTOS: para resolver estas actuaciones originadas con motivo de la denuncia que por infracción al art. 977/978 del C.A. (1) se dedujo contra: (2) ...................................... y

CONSIDERANDO:

Que habiéndose dispuesto la apertura del sumario y corrido vista al/la imputado/a en los términos de ley, el/la interesado/a comparece a fs. ........... de autos adjuntando constancia que acredita el pago efectuado en concepto del mínimo de la multa correspondiente.

Que atento a que lo expuesto se ajusta en un todo a lo prescripto en los arts. 930 y 932 del C.A., procede en autos declarar extinguida la acción penal sin que se registre el antecedente.

Que por lo demás, y conforme lo solicitado por el/la interesado/a a fs. ................... corresponde autorizar la reexportación a consumo de la mercadería detallada en el Acta de Equipaje Importación Nº..................

Que haciendo aplicación del Dictamen Nº 2899/97 del Departamento Asesoramiento, las presentes actuaciones pueden ser resueltas en forma definitiva con lo hasta aquí actuado.

Que la presente se dicta en uso de las facultades legales conferidas por Resolución Nº ...............

Por ello, resuelve.

ARTICULO 1º- Declarar extinguida la acción penal aduanera de acuerdo a lo prescripto por los arts. 930 y 932 del C.A.

ARTICULO 2º- Formular cargo por la multa impuesta PESOS ............ ($ .........) que se tienen por cancelado con el pago cuya constancia obra a fs. ........ y por los tributos correspondientes PESOS .................... ( $ ............), que se tienen por cancelados conforme fs. ................

ARTICULO 3º- A los fines de lo dispuesto en los arts. 15, 15 bis y 15 ter. de la Ley Nº 22.091 según Ley Nº 23.993: a) Adjudicar el producido de la multa impuesta en la proporción de ley a los agentes firmantes del ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº .................. , art. 15 inc. c) y 15 ter. b)

Declarar que ha intervenido en el procedimiento de autos con el alcance establecido en el art. 15 inc. b-2, la Dirección General de Aduanas.

ARTICULO 4º- Autorizar la reexportación a consumo de la mercadería detallada en el ACTA DE EQUIPAJE IMPORTACION Nº .................... con intervención de este Resguardo.

ARTICULO 5º- Regístrese. Notifíquese. Tomen conocimiento de la presente los agentes intervinientes en el procedimiento. Hecho remítanse las actuaciones a la Aduana de ......................... a los fines que tome la intervención que le compete. Cumplido, archívese.

..................................................................................................

Jefe de Resguardo Ocasional Resolución N° .............................

ME NOTIFICO Y RECIBO LA MERCADERIA EN CONFORMIDAD.

.........................

Firma Imputado

........................

Lugar y fecha

...........................................................

Firma guarda interv. en reexportación

Referencias:

(1) Tachar lo que no corresponda.

(2) Apellido y Nombre del Imputado.

INSTRUCCIONES PARA LA SUSTANCIACION DE LAS ACTUACIONES

1.- Se completarán todos los Formularios Indicados en el ANEXO II puntos 1 a 8.

ANEXO III

2.- De acuerdo a la destinación que el particular le vaya a conferir a la mercadería y siempre que esta no sea de importación prohibida, se utilizará el Formulario de Resolución Fallo que corresponda, debiendo tenerse en cuenta que para el supuesto que el bien objeto de infracción se encuentre sujeto a prohibición, habrá de utilizarse el Formulario 6.

3.- Para la percepción de la multa y hasta tanto no se implemente el formulario específico, se utilizará el OM Nº 2087 D debiendo aclararse al pie del mismo que el importe ingresa en concepto de multa.

Se aceptará únicamente el pago en efectivo.

Se deja constancia que deberá utilizarse un talonario exclusivamente para los pagos en concepto de multa y otro exclusivamente para el pago de derechos.

4.- A la finalización de cada Comisión el Jefe de Resguardo Ocasional deberá rendir ante la Sección Contabilidad, con los comprobantes respectivos (OM Nº 2087 D), los importes recaudados en concepto de multas y pago de derechos que se hubiesen percibido por la implementación del presente régimen.

5.- La Sección Contabilidad imputará dichos importes en las cuentas correspondientes y efectuará los depósitos bancarios pertinentes.

6.- Finalizado todo lo dispuesto en los puntos precedentes, las actuaciones se darán al archivo.

e. 12/12 Nº 210.299 v. 12/12/97.