BENEFICIOS PROMOCIONALES

Decreto 1345/97

Ratifícase el Decreto Nº 2596/96 del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, por el que se autoriza la sustitución temporal de los beneficios promocionales otorgados a la firma Electrodomésticos Aurora S.R.L en el marco de la Ley Nº 19.640, a favor de la empresa Metalúrgica Renacer S.A.

Bs. As., 10/12/97

VISTO el Expediente Nº 48.547/96 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 19.640 y sus normas reglamentarias y complementarias, el Decreto Nº 2596 del 26 de noviembre de 1996 dictado por el Gobierno de la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR y el Acta Compromiso de fecha 31 de octubre de 1996 celebrada entre la empresa ELECTRODOMESTICOS AURORA S.A. y METALURGICA RENACER S.A., y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 31 de octubre de 1996, se celebro un Acta Compromiso entre ELECTRODOMESTICOS AURORA S.A. y los trabajadores de las plantas fabriles de la ciudad de USHUAIA, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATIANTICO SUR, pertenecientes a la misma, con el objeto de mantener las fuentes de trabajo y permitir la continuidad de la Empresa.

Que en virtud del Acta Compromiso referida, ELECTRODOMESTICOS AURORA S.A. cedro en favor de los trabajadores los derechos que tiene contra el Estado Nacional en concepto de reintegros, conforme lo dispuesto en la Resolución General Nº 3838 del 28 de junio de 1994, de la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA, entonces dependientes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que ELECTRODOMESTICOS AURORA S.A. se ha presentado en concurso preventivo, por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 20, Secretaría 40, declarándose su apertura con fecha 25 de noviembre de 1996, formando parte de la prueba documental de autos el Acta Compromiso referida.

Que con fecha 28 de noviembre de 1996, de acuerdo a lo establecido en el Acta Compromiso referida, fue constituida por los ex-trabajadores de ELECTRODOMESTICOS AURORA S.A. la empresa METALURGICA RENACER S.A. con el fin de mantener la explotación de las unidades productivas radicadas en la ciudad de USUHAIA, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEI ATLANTICO SUR.

Que a efectos de viabilizar la operatoria, el Gobierno de la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, dicto el Decreto Nº 2596/96 por el que se autoriza la sustitución temporal de los beneficios promocionales otorgados a la firma ELECTRODOMESTICOS AURORA S.A. en el marco de la ley Nº 19.640 a favor de la empresa METALURGICA RENACER S.A. "ad-referendum" de la Autoridad Nacional.

Que la presente medida no implica la generación de un nuevo proyecto de radicación sino la sustitución temporal del sujeto beneficiario de la Ley Nº 19.640 con el único objeto de sostener la fuente de trabajo.

Que la gravedad de la situación social y económica que afecta a la Provincia a través de la paralización de las unidades productivas, hace necesario, ratificando la norma provincial, dictar una medida de carácter excepcional para atender dicha circunstancia, en procura de superar el grave perjuicio que sufren los trabajadores.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso I de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGEINTINA

DECRETA:

Artículo 1º- Autorízase a METALURGICA RENACER S.A. al uso de los beneficios otorgados a la empresa ELECTRODOMESTICOS AURORA S.A. al amparo de la Ley Nº 19.640 y sus normas complementarias y reglamentarias.

(Artículo sustituido por art. 1° del Decreto N° 1049/1999 B.O. 29/9/1999).

Art.2º- La ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, adoptará los recaudos necesarios para que, en forma inmediata se reconozca y ponga a disposición de METALURGICA RENACER S.A. la suma originalmente prevista para capitalizarla, que corresponda a ELECTRODOMESTICOS AURORA S.A. en concepto de reintegros conforme lo dispuesto en la Resolución General Nº 3838 de fecha 28 de junio de 1994 de la ex -DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA, entonces dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y en la Resolución Nº 143 de fecha 18 de diciembre de 1997 del DEPARTAMENTO DEVOLUCIONES Y OTROS TRAMITES de la DIRECCION DE GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES de la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

(Artículo sustituido por art. 2° del Decreto N° 1049/1999 B.O. 29/9/1999).

Art. 3º- (Artículo derogado por art. 3° del Decreto N° 1049/1999 B.O. 29/9/1999).

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.