Administraci6n Federal de Ingresos Públicos

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES

Resolución General 60/97

Procedimiento. Régimen especial de facilidades de pago. Resoluciones Generales Nros. 27 y 51. Procedimiento de adhesión transitorio. Presentación del disquete. Plazo especial.

Bs. As., 16/12/97.

B. O.: 19/12/97.

VISTO las Resoluciones Generales Nros.27 y 51, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución general mencionada en segundo término se estableció el plazo para la presentación del disquete, conteniendo el detalle del concepto y monto de cada una de las obligaciones adeudadas, así como el plan propuesto, respecto de quienes hubieran adherido transitoriamente al régimen de facilidades de pago.

Que con la finalidad de facilitar la observancia de las obligaciones derivadas del citado régimen, se estima razonable considerar cumplida en término la presentación del disquete que se efectúe hasta el día 2 de enero de 1.998, inclusive.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 39 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1.978 y sus modificaciones y el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1.997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°- A los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 5° de la Resolución General N° 51, la presentación del disquete -por los responsables que hubieran adherido transitoriamente al régimen de facilidades de pago- se considerará efectuada en término siempre que dicha obligación se cumpla hasta el día 2 de enero de 1.998, inclusive.

Art. 2°- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Carlos A. Silvani.