COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Resolución N° 960/97

Bs. As., 15/12/97.

B. O.: 22/12/97.

VISTO el expediente N° 29.754 del registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE del año 1.997, y

CONSIDERANDO:

Que de la Ley N° 21.844, dictada en fecha 3 de agosto de 1.978, relativa a las transgresiones o infracciones a las disposiciones legales y reglamentarias que incurran los prestatarios de servicios públicos de autotransporte sometidos al contralor y fiscalización de la autoridad competente, se infieren los requisitos formales que deben contener las actas labradas con motivo de verificarse tales extremos.

Que en el artículo 6° de la norma citada en el considerando que antecede dispone que el agente que compruebe una infracción deberá labrar de inmediato un acta que contendrá especificados el lugar, la fecha y la hora de comisión del hecho punible, la naturaleza y circunstancias del mismo, el nombre y domicilio del imputado, si fuere conocido o en su caso la identificación del vehículo infractor, la norma presumiblemente infringida y el nombre y cargo del agente interviniente.

Que el artículo 7° de la ley ya referida fija otro requisito para las actas de marres, consistente en que las mismas deben ser labradas por agentes competentes.

Que en el artículo 27 del Decreto N° 253, de fecha 3 de agosto de 1.995, se reiteran los requisitos formales que deben cumplirse en las boletas de infracción que labrará la autoridad competente.

Que el Decreto N° 1388, de fecha 29 de noviembre de 1.996, establece que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE es la autoridad competente en lo relativo a la fiscalización y el control del transporte automotor y ferroviario, de pasajeros y de carga, sujetos a jurisdicción nacional.

Que dadas las funciones encomendadas a esta COMISION, es que la misma debe ser la encargada de diagramar las actas que sean labradas en razón a las infracciones a la normativa vigente.

Que es menester unificar el modelo de actas que sean labradas por personal de este Ente Regulador o dependiente de otras autoridades competentes, en relación al transporte automotor que infrinja la normativa vigente, debiéndose excluir el transporte ferroviario, toda vez que este posee características absolutamente distintas, lo que hace que deba recibir un tratamiento especial.

Que respecto de todo el transporte automotor, sobre el que ejerce sus competencias esta COMISION, deben cumplimentarse los requisitos citados en la ley ya mentada, toda vez que los mismos hacen a la validez de las actas, dado su carácter esencial.

Que debe, en consecuencia, aprobarse los modelos de actas que harán plena prueba respecto de las infracciones consignadas en las mismas.

Que el cuerpo de asesoramiento jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente es dictada en virtud a las atribuciones previstas en el Decreto N° 1388/96.

Por ello;

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE RECULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Apruébanse los formularios de "Acta de Comprobación" especificados como ANEXOS I y II de la presente resolución.

ARTICULO 2°- Establécese que, a partir del día 1° de enero de 1.998, sólo tendrán validez las actas labradas conforme los formularios que se aprueban por la presente.

ARTICULO 3°- Déjase sin efecto toda otra disposición que se oponga a la presente.

ARTICULO 4°- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Lic. HUGO O. RAMOS - Vicepresidente. - ROBERTO A. CIAPPA - Presidente. - Dr. JOSE C. CAPDEVILA - Director. - Ing. RODOLFO MARTINEZ DE VEDIA - Director. - Ing. JORGE ANDRES ANDRADE - Director.

ANEXO I
CNRT
ACTA DE COMPROBACION
A
N° 00285987
CARGAS
PASAJEROS
EMPRESA PRESTARIA DEL SERVICIO

.................................. de ..................................

Cód. Empresa
Tipo y N° Permiso
Línea (s)
Domicilio
Localidad
Vehículo 1 - Interno .....
Vehículo 2
Vehículo 3
Tipo
Dominio
C.R.T.
Seguro
Tipo
Dominio
C.R.T.
Seguro
Tipo
Dominio
C.R.T.
Seguro
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
Perteneciente según Cédula Verde a: Perteneciente según Cédula Verde a: Perteneciente según Cédula Verde a:
DomicilioDomicilio Domicilio
.. .
LocalidadLocalidad Localidad
.. .
CONDUCTOR 1
CONDUCTOR 2
APELLIDO Y NOMBRE
DNI / CI / LE
APELLIDO Y NOMBRE
DNI / CI / LE
.
.
.
.
.
LNH
.
LNH
.
.
.
.

Detalle de la(s) infracción(es) ........................................................................................................................

........................................................................................................................

........................................................................................................................

........................................................................................................................

........................................................................................................................

........................................................................................................................

.........................................................................................................................

.........................................................................................................................

.........................................................................................................................

.........................................................................................................................

.........................................................................................................................

En virtud de la(s) infracciones(s) constatada(s) corresponde proceder a la paralización del servicio, disponiéndose del vehículo indicado, dejándose constancia que el mismo quedará demorado en ..........................., medida que mantendrá hasta que se subsanen los impedimentos constatados, oportunidad en la que se procederá a la restitución del mismo a quien acredite su titularidad dominial o tenencia legítima.

Para constancia, previa íntegra lectura ................. firma .................. por ante el/los actuante(s) que certifican emitiéndose 1 (uno) original y 3 (tres) copias de un mismo tenor y a un solo efecto.

Lugar: ........................... Fecha: ... / ... / ... Hora: ...........

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Firma y aclaración Conductor

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Firma y aclaración Inspector

ANEXO II
CNRT
ACTA DE COMPROBACION
B
N° 00285987

El/los abajo firmante(s), Agente/s de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DE TRANSPORTE procede(n) a realizar inspección a:

EMPRESA PRESTATARIA DEL SERVICIO .................................................

................................. de .............................. Domicilio: ..................................

........................................................... Localidad: ............................................
Código Empresa
Línea(s)
Tasa de Fiscalización
Cobertura de Seguros
.. Exhibe comprobante

Adeuda... de cuota paga N°.. Fecha ../../..

Carecen: .... internos.

Vencida: .... internos.

VERIFICACIONN° DE INTERNOS O DOMINIOS EN INFRACCION
Certificados Inspección Técnica - Carecen .
Certificados Inspección Técnica - Vencidos .
Emisiones Contaminantes .
Limitador Velocidad y Abrepuertas .
Carrocería exterior .
Gomas Lisas y/o Recapadas .
Luces Exteriores.
Leyendas Exteriores Reglamentarias .
Limpia Parabrisas.
Freno de Mano.
Radio y Antena.
Luces Interiores.
Máquina Validadora .
Pisos.
Ventanillas.
Tapizados Asientos .
Leyendas Interiores Reglamentarias .
Cuadro Tarifario.
Cartel Centro de Informes y Reclamos .
Matafuegos.
Salida de Emergencia .
Martillo Rompecristales .
Descompresor Salida de Emergencia .
Luneta Trasera.
PARQUE MOVIL
Interno
Domi-nio
Interno
Domi-nio
Interno
Domi-nio
Interno
Domi-nio
Interno
Domi-nio
Altas No
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
Declaradas
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
LICENCIA NACIONAL HABILITANTE
DNI/CI/LE
APELLIDO Y NOMBRE
DNI/CI/LE
APELLIDO Y NOMBRE
DNI/CI/LE
APELLIDO Y NOMBRE
Conductores. .. .. .
en Infracción .. .. ..

Otros (detallar) ..............................................................................................

.......................................................................................................................

.......................................................................................................................

.......................................................................................................................

.......................................................................................................................

.......................................................................................................................

Ley 24.449, Dto. 779/95, Dto. 656/94, Res. ST 506/93, Res. STyOP 395/89, Res. ST 417/92. Res ST 85/96, Res. CNRT 368/97, Res. CNRT 295/97, Res. SST 1/93, Res. ST 583/93, Res. ST 24/95, Res. CONTA 339/95, Res. ST 25/95, Res. CONTA 340/95, Res. SSTMyLD 37/96, Res. ST 71/,93, Res. SOPyT 186/97, Res. SOPyT 122/97.

En virtud de las infracciones constatadas se procede a la desafectación de servicio del/de los interno(s) N° ...................................................................................... ...........................................................................................................................

La medida se hará efectiva hasta que se subsanen los impedimentos apuntados, oportunidad en la que se procederá al restablecimiento del servicio; subsidiariamente y para el supuesto de no hacer efectiva la paralización por subsanarse los defectos constatados, se lo hace pasible de las sanciones que para cada uno de ellos se establece, todo ello en virtud de las facultades conferidas ... ................... Sin perjuicio de lo expuesto se intima a la Empresa a regularizar a la brevedad las anormalidades detectadas bajo apercibimiento de hacerse pasible a la

aplicación de las más severas sanciones previstas en el Reglamento de penalidades, sin perjuicio de las que le correspondieren por lo comprobado en este acto.

Para constancia, previa íntegra lectura ................ firma ................. por ante el/los actuante(s) que certifican emitiéndose 1 (uno) original y 3 (tres) copias de un mismo tenor y a un solo efecto .................................

Lugar: ................. Fecha: ... / ... / ... Hora: ...........................

...................................................................................................

Firma y aclaración del Representante o Directivo de la Empresa

......................................................

Firma y aclaración Inspector CNRT

e. 22/12 N° 211.469 v. 22/12/97.