Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 3732/97

Aclárase que las licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones en régimen de competencia oportunamente otorgadas a través de la Resolución Nº 25.840/96, deben entenderse concedidas a AT&T Argentina S.A.

Bs. As., 17/12/97

B.O: 23/12/97

VISTO el Expediente Nº 36.694/96, del registro de la ex-COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, en el cual AT&T SERVICIOS DE COMUNICACIONES ARGENTINA S.A., solicita el cambio de denominación de la razón social a AT&T ARGENTINA S.A., y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a la documentación allegada en autos, surge que se ha producido el cambio de denominación de la solicitud de AT&T SERVICIOS DE COMUNICACIONES ARGENTINA S.A., a AT&T ARGENTINA S.A..

Que en consecuencia resulta procedente dejar establecido que las licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones en Régimen de competencia oportunamente otorgadas a la empresa citada en primer termino, a través de la Resolución Nº 25.840, dictada el 9 de setiembre de 1996 por esta Secretaría de Comunicaciones, para la prestación de los Servicios de Transmisión de Datos, en el ámbito Nacional, Valor Agregado, Videoconferencia y Transporte de Señales de Radiodifusión deben entenderse concedidas a AT&T ARGENTINA S.A..

Que a efectos de garantizar el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el punto 9.2 del Pliego aprobado por Decreto Nº 62 del 5 de enero de 1990 y sus modificatorios, es necesario aclarar que, los Servicios de Valor Agregado y Videoconferencia, para el segmento internacional deberán hacer uso de los enlaces que provea TELINTAR S.A.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Anexo II del Decreto Nº 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE

Artículo 1º-Aclárase que las licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones en régimen de competencia oportunamente otorgadas a AT&T SERVICIOS DE COMUNICACIONES ARGENTINA S.A., a través de la Resolución Nº 25.840 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES con fecha 9 de diciembre de 1996, deben entenderse concedidas a AT&T ARGENTINA S A.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Germán Kammerath.