Administración Federal de Ingresos Públicos

COMERCIO EXTERIOR

Resolución General 33/97

Adécuase el Arancel Integrado Aduanero. Derógase la Resolución Nº 308/97 (ANA).

Bs. As., 13/10/97

B.O: 29/12/97

VISTO la Resolución Nº 308/97 (ANA), relativa al ARANCEL INTEGRADO ADUANERO basado en la Nomenclatura Común del MERCOSUR, y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario efectuar determinados ajustes al Arancel Integrado Aduanero, de manera tal de proceder a su formal actualización respecto de la carga informática operada en el Sistema Informático María, conforme la vigencia de diversas normas que incorporaron modificaciones, sea en materia de percepción de tributos, liquidación de beneficios a la exportación, como así también de intervenciones o autorizaciones a cargo de reparticiones extra aduaneras y de control de prohibiciones.

Que han tomado la intervención que les compete la División Arancel Informático, el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria y la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7 del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º-Adécuase el ARANCEL INTEGRADO ADUANERO basado en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). que obra como anexo de la presente.

Art. 2º-El instrumento aprobado por el artículo 1º será mantenido permanentemente actualizado atendiendo a las modificaciones que se produzcan en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), así como a las que afecten a los regímenes de importación y exportación cuyo control sea encomendado al servicio aduanero.

Art. 3º-La presente Resolución convalida la carga informática del desarrollo operativo producido en el Sistema Informático María conforme la vigencia de la normativa que le dio origen.

Art. 4º-Derógase la Resolución Nº 308/97 (ANA).

Art. 5º-Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia a la Secretaría de Hacienda y archívese.-Carlos A. Silvani.

NOTA: Los ANEXOS correspondientes a la Resolución 33/97 podrán ser consultados en el Suplemento del Boletín Oficial del 29/12/97.