Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 613/97

Asígnanse recursos a proyectos del Programa Trabajar II aprobados por las URAT de las regiones Litoral, Noroeste, Cuyo, Centro, Sur y Buenos Aires en el mes de noviembre.

Bs. As., 1/12/97

B.O: 30/12/97

VISTO la Ley Nº 24.013: las Resoluciones M.T. y S.S. Nros. 240 de fecha 16 de abril de 1997, 460 de fecha 23 de julio de 1997, 690 de fecha 15 de octubre de 1997 y 826 de fecha 27 de noviembre de 1997; la Resolución S.E. y C.L. Nº 202 de fecha 8 de mayo de 1997; las Actas emitidas por las Unidades Regionales de Aprobación del Programa TRABAJAR II de las regiones Litoral, Noroeste, Cuyo, Centro, Sur y Buenos Aires en el mes de noviembre; el memorando emitido por la Unidad de Evaluación dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION, de fecha 29 de noviembre de 1997; y

CONSIDERANDO:

Que durante los días 19 al 22 de noviembre del corriente año se constituyeron las Unidades Regionales de Aprobación del Programa TRABAJAR II (URAT) las regiones Litoral, Noroeste, Cuyo, Centro, Sur y Buenos Aires a efectos de evaluar y aprobar los proyectos presentados durante el mes de noviembre.

Que en dichas URAT han participado, en carácter de observadores, Representantes del Sector Empresario, de la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO (CGT) y de los Gobiernos Provinciales.

Que es necesario elevar mensualmente a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.Se.S) la nómina de los proyectos aprobados por las URAT, a fin de que la misma comprometa el monto correspondiente a cada proyecto.

Que las actividades propuestas en los proyectos aprobados por la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL deberán ejecutarse en su totalidad respetando los beneficiarios y recursos asignados.

Que considerando que existen proyectos que finalizarán sus actividades con posterioridad al 31 de diciembre de 1997, los pagos correspondientes al año 1998 de dichos proyectos, deberán ser deducidos de los fondos a asignarse para ese año.

Que la presente encuadra en los artículos 143 y 150 de la Ley Nº 24.013, y en el artículo 9º de la Resolución M.T. y S.S. Nº 240/97, y se dicta en ejercicio de las facultades establecidas por la Resolución S.E. y C.L. Nº 202/97.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Asignar a los proyectos del Programa TRABAJAR II aprobados por la URAT de las regiones del Litoral, Noroeste, Cuyo, Centro, Sur y Buenos Aires en el mes de noviembre, los recursos que se indican en las planillas que integran el ANEXO I de la presente Resolución. Dichos recursos serán deducidos de los fondos asignados, conforme lo indican las Resoluciones M.T. y S.S. Nros. 690/97, 826/97 y fondos a asignar para el año 1998 según se indica en el ANEXO I.

Art. 2º-Los proyectos aprobados en la presente Resolución deberán dar prioridad a la incorporación de beneficiarios que hayan participado en proyectos ya finalizados del Programa TRABAJAR II.

Art. 3º-Los proyectos indicados en el ANEXO comienzan con la ejecución de las actividades propuestas a partir del 1 º de diciembre de 1997.

Art. 4º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese.-Hernán H. Cornejo.

NOTA: Los ANEXOS correspondientes a la Resolución 613/97 podrán ser consultados en el Boletín Oficial del día 30/12/97.