SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA

Ley 24.934

Prorróganse las disposiciones del artículo 5º de la Ley Nº 24.464.

Sancionada: Diciembre 9 de 1997.

Promulgada: Enero 8 de 1998.

B.O: 13/01/98

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º-Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1998 las disposiciones del artículo 5º de la Ley 24.464.

ARTICULO 2º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.934-

ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Eduardo Piuzzi.

Decreto 22/98

Bs. As., 8/1/98

POR TANTO

Téngase por ley de la Nación Nº 24.934, cúmplase, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Jorge Domínguez.