BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "B" 6262 - 19/12/97- Base de datos de cheques rechazados. Automatización de bajas de cheques y vinculación/desvinculación de personas a cheques.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. con el objeto de informarles la puesta en marcha, a partir del día hábil siguiente al de emisión de la presente, de las facilidades indicadas en la referencia, así como las instrucciones operativas que permitirán su utilización, las que se consignan en anexo.

Los registros de movimientos correspondientes a las funciones que se implementan, deberán incorporarse, sin solución de continuidad y sin necesidad de respetar un orden preestablecido, al mismo soporte y en el mismo archivo que actualmente se utiliza para informar a este BCRA los rechazos de cheques (altas) y las fechas de pago del cheque, pago de la multa modificación y cierre de la cuenta (modificaciones). Tanto el procedimiento de recepción de los soportes magnéticos como su cronograma de entrega. permanecen sin modificaciones.

Es de hacer notar que los soportes que incluyan uno o más registros con alguno de los códigos de movimientos implementados en esta oportunidad deberán cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo 3°, punto 1.4.5. del Anexo a la Comunicación - "A" 2514 que establece: "Las comunicaciones deberán ser suscriptas por personal de nivel no inferior a Subgerente General o, de no existir dicha Jerarquía, por el funcionario de mayor categoría".

Por tal motivo, el certificado emitido por el Sistema CHR deberá ser suscrito en estos casos conforme a la citada norma, debiendo certificarse la firma del funcionario antes de presentar el disquete en el sector de Mesa de Entradas, en la Gerencia de Cuentas Corrientes y Compensación de Valores de este Banco. Los funcionarios cuya firma no se encuentra registrada, deberán efectuar dicho tramite previamente ante la gerencia mencionada.

Los movimientos recibidos se procesaran diariamente, en el orden y con los efectos que se indican a continuación.

1) Bajas de cheques: permite eliminar un cheque de la base.

2) Vinculación de personas o cheques: permite agregar personas físicas o jurídicas, identificadas por su CUIT, CUIL o CDI, a la lista de responsables asociados a un determinado cheque.

3) Desvinculación de personas a cheques: inversamente a la función anterior, permite quitar personas físicas o jurídicas de la lista de responsables asociados a un determinado cheque. con la restricción de que debe quedar al menos una persona física relacionada con cada cheque.

4) Los movimientos existentes a la fecha, es decir, Altas y Modificaciones.

Oportunamente, con la mayor frecuencia que sus condiciones operativas lo permitan, este Banco procederá a efectuar los ceses de inhabilitación o rehabilitaciones que correspondan, de acuerdo con la situación remanente de cada persona física o jurídicas afectada, dentro de los treinta días de configurada la situación que de lugar a dichas medidas.

ANEXO

GUIA OPERATIVA

Nombre del archivo: -CHR. TXI

Esquema del registro de datos para los nuevos tipos de movimientos:

N° CAMPO
Descripción
Posición

Des
Posición

Has
Long
Tipo
Observaciones
1
Código de identidad
1
5
5
N
2
N° de Sucursal
6
8
6
N
3
N° de cta. cte.
9
19
11
N
4
N° de cheque
20
27
8
N
5
Aviso
5.1.
Año
28
29
2
N
Ceros
5.2.
Número
30
35
6
N
Ceros
6
Cod. de movimiento
36
36
1
A
7
Sin Uso
37
37
1
A/N
Ceros o blancos
8
Legajo
8.1.
Número
38
41
4
N
8.2.
Año
42
45
4
N
9
Sin uso
46
46
1
A/N
Ceros o Blancos
10
Cod. de motivo
47
48
2
N
11/18
Sin Uso
49
114
66
A/N
Ceros o Blancos
19
CUIT, CUIL o CDI
115
125
11
N
20
126
136
11
N
21
137
147
11
N
22
148
158
11
N
23
159
169
11
N
24
170
180
11
N
25
181
191
11
N
26
192
202
11
N
27
203
213
11
N
28
214
224
11
N

Este esquema de registro se ha mantenido deliberadamente similar al utilizado hasta la fecha para altas y modificaciones, con las variaciones necesarias para dar curso a las nuevas operatorias, conforme se consigna en el siguiente detalle:

Campos 1 a 4; Son obligatorios y constituyen la clave mediante la cual será localizado el cheque sobre el cual se aplicará el movimiento indicado, siendo un requisito obvio que el mismo exista en la base de datos de cheques rechazados.

Campo 6, Cód. de movimiento: Obligatorio, según el siguiente detalle:
B
Baja del cheque
V
Vinculación de personas al cheque
D
Desvinculación de personas del cheque

Campo 8, Legajo: Conforme a las exigencias de la Com. "A" 2473, las entidades financieras deben confeccionar un legajo por cada solicitud que realicen, conteniendo los elementos que avalen el pedido de rectificación.

Este campo es de integración obligatoria y de una longitud total de 8 dígitos, conforme al detalle indicado mas abajo.

8.1. Número de legajo: Número de generado correlativamente por cada situación a rectificar, tratada en una resolución específica del nivel establecido por la normativa vigente.

Dicho número puede implicar a mas de un cheque, siempre y cuando pertenezca a la misma cuenta. Si un mismo incidente a rectificar involucrara a más de una cuenta, corresponderá generar tantos legados como cuentas estuvieran afectadas en el mismo.

8.2. Anio del legado: La numeración indicada en el punto anterior se reiniciará cada ando calendario, debiendo indicarse en este campo aquel que corresponda en cada caso. Como requisito formal, el mismo no podrá ser inferior a 1997 ni superior al año en que se remite la información al BCRA :

Campo 10, Código de motivo: Obligatorio. Debe integrarse con alguno de los códigos que figura en la lista siguiente, conforme a la causa que motiva la rectificatoria y de acuerdo al código de

movimiento que figure en el campo 6 (Código de movimiento): es decir, según se trate de una baja, una vinculación o una desvinculación.
CODIGO DE MOVIMIENTO
CODIGO DE MOTIVO
DESCRIPCION DEL MOTIVO
V
01
Cuit, Cuil o Cdi omitidos
D
11
Cuit, Cuil o Cdi perteneciente a personas físicas relaciones con un persona jurídica, que no suscribió el cheque ni es representante legal de la misma.
D
12
Cuit, Cuil o Cdi pertenecientes a personas físicas relacionadas con una persona jurídica, que no suscribió el cheque ni es representante legal de la misma
D
13
Cuit, Cuil o Cdi pertenecientes a personas vinculadas erróneamente
B
21
Tenía autorización previa y escrita para girar en descubierto.
B
22
Existía orden de no pagar con denuncia policial y posterior denuncia judicial.
B
23
Existían fondos en la cuenta para el pago del cheque
B
24
No se tuvo en cuenta un depósito efectuado o una transferencia de fondos efectuada por el titular, que debieron estar acreditados por lo menos el día hábil anterior a la fecha de rechazo
B
25
Cheque librado entre cuentas pertenecientes a un mismo titular efectuando una transferencia de fondos
B
26
Existía una orden judicial ordenando no computar el cheque
B
27
Haberse dispuesto medidas cautelares sobre los fondos (punto 1.4.3.4. de la Comunicación -A- 2514 del 14/02/97.
B
28
Cheque adulterado con denuncia judicial
B
29
La entidad financiera no cumplió con el aviso fehaciente sobre el cierre o la suspensión de la cuenta
B
30
Cheque rechazado por vicios formales no imputables al librador
B
31
Cheque vencido - artículos 25 y 29 de la ley 24452-

Campos 19 a 28, Cuit, Cuil, Cdi:

a) Caso de bajas (código de movimiento B):

No corresponde integrar estos campos, debiendo rellenarse obligatoriamente con ceros.

B) Caso de Vinculación (código de movimiento V):

Se integrarán los Cuit. Cuil, Cdi u otros documentos (sólo en el caso de cuentas cerradas con anterioridad al 1 /7/95) que se deseen vincular al cheque cuya clave se indica en los campos 1 a 4.

Los campos 19 a 28 pueden integrarse en forma no contigua, debiendo rellenarse con ceros los que no se utilicen.

Los que estén integrados serán sometidos a una validación formal, conforme a las normas de la DGI, antes de su asociación efectiva al cheque en la base de datos, permitiéndose otros documentos solo en el caso en el que el cheque tenga informada una fecha de cierre de cuenta anterior a la mencionada en el primer párrafo de este acápite.

Para un mismo cheque. pueden remitirse tantos registros de vinculación como se desee.

c) Caso de desvinculación (código de movimiento D):

Se integraran los Cuit. Cuil, Cdi u otros documentos que se deseen desvincular del cheque cuya clave se indica en los campos I a 4.

También en este caso pueden integrarse en forma no contigua, debiendo rellenarse con ceros los que no se utilicen. Son requisitos para efectivizar las desvinculaciones. que el número que se haya informado se encontrara vinculado al cheque con anterioridad y que no corresponda a la última persona física que quede vinculada a dicho cheque.

ERRORES DE VALIDACION

Su notificación se seguirá efectivizando a través de una nota STAF, encabezada con el código de entidad, en la que figurarán todos los registros erróneos que se detecten y cuya línea de detalle tendrá el siguiente formato:


POSICIONESCAMPO

02 - 04

Sucursal

05- 15

N°de Cuenta

16 - 23

N° de Cheque

24 - 25

Año de Aviso

25 - 31

N° del Aviso

32 - 32

Cod. de Movimiento

33-34

---- Espacios en blanco
35-36Código de error

37-41

- - Espacios en blanco

42- 52

Información asociada a los códigos de error 41 a 44 (Cuit, Cuil, Cdi. Documento, legajo o código de motivo, según corresponda).

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Cuit, Cuil. Cdi o Documento a desvincular. no esta asociado al cheque.

El Cuit, Cull. Cdi o Documento a vincular, ya esta asociado al cheque.

N° o año del Legajo inválidos.

Código de motivo inválido.

e. 15/l N° 213.732v. 15/1/98