Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 18/98

Autorizase la baja de un Proyecto del Programa Trabajar II, de la Provincia de Santa Fe destinado a la construcción de viviendas.

Bs. As., 20/1/98

B.O. 23/1/98

VISTO el Expediente N° 1 -2015-00001014276/97 del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDADSOCIAL(M.T.y S.S.), la Ley N°24.013. la Resolución M.T. y S:S. N° 240 de fecha 16 de abril de 1997, las Reso1uciones S.E. y C.L. Nros. 202 de fecha 28 de mayo de 1997, 315 de fecha 8 de julio de 1997,285/97 de fecha 30 de Junio de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el Gerente de Empleo y Capacitación Laboral de Santa Fe solicito la suspensión preventiva del pago de las ayudas económicas de los beneficiarios del Proyecto N° 130440-01-7 del programa TRABAJAR II.

Que el Organismo Responsable la COMUNA DE AROCENA, de la Localidad de Arocena, del Departamento San Jerónimo, Provincia de SANTA FE, presento en el marco del Programa TRABAJAR 11 un proyecto que fue aprobado por la Resolución S.E. y C.L. N° 285/97. cuyo numero es 13-044001-7, siendo su objetivo la "Construcción de CINCO (5) Viviendas en la Comuna".

Que de las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 202/97 y 315/97 surgen las obligaciones asumidas por los Organismos Responsables en cuanto a la ejecución de los proyectos, que deben desarrollarse conforme a los diseños oportunamente presentados y aprobados.

Que la supervisión de fecha 6 de octubre detectó, la falta de inicio de la obra y el desempeño de tareas no vinculadas al proyecto.

Que conforme lo prescripto en la Resolución S.E. y C.L. N° 315/97 se intimó al Organismo Responsable para que en el plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas presentara descargo escrito.

Que en la nota de fecha 8 de octubre la COMUNA DE AROCENA manifiesta que los trabajos no pudieron iniciarse debido a la falta de recursos comprometidos por la SECRETARIA DE ESTADO DE PROMOCION COMUNITARIA; y a fin de aprovechar los recursos humanos. los beneficiarios fueron destinados a otro proyecto.

Que la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL DE SANTA FE en cumplimiento de lo previsto en el artículo 6° de la Resolución S.E. y C.L. N° 315/97 dispuso la suspensión preventiva de pagos, y envío todos los antecedentes a la DIRECCION DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL EMPLEO Y LA CAPACITACION LABORAL.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución S.E. y C.L. N° 315/97.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:

Artículo 1°- Autorizar la baja del Proyecto N° 13-0440-01-7 del programa TRABAJAR II de la Provincia de SANTA FE destinado a la "Construcción de CINCO (5) Viviendas en la Comunidad".

Art. 2°- Comunicar, a la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, por intermedio de la DIRECCION DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL, la presente Resolución, a fin de que se proceda a la notificación de lo dispuesto a la COMUNA DE AROCENA.

Art. 3°- Comunicar con carácter de urgente, por intermedio de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) la baja del proyecto N° 13-0440-01-7 de la Provincia de SANTAFE.

Art. 4°- Regístrese, comuníquese. dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese.-Diego A. Estevez.