BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "B" 6272 - (12/1/98) Ref.: Circular CREFI-2. Capítulo I. Instalación, fusión y transformación. Banco de Jujuy S.A.. Iniciación de actividades como banco comercial minorista.

B.O: 29/01/98

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que, de acuerdo con la autorización oportunamente conferida, Banco de Jujuy S.A. inicia en la fecha sus actividades como banco comercial minorista.

Consecuentemente, a partir de la fecha queda revocada la autorización que tiene Banco de la Provincia de Jujuy para funcionar como banco comercial, en los términos del artículo 44, inciso a) de la Ley de Entidades Financieras.

e. 29/1 Nº 215.092 v. 29/1/98