CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA

Decreto 138/98

Interviénese el citado organismo descentralizado dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social. Desígnanse Interventora y Subinterventor. Creación de la Comisión Asesora.

Bs. As., 30/01/98.

B. O.: 04/02/98.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que ante la situación actual del CONSEJO DEL MENOR Y LA FAMILIA y de los establecimientos dependientes del mismo resulta necesario proceder a su normalización a los fines de optimizar con la mayor eficacia y eficiencia el cumplimiento de las importantes misiones y funciones que tiene a su cargo.

Que a tal fin se estima conveniente disponer la intervención del mencionado organismo, otorgando en plenitud a su Interventor las facultades y atribuciones conferidas al propio CONSEJO DEL MENOR Y LA FAMILIA y a su Presidente por el Decreto N° 1606/90.

Que la facultad de intervenir entes públicos descentralizados, le corresponde al Presidente de la Nación pudiendo entonces ejercerla de oficio ya que es el responsable político de la administración general del país.

Que, asimismo, es oportuno crear una COMISION ASESORA en el ámbito del CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA la que estará integrada por representantes de diversos organismos gubernamentales y no gubernamentales y que tendrá a su cargo el asesoramiento en materia de promoción y protección integral de la minoridad y la familia.

Que la presente medida se dicta en uso las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°- Interviénese el CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 2°- Desígnase Interventora del organismo mencionado en el artículo precedente, a la señora D. Eva Ema GATICA (L.C. N° 6.282.459), quien debera proceder a la normalización del funcionamiento del mismo, a cuyo fin ejercerá las funciones y facultades de administración y ejecución que asigna el Decreto N° 1606/90 al CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA y a su Presidente.

Art. 3°- Déjase establecido que el desempeño de la citada funcionaria como Interventora del Consejo será con carácter ad-honorem, y sin perjuicio de sus actuales funciones como Coordinadora General de Acción Social y Asistencial en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4°- Desígnase Subinterventor del CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA al Dr. Juan Carlos RIVERO (D.N.I. N° 8.263.604) quien percibirá una remuneración equivalente al Nivel A Grado 8 - Agrupamiento General del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por Decreto N° 993/ 91 (T.O. 1.995). Dicho funcionario reemplazará a la Interventora en caso de ausencia, licencia o impedimento transitorio.

Art. 5°- Créase la COMISION ASESORA del CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA la que tendrá a su cargo el asesoramiento a la Intervención del Consejo en materia de promoción y protección integral de la minoridad y la familia, cuyo dictamen tendrá carácter no vinculante para la misma.

Art. 6°- La Comisión Asesora creada por el artículo anterior estará integrada por UN (1) representante de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, y UN (1) representante de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, los que serán designados por la señora Interventora a propuesta de los citados organismos.

Asimismo, invítase a la COMISION DE DERECHOS HUMANOS de la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION y del HONORABLE SENADO DE LA NACION, la UNICEF, la CONFERENCIA EPISCOPAL ARGENTINA y el MINISTERIO PUBLICO a designar cada uno de ellos UN (1) representante para integrar dicha Comisión.

El desempeño de la totalidad de los integrantes de la Comisión Asesora será con carácter "ad-honorem".

Art. 7°- Establécese que en el plazo de NOVENTA (90) días hábiles la Intervención deberá elaborar y elevar un informe de la situación económica-financiera y asistencial del CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA.

Art. 8°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM. - Jorge A. Rodríguez. - Carlos V. Corach.