CONTRATOS DE PRESTAMO

Decreto 145/98

Apruébase el modelo de Contrato de Préstamo destinado al Programa de Gestión Ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo, para ser suscripto con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Bs. As., 30/1/98

B.O. 4/2/98

VISTO el Expediente Nº 10.141/97 del registro del COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO, creado en el ámbito de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, el modelo de Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR destinado al PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL DE LA CUENCA MATANZA-RIACHUELO, propuesto para ser suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) hasta por una suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (U$S 250.000.000), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el referido modelo de Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO, que se ejecutará por intermedio del COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO (CEMR), creado por Decreto Nº 482/95 de fecha 20 de Septiembre de 1995 en el ámbito de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCLA DE LA NACION.

Que mediante el artículo 4º del Decreto Nº 1094/96 de fecha 26 de septiembre de 1996 se encomendó al COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO (CEMR) la gestión y administración del PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO, con carácter de Unidad Ejecutora del mismo.

Que el Programa al que se destinan los recursos tiene por finalidad primordial llevar a cabo las acciones necesarias para el saneamiento ambiental de la cuenca hídrica Matanza-Riachuelo, el control y prevención de las inundaciones que la afectan y la recuperación de su calidad ambiental.

Que los recursos del modelo de Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR serán destinados a financiar estudios y acciones relacionadas con la ejecución del PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el modelo de Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en este tipo de operaciones y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que esta destinado este Préstamo.

Que la formalización de esta operación requiere que la NACION ARGENTINA. por medio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, suscriba el modelo de Contrato de Préstamo Nº 1059/ OC-AR para el financiamiento del PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL DE LA CUENCA MATANZA-RIACHUELO.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud del Decreto Nº 434 del 15 de mayo de 1997 y de la Decisión Administrativa Nº 210 del 15 de mayo de 1997, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la debida intervención.

Que el modelo de Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR propuesto para ser suscripto se encuentra comprendido en los términos del Artículo 60 in fine de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 16 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.1997) y el Artículo 99 inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, se encuentra facultado para aprobar operaciones de esta naturaleza y someter eventuales controversias a la decisión de Tribunales Arbitrales.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Apruébase el modelo de Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR para el PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL DE LA CUENCA MATANZA-RIACHUELO, que consta de SIETE (7) Capítulos y TREINTA (30) Cláusulas; las Normas Generales Aplicables a los Contratos de Préstamo del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), integrada por NUEVE (9) Capítulos y CUARENTA Y OCHO (48) Artículos y los Anexos A, B y C, a suscribirse entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), hasta por una suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (U$S 250.000.000), con cargo a los recursos de la Facilidad Unimonetaria del Capital Ordinario del Banco, cuya copia autenticada forma parte del presente Decreto como ANEXO I.

Art. 2º-Facúltase al señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y representación de la NACION ARGENTINA, el Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR y toda la documentación referente al mismo, conforme al modelo aprobado por el Artículo 1º del presente Decreto.

Art. 3º -Facúltase al señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir en nombre y representación de la NACION ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1º del presente Decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al Procedimiento Arbitral pactado.

Art. 4º-Desígnase al COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO (CEMR), creado por Decreto Nº 482/ 95 de fecha 20 de septiembre de 1995, como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL DE LA CUENCA MATANZA-RIACHUELO.

Art. 5º-Facúltase al señor Miembro Coordinador del COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO (CEMR), o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a celebrar contratos de locación de obras y/o de servicios con terceros, sin relación de dependencia legal o administrativa, como así también a adquirir los bienes muebles y/o equipos que fueren menester para la ejecución del Programa, quedando sujetos los contratos respectivos y procedimientos de adquisiciones, a las normas y procedimientos contenidos en el modelo de Contrato de Préstamo Nº 1059/OCAR que se aprueba por el Artículo 1º del presente Decreto y al Artículo 72 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997).

Art. 6º-Facúltase al señor Miembro Coordinador del COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO (CEMR), o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a celebrar los convenios de prestaciones subsidiarias, y de ejecución. con la Provincia de BUENOS AIRES, y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES respectivamente, que fueran necesarios para la ejecución del Programa.

Art. 7º-Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -MENEM. -Jorge A. Rodríguez.- Roque B. Fernández.-Carlos V. Corach.

NOTA: Este decreto se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767 - Capital Federal).