Subsecretaría de Industria

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Disposición 5/98

Modificación de la Resolución Nº 384/97-SICYM, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado a la firma "Unionbat S.A"

Bs. As., 30/1/98

B.O: 6/2/98

VISTO el expediente Nº 060-018745/96, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "UNIONBAT S.A.", con domicilio en Avda. Presidente Juan Domingo Perón 4670, San Martín, Provincia de Buenos Aires, solicitó se le otorgue la aprobación de un plan de intercambio compensado que le fuera aprobado por Resolución S.I.C. y M. Nº 384 del 2 de mayo de 1997, y el expediente Nº 060-004437/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "UNIONBAT S.A.", solicita el reemplazo de un producto a importar, y

CONSIDERANDO:

Que el reemplazo del producto a importar en el anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 384 del 2 de mayo de 1997, resulta viable de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la Subsecretaria de Industria.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA

DISPONE:

Artículo 1º-Sustitúyese el Anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 384 del 2 de mayo de 1997, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado a la firma "UNIONBAT S.A." con domicilio en Avda. Presidente Juan Domingo Perón 4670, San Martín, Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente disposición.

Art. 2º - Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente disposición se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias, Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. Nº 060-0018745/96.

Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "UNIONBAT S.A." constituye domicilio especial en Avda. de los Incas 4560, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4º-La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente a la notificación de la Resolución S.I.C. y M. Nº 384 del 2 de mayo de 1997.

Art. 5º-Remítase copia de la presente disposición a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6º-Notifíquese a la interesada.

Art. 7º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Miguel A. Cuervo.
ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. Nº 5


Expediente Nº 060-0018745/96

Empresa: UNIONBAT S.A.

Productos a Exportar:
Posición N.C.M. Descripción
8507.10.00 Baterías
8507.90.20Caja de baterías


Productos a Importar:
Posición N.C.M. Descripción
8507.10.00Baterías
3920.10.00Separadores para baterías
8507.90.20Caja de baterías.