Secretaría de Industria, Comercio y Minería

IMPORTACIONES

Resolución 65/98

Otórgase el beneficio establecido por la Resolución Nº 502/95-MEYOSP, para la importación de bienes integrantes de un proyecto presentado por la firma Servicios de Operación y Mantenimiento S.A.

Bs. As., 5/2/98

B.O: 11/02/98

VISTO el Expediente Nº 061-000924/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma SERVICIOS DE OPERACION Y MANTENIMIENTO S.A. ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de "Proyectos para la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" conforme a la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502/95 para la importación de equipamiento adquirido a la firma CLARKE CHAPMAN LIMITED del REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, bajo la modalidad Llave en Mano.

Que el proyecto de inversión presentado corresponde a una ampliación del puerto Ingeniero Buitrago, ubicado en el kilometro 250 sobre la margen derecha del río Paraná, Provincia de BUENOS AIRES, y que tendrá como objetivo el incremento de la capacidad de prestación del servicio de carga y descarga de buques y barcazas.

Que la disminución de los costos se produce al incrementar la eficiencia y productividad del puerto. Dicho incremento se traduce en un efecto inmediato para el productor de acero que disminuye los costos de producción de sus bienes comercializables internacionalmente.

Que la firma SERVICIOS DE OPERACION Y MANTENIMIENTO S.A. se comprometió a obtener una certificación de norma internacional de calidad mediante un acuerdo establecido con una certificadora de calidad acreditada a tal fin.

Que, asimismo, se cuenta con un informe favorable emitido por la FACULTAD REGIONAL SAN NICOLAS dependiente de la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL, quien dictaminó que el proyecto responde a lo previsto en la reglamentación vigente, atento a que se trata de una ampliación de planta destinada al incremento de la capacidad de prestación del servicio de carga y descarga de buques y barcazas.

Que del análisis efectuado surge que la nueva planta a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95 y que se ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la Resolución ex-S.C. e I. Nº 318/95.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el artículo 6º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502 del 7 de noviembre de 1995 y Decreto Nº 660 del 24 de junio de 1996.

Por ello.

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º-Considérase sujeto al beneficio establecido por los Artículos 2º y 8º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502/95 la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma SERVICIOS DE OPERACION Y MANTENIMIENTO S.A. consistente en una ampliación destinada al incremento de la capacidad de prestación del servicio de carga y descarga de buques y barcazas, cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo I que en UNA (1) planilla forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º-Atento a lo requerido por el Artículo 5º inciso a) de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95 la firma deberá dar cumplimiento en el plazo establecido en el Artículo 12º de la Resolución ex-S.C. e I. Nº 318/95 para la presentación del correspondiente certificado de norma internacional de calidad.

Art. 3º-El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 2º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502/95 y/o de la presentación del certificado de norma internacional de calidad, dará lugar a la aplicación del Artículo 13º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en la situación prevista en el Artículo 15º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95.

Art. 4º-A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR notifíquese a la interesada.

Art.5º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto A. Guadagni.

ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 65

BIENES INTEGRANTES DE "PROYECTOS PARA LA INSTALACION DE NUEVAS PLANTAS INDUSTRLALES" CON DESTINO A LA AMPLIACION DEL PUERTO ING. BUITRAGO PARA EL INCREMENTO DEL SERVICIO DE CARGA Y DESCARGA DE BUQUES Y CARCAZAS.
SUBPARTIDA ARMONIZADA
CANTIDAD
DESCRIPCION
8426.19
1
Pórtico móvil, sobre bojes con ruedas de acero y desplazamiento sobre carriles, para la manipulación y descarga de mineral de hierro, por medio de pluma con cuchara de almeja.
8428.33
1
Transportador de acción continua a banda, con una longitud aproximada de 66,75 m.
8428.33
1
Transportador de acción continua a banda, con una longitud aproximada de 428,50 m.
8431.41
1
Cuchara de almeja para la manipulación de carbón.
8426.19
1
Pórtico móvil, sobre bojes con ruedas de acero y desplazamiento sobre carriles, para la manipulación y apilado de mineral de hierro, por medio de pluma giratoria con cinta transportadora incorporada.
7308.90
1
Estructura metálica construida con perfiles, barras y chapas de acero, para sustento de cintas transportadoras denominadas S1 y S2.
7308.90
1
Estructura metálica construida con perfiles, barras y chapas de acero, para sustento de cintas transportadoras denominadas S y S 1.
7302.10
2.300 M.
Carriles (rieles), de peso lineal igual a 89,81 kg./m.

Monto total de los bienes integrantes del "Proyecto para la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" sujeto al beneficio, sin repuestos: DOLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO (U$S 12.580.575.-).

Monto total de los repuestos sujetos al beneficio de acuerdo al Artículo 2º de la Resolución M.E. y O. y S.R 502/95: DOLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL VEINTINUEVE (U$S 629.029.-).