Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 209/98

Cancélase la Inscripción de diversas entidades en el Registro Nacional de Cultos.

Bs. As., 26/01/98

B.O: 13/02/98

VISTO la Ley 21.745, el Decreto 2037/79, los expedientes que resultaran inscriptos en el Registro Nacional de Cultos, los dictámenes de la Dirección General del Registro Nacional de Cultos y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y

Que por Resolución Nº 2509/96 del Secretario de Culto, modificada por Resolución Nº 2819/96, se dispone el relevamiento de entidades religiosas inscriptas, identificando las que no registren actividad desde el 1º de enero de 1991 y que ante la notificación fehaciente practicada sin obtener respuesta alguna hasta la fecha, debe considerarse que las organizaciones religiosas mencionadas en el Anexo 1 (uno) han dejado de funcionar.

Que asimismo, debe tenerse presente que el plazo previsto para actualizar información por Resolución Nº 2509/96 hasta el 20 de diciembre de 1996, fue prorrogado por Resolución del Secretario de Culto Nº 230/97 hasta el 31 de marzo de 1997.

Que atento a que las entidades mencionadas en el Anexo 1 (uno) no han respondido a las notificaciones debidamente practicadas por este organismo, y que de ello se desprende una inexistencia de actividad religiosa desde hace más de seis años.

Que las entidades mencionadas han dejado de ejercer su actividad lo que comporta un incumplimiento del objeto por el cual han sido reconocidas por el Estado Nacional como tales.

Que la falta de cumplimiento de las actividades religiosas y su consecuente inexistencia como organizaciones constituye una de las causales de cancelación prevista por la Ley 21.745 en su artículo 3º inc. a).

Que la Dirección General del Registro Nacional de Cultos debe mantener actualizadas las inscripciones conforme lo previsto en el artículo 1º del Decreto 2037/79 y dado que debe interpretarse que las organizaciones religiosas mencionadas en el Anexo han dejado de funcionar, corresponde dictar el acto administrativo de cancelación de las mismas.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Cancélase la inscripción en el Registro Nacional de Cultos de las entidades indicadas en el Anexo 1 (uno) y declarase la caducidad e invalidez de los Comprobantes de Inscripción indicados en el mismo Anexo. Solicítese a estas entidades la restitución de los comprobantes de inscripción en el plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles administrativos de notificada la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto 2037/79.

Art. 2º-Declárase la caducidad e invalidez de todos los certificados para local filial emitidos por la Secretaría de Culto - Dirección General del Registro Nacional de Cultos - a nombre de esas entidades y solicítese la restitución de dichos certificados en el plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles administrativos de notificada la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto 2037/79.

Art. 3º-Solicítese la perdida de la personería jurídica por ante los Organismos Competentes en aquellas asociaciones o fundaciones que la tengan y a cuyo fin ofíciese.

Art. 4º-Declárase la caducidad e invalidez de los Certificados de Registro de Firma del Registro Nacional de Cultos bajo los números indicados y a favor de las personas identificadas en el Anexo 1 (uno) que forma parte de la presente Resolución.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Angel M. Centeno.

ANEXO I
CIPORENTIDAD DIRECCIONREGISTRO DE FIRMA
0863Dir. Nac. CultoIGLESIA CRISTIANA EVANGELICA PARAJE EL TUNAL (Pichanal-Salta)RAMON A. CARO
0975Dir. Nac. CultoASOCIACION ESPIRITA HERMANOS DE JESUS CALLE 514 CIRCU.III (El Abasto)MARTA M. BOCTTI
0983Dir. Nac. CultoORGANIZACION RELIGIOSA MIZRAJI URQUIZA 2548 (La Chispa-Santa Fe)ARON LERMAN
1054Dir. Nac. CultoIGLESIA DE CRISTO J. INGENIEROS 991 (Rosario-Santa Fe)RICHARD H. PRUITT
1260Dir. Nac. CultoMARANATHA CHRISTIAN CHURCH INC AVDA. COLON 1822 (Córdoba)JORGE ELIECER RODRIGUEZ
1271Dir. Nac. CultoTEMPLO EVANGELICO PENTECOSTAL LAPRIDA 675 (Rivadavia)NESTOR RUBEN LEDESMA
1841Sub. Sec. CultoIGLESIA EVANGELICA COREANA -"HAN GUK IN" BELGRANO 4244 (C.B.A.)BYOUNG RIN CHO
1869Sub. Sec. CultoSOCIEDAD RELIGIOSA ARGENTINA AFRICANA ILE DE XAPANA CABANHA PAE VELHO ALVATEIRO 2987 (González Catán) EDUARDO OSCAR DUBATTI
1946Sub. Sec. CultoASOCIACION MISION EVANGELICA IBEROAMERICANA AVDA. SAENZ PEÑA 615 (C.B.A.)HUAN PABLO BONGARRA
1954Sub. Sec. CultoCENTRO ESPIRITA OXUM XANGO FRATERNIDAD OXALA JOSE MARTI 29 (C.B.A.)VICENTA LAPORTA
2079Sub. Sec. CultoTEMPLO DE UMBANDA MAI OHIA TIMBOA CREL. D'ELIA 2765 (Valentín Alsina) ROSA SILVIA CABRERA
2098Sub. Sec. CultoTEMPLO DE UMBANDA "XANGO-AGODO" CMO GRAL BELGRANO 1051 (Lanús) JORGE ADOLFO JANDOGUY
2113Sub. Sec. CultoCENTRO ESPIRITUAL DE UMBANDA "SAN SEBASTIAN" PEDRO ECHAGUE 1494 (C.B.A.)RAUL MATEO LACHONE MEDINA
2162Sub. Sec. CultoTEMPLO UMBANDA SAN MIGUEL ARCANGEL PORTUGAL Y TIMBO (Adrogué)PEDRO HILARIO CASTRO
2247Sub. Sec. CultoCENTRO ESPIRITA DE UMBANDA "CABOCLO-ITAPUARE" DR. ANGEL ROFFO 7053 (C.B A.)ROBERTO AHMED YEMHA
2420Sub. Sec. CultoTEMPLO DE RELIGION AFRO-BRASILEÑA OXALA Y IEMANJA CABOCLA JUREMA DO JOSE HERNANDEZ 5170 (Villa Bonich)OSVALDO RAMON GOMEZ
2455Sub. Sec. CultoASOCIACION XANGO DO OXALA NUEVA (A.X.O.N.) MARENGO 90 (Villa Ballester)ALICIA PINHEIRO
2473Sub. Sec. CultoCENTRO ESPIRITUAL UMBANDISTA "MAI MANJA" . BEAZLEY 1174 (San Martín)HORTENCIA VARGAS DE VILLAGRA
2782Sub. Sec. CultoCENTRO RELIGIOSO ESPIRITA "TESOROS DE AMOR Y FE". CALDERON DE LA BARCA 3899 (Villa Scass) DARDO R. DIAZ
2849Sub. Sec. CultoCENTRO ESPIRITA DE UMBANDA "OXALA OXUM" AVDA. GAONA 3730 DPTO "2" (Ciudadela) PEDRO JOSE BORRINO