Instituto Nacional de Obras Sociales

OBRAS SOCIALES

Resolución 4/98

Dase por agotado el procedimiento y liquidación administrativa de la Ex-Obra Social del Personal de la Compañía Embotelladora Argentina Granadero Baigorria.

Bs. As., 3/2/98

B.O.: 17/02/98

VISTO la Actuación Nº 38.372/97 ANSSAL; y

CONSIDERANDO:

Que la OBRA SOCLAL DEL PERSONAL DE LA COMPAÑIA EMBOTELLADORA ARGENTINA GRANADERO BAIGORRIA (RNOS 30130); ha sido dada de baja en el Registro Nacional de Obras Sociales por Resolución Conjunta Nº 848/96 ANSSAL y 026/96 INOS.

Que de los Balances y documentación presentada por el Dr. Petrini, en su carácter de Delegado Fiscalizador, obrantes a fojas Nº 53/92, no surgen aspectos patrimoniales y/o administrativos que justifiquen la continuidad del proceso liquidatorio del mencionado Agente Salud.

Que el ex-Agente de Salud ha verificado créditos por aportes y contribuciones y servicios asistenciales, reclamados en el Proceso de Quiebra de Cia. Embotelladora Argentina que tramita en el en el Juzgado Comercial Nº 19, Secretaría Nº 37 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Que se hace menester arbitrar los medios que permitan transferir los fondos existentes en la cuenta a favor de la Ex-Obra Social al Fondo Solidario de Redistribución del ANSSAL.

Que en mérito a lo expuesto debe considerarse que los procedimientos de la liquidación administrativa se encuentran agotados.

Que se han expedido favorablemente la Unidad de Control y Coordinación y la Gerencia General.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones emanadas de las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, de los Decretos Nos.784/93 y 785/ 93 del Poder Ejecutivo.

EL INTERVENTOR EN EL INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES

RESUELVE:

Artículo 1º-Dar por agotado el procedimiento y liquidación administrativa de la Ex-OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA COMPAÑIA EMBOTELLADORA ARGENTINA GRANADERO BAIGORRIA (RNOS. 3-0130).

Art. 2º-Disponer el seguimiento tendiente a lograr el cobro, del crédito por Aportes y Contribuciones y Servicios Asistenciales, verificado en el Proceso de la Quiebra de la Cia. Embotelladora Argentina.

Art. 3º-Transferir los fondos existentes en la cuenta corriente Nº 47.450-92 del Banco Nación Argentina al Fondo Solidario de Redistribución del ANSSAL.

Art. 4º-Dispóngase la guarda de los Libros y documentación de la Ex-OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA COMPAÑIA EMBOTELLADORA GRANDERO BAIGORRIA en dependencias del ANSSAL.

Art. 5º- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y a la Dirección General Impositiva y oportunamente archívase.- José L. Lingeri.