BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "B" 6286 (3/2/98). Ref: Circular CONAU-1. Normas Mínimas sobre Auditorías Externas.

B.O: 17/02/98

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para recordarles que, antes de la finalización del primer trimestre económico, las entidades financieras deben presentar, con la firma de los auditores externos debidamente certificada por el Consejo Profesional respectivo, la documentación que se detalla a continuación:

-Fórmula 3830 (I-94).

-Fórmula 3831 (IX-95).

-Certificado de Antecedentes Judiciales, extendido por la Dirección General del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (original o fotocopia con certificación de Escribano Público).

-Anexo V (comunicación "A" 2573).

De lo expresado se desprende que aquellas entidades cuyo cierre de ejercicio económico se haya producido el 31.12.97 deberán remitir dicha documentación. Indefectiblemente, antes del 31.03.98.

La presentación se efectuará a través de Servicios Generales - Mesa de Entrada y estará dirigida a la Gerencia de régimen informativo.

e. 17/2 Nº 216.572 v. 17/2/98