SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Decisión Administrativa 859/97

Exceptúase al mencionado Organismo a ingresar a la Tesorería General de la Nación el remanente de los recursos correspondientes al ejercicio de 1996.

Bs. As., 30/12/97

B.O: 18/02/98

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio de 1997, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 16 de enero de 1997 y el artículo 44 de la Ley Nº 11.672 - COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (T.O. 1997), y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adecuar el cálculo de recursos del Organismo Descentralizado Nº 852-Superintendencia de Riesgos del Trabajo, dependientes del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, en razón que el monto incluido proveniente de la percepción de tasas no ha alcanzado el nivel estimado para el ejercicio de 1997.

Que en tal sentido debe procederse a exceptuar al mencionado Organismo de la contribución al TESORO NACIONAL de los excedentes financieros existentes al cierre del ejercicio de 1996, utilizando dicho monto para sustituir los recursos propios no percibidos y que posibiliten la atención de los gastos aprobados para 1997.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 15 de la Ley Nº 24.764.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º - Exceptúase a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL a ingresar a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION el remanente de los recursos correspondientes al ejercicio de 1996.

Art. 2º-Modificase por compensación el Cálculo de Recursos correspondiente al Organismo Descentralizado Nº 852 - Superintendencia de Riesgos del Trabajo del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

NOTA: Las planillas anexas al artículo 2º no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).