Administración Federal de Ingresos Públicos

FACTURACION Y REGISTRACION

Resolución General 87/98

Procedimiento. Emisión de comprobantes. Controladores Fiscales. Resolución General Nº 4104 (DGI), sus modificatoria y complementarias. Nómina de equipos homologados y empresas proveedora autorizadas.

Bs. As., 16/2/98

B.O: 18/02/98

VISTO el régimen de emisión de comprobantes mediante el empleo de Controladores Fiscales, establecido por la Resolución General Nº 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto por el Apartado C del Capítulo XI del Anexo I de la referida norma, este organismo debe homologar, mediante el dictado de una resolución general, los equipos que resulten aprobador para su comercialización e informar las respectivas empresas proveedoras autorizadas.

Que el mencionado pronunciamiento es indicativo del cumplimiento de los requisitos y condiciones que han reunido los Controladores Fiscales que se homologan - cuya aptitud surge del análisis de los informes de Evaluación Técnica del Instituto Nacional de Tecnología Industrial - y de la constitución de los avales requeridos por la Resolución General Nº 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias, a las empresas proveedoras inscriptas.

Que, asimismo, durante el lapso de validez de la homologación, deberán ser cumplimentadas las demás obligaciones previstas por el régimen.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º-De acuerdo con lo dispuesto en el Apartado C del Capítulo XI del Anexo I de la Resolución General Nº 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias, se homologa el equipo denominado "Controlador Fiscal", cuyos datos identificatorios y empresa proveedora se detallan a continuación:
MARCAMODELOCODIGO ASIGNADO EMPRESA PROVEEDORAC.U.I.T.
MORETTIOPALEMMA ANDRES MORETTI E HIJOS S.A.30-61577338-3

Art. 2º-La homologación dispuesta en el artículo anterior, así como la autorización de venta por parte de la empresa proveedora, tendrá una validez de CINCO (5) años contados a partir del día de la publicación de la presente en el Boletín Oficial. Inclusive, siempre que se cumpla durante dicho plazo con los requisitos establecidos por la Resolución General Nº 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias.

Art. 3º-Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Carlos A. Silvani.