PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 221/98

Apruébase la estructura organizativa del Instituto Nacional del Teatro, organismo autárquico dependiente de la Secretaría de Cultura.

Bs. As., 23/2/98

B.O.: 4/03/98

VISTO lo dispuesto por la Ley N° 24.800, su Decreto reglamentarlo; N° 991 del 24 de setiembre de 1997 y los Decretos Nros. 1545 del 31 de agosto de 1994 y 1459 del 13 de diciembre de 1996, la Resolución N° 422 del 13 de septiembre de 1994 de la SECRETARLA DE LA FUNCION PUBLICA entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE IA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24800 se sancionó la Ley Nacional del Teatro creándose el INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO como ente autárquico en jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que esta norma contempla las diversas manifestaciones del teatro, tanto profesional como independiente, legislando en forma orgánica, sobre una materia de gran interés, expresión de la cultura nacional, con influencia en todo el territorio del país.

Que por Decreto N° 1545 del 31 de enero de 1994 se aprobó el régimen para el diserto, formulación, presentación y aprobación de estructuras organizativas, que será aplicado a las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional.

Que la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por Resolución N° 422 del 13 de septiembre de 1994, ha aprobado las disposiciones complementarias al régimen establecido por el Decreto N° 1545 del 31 de agosto de 1994.

Que corresponde aprobar la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO ha tomado la intervención que le corresponde.

Que, a los efectos de asegurar el funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO en su calidad de organismo autárquico en sus etapas iniciales, corresponde facultar al Director Ejecutivo a designar con carácter interino al personal necesario en las distintas arcas a fin de cubrir el requerimiento de recursos humanos que demanda la implementación de la Ley N° 24.800.

Que, conforme lo establecido por la Ley Nacional del Teatro resulta menester llevar a cabo la transferencia de los agentes que correspondan de la actual DIRECCION DE TEATRO de la DIRECCION NACIONAL DE ARTES dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo autárquico dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidades Primarias, Acciones, Planta Permanente y No Permanente que obran en los Anexos I, II y III que forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2° - Transfiérense al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, con los niveles y grados que se indican a los agentes de la DIRECCION DE TEATRO de la DIRECCION NACIONAL DE ARTES dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, detallados en el Anexo IV que forma parte del presente decreto.

Art. 3° - Facúltase por el término de NOVENTA (90) días al Director Ejecutivo del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO a designar con carácter interino, hasta tanto se sustancien los correspondientes procesos de selección, al personal que tendrá a su cargo las unidades que se creen mediante la estructura organizativa que se aprueba a través del presente decreto.

Art. 4° - El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con la partida presupuestaria específica del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.

Art. 5° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM.- Jorge A. Rodríguez.- Carlos V. Corach .

ANEXO I

Organigrama

ANEXO II

DIRECCION DE FOMENTO

Responsabilidad Primaria

Llevar a cabo las acciones tendientes a la ejecución de las politices de fomento y promoción de las actividades teatrales a través del otorgamiento de créditos; subsidios. contribuciones y premios previstos en la Ley Nacional del Teatro y sus normas reglamentarias. Realizar los actos necesarios a los efectos de difundir el conocimiento de las actividades teatrales a nivel nacional e internacional.

Acciones

1. Implementar un sistema de fomento y promoción de la actividad teatral a través del otorgamiento de subsidios, créditos, becas, premios y otras formas de contribución previstas en la Ley Nacional del Teatro y en su reglamentación, de forma tal de que se asegure la imparcialidad y el libre acceso de todos los interesados mediante la selección por parte de jurados.

2. Elaborar la reglamentación de las contribuciones del Instituto Nacional del Teatro al montaje y mantenimiento en escena de las actividades teatrales y de los espacios escénicos.

3. Proponer la realización de cursos, seminarios, talleres y toda otra actividad destinada a la difusión del quehacer teatral dirigidos a la comunidad en general, así como también a la formación de los trabajadores de teatro en particular.

4. Entender en la organización del Registro Nacional del Teatro Independiente.

5. Proponer la política de créditos y subsidios del Instituto Nacional del Teatro y realizar las actividades que le son inherentes.

6. Instrumentar el Régimen de Concertación previsto en la reglamentación de la Ley Nacional del Teatro.

7. Proponer politices de fomento destinadas a la realización de actividades teatrales.

8. Establecer los vínculos y las relaciones administrativas pertinentes con los representantes de las provincias y de las regiones culturales argentinas.

9 .Entender en la reglamentación e instrumentación de los procedimientos destinados a la evaluación de proyectos teatrales.

10 Entender en la realización de programas y material audiovisual tendientes a la difusión del teatro en sus diversas modalidades, así como también al registro y documentación del producto de las actividades teatrales fomentadas por ,el Instituto a nivel nacional y provincial.

DIRECCION DE FISCALIZACION

Responsabilidad Primaria

Cumplir con las funciones de fiscalización que le competen al Instituto Nacional del Teatro en base a lo establecido por la Ley Nacional del Teatro y su reglamentación.

Acciones

1.- Realizar las inspecciones y verificaciones necesarias a los efectos de hacer cumplir la Ley Nacional del Teatro, así como también las demás leyes, reglamentaciones, resoluciones y disposiciones que rigen la actividad teatral.

2. Asistir en la aplicación de las multas y sanciones previstas en la normativa que regula la actividad teatral.

3. Proponer el inicio de las acciones necesarias en los procedimientos destinados a la percepción de multas.

4. Inspeccionar las salas y establecimientos teatrales, así como también los libros, documentos y registros de los responsables de los mismos, requiriendo toda la información que juzgue necesaria.

5. Levantar las actas correspondientes a la comprobación de infracciones a la Ley Nacional del Teatro.

6. Realizar el control del cumplimiento de las prescripciones de la Ley Nacional del Teatro y sus normas complementarias por parte de los espectáculos. elencos y titulares de salas que reciban subsidios o apoyos financieros del Instituto Nacional del Teatro.

- 7. Verificar la efectiva percepción del pago de los montos provenientes de la cancelación de los créditos acordados.

8. Controlar el cumplimiento. por parte de los titulares de salas y espacios concertados' del compromiso de participar de los ingresos netos de boletería a las compañías y grupos que por ellos se contraten, en los porcentajes establecidos por la Ley Nacional del Teatro y sus normas reglamentarias.

DIRECCION DE ADMINISTRACION

Responsabilidad Primaria

Entender en la administración directa de los recursos humanos, físicos y financieros del Instituto Nacional del Teatro, planificando y ejecutando la politica presupuestaria y financiera del organismo.

Acciones

1. Administrar los fondos, los recursos presupuestarios, ingresos y egresos del organismo.

2. Coordinar la ejecución presupuestaria del organismo.

3. Gestionar los recursos materiales e informáticos, coordinando todo lo referente a las necesidades en materia de compras y contrataciones de bienes y servicios.

4. Llevar a cabo la registración, contable y financiera conforme a las normas y prácticas contables vigentes.

5. Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales, así como también la custodia y manejo de fondos y valores.

6. Supervisar las tareas relacionadas con la atención de los servicios generales y mantenimiento de los bienes físicos y edilicios del organismo.

7. Intervenir en la tramitación de, las licitaciones públicas, privadas y contrataciones directas.

8. Coordinar las políticas de personal y la aplicación de las normas que regulan la - cartera administrativa.

9. Entender en la asistencia a las autoridades y a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera en todo lo relativo a selección de personal, evaluación de desempeño y capacitación de los recursos humanos del organismo.

ASESORIA LEGAL

Responsabilidad primaria

Entender en el asesoramiento jurídico integral del Instituto Nacional del Teatro, a los efectos de cuidar que sus acciones se encuadren en el ordenamiento legal vigente, representando legalmente al organismo en las instancias judiciales en que sea parte.

Acciones

1. Asesorar al organismo en cuestiones legales.

2. Elaborar lo dictámenes que le sean requerido sobre cuestiones de competencia del Instituto Nacional del Teatro y sobre temas relativos a la interpretación de la Ley Nacional del Teatro.

3.1ntervenlr en la redacción de las normas emanadas del organismo.

4. Entender en los procedimientos relativos a la aplicación de multas.

5. Representar legalmente al Instituto Nacional del Teatro en los juicios en los que el organismo sea parte.

6. Intervenir en la sustanciación de los sumarios administrativos.

7. Entender en todos los contratos en los cuales el organismo sea parte.

8. Entender en todos los convenios celebrados por el organismo a nivel nacional e internacional

ANEXO III

PLANTA PERMANENTE -

JURISDICCION: 20 - Presidencia de la Nación

SECRETARIA 14 - Secretaría de Cultura

ENTIDAD: 117 - Instituto Nacional de1 Teatro

PROGRAMA PRESUPUESTARIO: 16 - Fomento y Difusi6n del Teatro y las Artes Visuales.

ESCALAFON: 993/91 t.o. 1995.
UNIDAD ORGANIZATIVA
EE
A
B
C
D
E
F
SUBTOTAL
DIRECCION
1
1
1
3
DIRECCION DE FISCALIZACION
1
3
1
1
1
7
DIRECCION DE FOMENTO
1
1
2
2
2
1
9
DIRECCION DE ADMINISTRACION
1
3
1
1
2
2
10
ASESORIA LEGAL
1
1
2
TOTALES
1
3
8
3
5
6
5
31

ANEXO IV

PLANTA PERMANENTE

APELLIDO Y NOMBRES
TIPO Y N° DE DOCUMENTO
NIVEL Y GRADO
LOPEZ, Carlos Alberto
L.E. 4.439.749
B - 0
ROMERO, Néstor Luis
DNI 5.516.718
C - 3
LOPEZ, Carlos Alberto
L.E. 4.439.749
B - 0
ROMERO, Néstor Luis
D.N.I. 5.516.718
C - 3
CALERO, Teresa
D.N.I. 6.245.193
C - 2
LUPI, Marcela
D.N.I. 1.249.253
C - O
FERNANDEZ, Graciela
D.N.I. 13.973.635
D - 6
GARIBALDI, Adriana
D.N.I. 10.425.370
D - 5
PALACIOS, Linda
D.N.I. 13.277.942
D - 2
LORES, María Celeste
D.N.I. 16.316.166
D-2
VOLNOVICH, Yamila
D.N.I. 20.427.637
D - 2
VIOLINI, Elsa
D.N.I. 2.800.159
D- 1
BROSZ, María Mercedes
D.N.I. 24.458.946
D - 0
MAZOTTI, Gustavo
D.N.I. 13.232.606
E - 2
GOMEZ. Verónica
D.N. I. 25.433.954
E - 0
CABRAL. Elsa
D.N.I. 12.424.248
F - O