Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

PRESUPUESTO

Resolución 277/98

Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1.998 de la Comisión Binacional Puente Buenos Aires - Colonia - Delegación Argentina.

Bs. As., 26/02/98.

B. O.: 06/03/98.

VISTO el Expediente N° 001-004779/97 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el que se tramita la aprobación del Presupuesto del ejercicio 1.998 formulado por la COMISION BINACIONAL PUENTE BUENOS AIRES - COLONIA - DELEGACION ARGENTINA, actuante en el área de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que obra en el Expediente mencionado en el visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Que el Artículo 49 de la mencionada Ley y el Decreto N° 1361 del 5 de agosto de 1.994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°- Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1.998 de la COMISION BINACIONAL PUENTE BUENOS AIRES - COLONIA - DELEGACION ARGENTINA, actuante en el área de la SECRETARIA DE OBRA PUBLICAS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución.

Art. 2°- Estímase en la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, estímase el Resultado Financiero (EQUILIBRADO) para el ejercicio de 1.998 de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Roque B. Fernández.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).