COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Resolución C. N. R. T. Nº 163/98

Bs. As., 17/2/98

B.O: 12/3/98

VISTO el Expediente Nº 024577/97 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que tal como lo dispone el Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996, le compete a este Ente, la administración, coordinación y contralor del Sistema de Evaluación Psicofísica de Conductores afectados a los servicios de transporte de cargas y de pasajeros.

Que en ese sentido la ex-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE al aprobar mediante Resolución Nº 122 de fecha 9 de mayo de 1997 el Reglamento para el Otorgamiento y Uso de la Licencia Nacional Habilitante de los Conductores del Transporte Automotor de Pasajeros y de Cargas de Jurisdicción Nacional, asignó a este Ente como Autoridad de Aplicación, del referido régimen.

Que la amplia e importante experiencia acumulada en los últimos CINCO (5) años de desarrollo de dicho Sistema, al lograr importantes avances en materia de prevención de la aptitud psicofísica de los conductores del transporte público de pasajeros y de mercancías peligrosas, trajo aparejada la disminución del índice de siniestralidad en dicho transporte, como así también la reducción del ausentismo por enfermedades o accidente laborales.

Que en consecuencia a los fines del acabado cumplimiento de lo exigido en el decreto y en la resolución antes mencionados, la cantidad de establecimientos habilitados para realizar la Evaluación Psicofísica debe estar en relación con la cantidad de Conductores del Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas Generales y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción Nacional.

Que a la fecha, se encuentran vencidos los contratos de prestación médica de DOCE (12) prestadores sobre un total de VEINTICINCO (25), encontrándose próximos a vencer los contratos de CINCO (5) prestadores más.

Que, en consecuencia corresponde arbitrar los procedimientos tendientes a celebrar las nuevas contrataciones de prestación médica, procediéndose a aprobar el Pliego Básico de Condiciones para el llamado a Concurso Público Nacional de Prestadores Médicos para la Evaluación Psicofísica de los Conductores Profesionales de Vehículos de Transporte Terrestre, de Pasajeros, Cargas y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción Nacional.

Que el mismo ha sido redactado conforme a la experiencia recogida en anteriores llamados a licitación y a concursos públicos, teniéndose en cuenta la uniformidad del sistema y los convenios suscriptos con las Provincias, a fin de cumplir con el objetivo de la federalización del sistema.

Que el procedimiento del concurso público se regirá por lo prescripto en el Capítulo VI del Decreto-Ley Nº 23.354/56 en vigencia en virtud de lo dispuesto en el Artículo 137 de la Ley Nº 24.156.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la competencia para el dictado de la presente medida surge de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1 º- Apruébase el Pliego Básico de Condiciones para el llamado a Concurso Público Nacional para la contratación de Prestadores Médicos para la Evaluación Psicofísica de los Conductores Profesionales de Vehículos de Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas Generales y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción Nacional como uno de los requisitos para el otorgamiento y uso de la Licencia Nacional Habilitante de los mismos, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º-Comuníquese a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

ARTICULO 3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Lic. HUGO O. RAMOS, Vicepresidente. -Ing. JORGE ANDRES ANDRADE, Director. -Ing. RODOLFO MARTINEZ DE VEDIA, Director. -ROBERTO A. CIAPPA, Presidente. -Dr. JOSE G. CAPDEVILA, Director.

NOTA: Esta Resolución se pública sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de la Dirección Nacional del Registro Oficial (Suipacha 767 - Cap. Fed.).
e. 12/3Nº219.427v. 12/3/98