CONVENIOS

Decreto 275/98

Apruébase un Convenio celebrado entre la Secretaría General de la Presidencia de la Nación y la firma Fokker Services B.V del Reino de los Países Bajos, por el que se establecen las condiciones a que se ajustarán las partes para la Modernización del Material Aéreo Fokker F 28 de dotación de la Presidencia de 1a Nación.

Bs. As., 11/3/98

B.O: 16/3/98

VISTO el Expediente Nº 008736/97; del Registro de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION por el que se tramita la aprobación del convenio suscripto entre dicha Secretaría y la firma FOKKER SERVICES B.V. del Reino de los Países Bajos destinado a la Modernización del Material Aéreo FOKKER 28 Matrícula T-03 perteneciente a la Presidencia de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que la decisión de convenir la modernización del citado Material Aéreo proviene de los informes y recomendaciones del Señor Jefe de la Agrupación Aérea de la CASA MILITAR DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION quien, teniendo en cuenta la antiguedad y horas de uso de la aeronave. FOKKER F - 28 Matrícula T-03 concluyó que resulta necesaria la concreción de un programa que permita incrementar la capacidad operativa y el cumplimiento de las finalidades de dicha aeronave con adecuados márgenes de seguridad.

Que la firma FOKKER SERVICES B V. como sucesora de FOKKER AIRCRAFT, empresa que diseñó y construyó la aeronave, concentra el material a utilizar en la modernización asegurando su legitimidad, garantizando la interacción entre los distintos equipos y ejecutando preventivamente los diseños de ingeniería pertinentes con sus correspondientes aprobaciones.

Que ello permitirá al ESTADO NACIONAL contar con un material aéreo, con equipamiento de avanzada tecnología aeronáutica, con un marcado incremento en la capacidad operativa del FOKKER F - 28, Matrícula T-03- como así también una notable extensión de su vida útil.

Que en las presentes actuaciones ha intervenido el Servicio Jurídico Competente sin formular objeciones.

Que la concertación de que se trata encuadra en las prescripciones establecidas por el Artículo 56, inciso 3º, apartado g) de la Ley de Contabilidad.

Que se cuenta con las partidas necesarias para el gasto que genere la presente medida.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 57 de la Ley de Contabilidad.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Apruébase el Convenio celebrado el día 12 de febrero de 1998 entre la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y la firma FOKKER SERVICES B.V. del Reino de los Países Bajos, por el que se establecen las condiciones a que se ajustarán las partes para la Modernización del Material Aéreo FOKKER F - 28 Matrícula T-03 de dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACION, que como Anexo forma parte del presente.

Art. 2º-El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con cargo a las partidas de la jurisdicción 20.01 SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.:-MENEM.-Carlos V. Corach.

NOTA: Este Decreto se pública sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de la Dirección Nacional del Registro Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).