Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 150/98

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma "Rafaela Motores S.A.".

Bs. As., 10/3/98

B.O.: 17/03/98

VISTO el Expediente N° 060-004085/97, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el mismo, la firma "RAFAELA MOTORES S.A.", con domicilio en Arenales 39, Rafaela, Provincia de Santa Fe solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución ex - S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996 y en el artículo 1° de la Resolución ex - S.M. e 1. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1°-Apruebase el plan de intercambio compensado presentado por la firma "RAFAELA MOTORES S.A." con domicilio en Arenales 39, Rafaela, Provincia de Santa Fe, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) fofa que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2°-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex -S.M. e 1. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de l997 y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. N° 060-004085/97.

Art. 3°-Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "RAFAELA MOTORES S.A." constituye domicilio especial en Billinghurst 789, Planta Baja, Departamento "A", Capital Federal, donde serán validas todas las notificaciones Judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4°.-La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5°-Remitase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6°-Notifiquese a la interesada.

Art. 7°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. -Alieto A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N°. 150

Expediente N° 060-004085/97

Empresa: RAFAELA MOTORES S.A.

Productos a Exportar:
Posición N.C.M.
Descripción
8414.10.00
Bombas de vacío

Productos a Importar
Posición N.C.M.
Descripción
3917.40.10
Enchufe plástico
4016.93.00
Anillo retén de caucho
4016.93.00
Retén
7318.29.00
Espina elástica metálica
8414.10.00
Bombas de vacío
8414.80.19
Compresores de aire
8414.90.00
Partes de bombas de vacío
8481.90.00
Válvula para agua látex