MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decisión Administrativa 183/98

Exceptúase a la citada jurisdicción de restricciones impuestas por el Decreto Nº 1102/81, para la cobertura del cargo de Director Nacional de Vías Navegables,

Bs. As., 18/3/98

B.O: 23/03/98

VISTO el Expediente N° 554-000068/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y los Decretos N° 1450 de fecha 12 de diciembre de 1996 y N° 756 de fecha 11 de agosto de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que mediante los citados decretos se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, creándose la DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABIES dependiente de la SECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de dicho Ministerio.

Que se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de la mencionada Dirección Nacional.

Que entre las responsabilidades que competen al citado Director Nacional se encuentra la propuesta y control de ejecución de las políticas, y planes referidos a la actividad en las vías navegables.

Que, en tanto se desarrolle el proceso de selección del referido cargo, es necesario proceder a su cobertura mediante la asignación transitoria de funciones, con carácter de excepción a lo normado en el artículo 1° del decreto Nº 1102 de fecha 26 de agosto de 1981 - Régimen de reemplazos sustituido por el artículo 1° del Decreto Nº 207 de fecha 17 de febrero de 1987, así como establecer que la convocatoria para su cobertura se efectuará dentro de los próximos SESENTA (60) días.

Que la cobertura transitoria impulsada por la presente medida no generará el pago del suplemento, por función ejecutiva.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 1°) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello.

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º-Autorízase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS para proceder a la cobertura del cargo de Director Nacional de Vías Navegables dependiente de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, mediante la asignación transitoria de funciones, con carácter de excepción a lo normado en el artículo 1º del Decreto N° 1102 de fecha 26 de agosto de 1981-Régimen de reemplazos--sustituido por el artículo 1º del Decreto N° 207 de fecha 17 de febrero de 1987.

Art. 2º-Dentro del término improrrogable de SESENTA (60) días a partir de la fecha de la presente decisión administrativa, se deberá proceder al llamado a concurso para cubrir el referido cargo, con estricta sujeción a los procedimientos de selección previstos en el Decreto N° 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995).

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Ministro Oficial y archívese.-Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.