MINISTERIO DE EDUCACION Y JUSTICIA

Decreto 427/91

Restablécese la comptencia de la Procuración del Tesoro de la Nación para ejercer las funciones de autoridad de aplicación de las Leyes N° 22.229 y 22.334.

Bs. As., 19/3/91

VISTO lo dispuesto por el Decreto N° 1107 de fecha 23 de octubre de 1989 y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del citado acto administrativo el PODER EJECUTIVO NACIONAL, aceptó la excusación formulada por el PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION, Dr. Carlos Alfredo GARCIA para ejercer las funciones de autoridad de aplicación de las Leyes N° 22.229 y 22.334 y entender en todo lo relativo al cumplimiento de los convenios suscriptos entre el ESTADO NACIONAL y el denominado "GRUPO GRECO".

Que, asimismo, se decidió encomendar al entonces SECRETARIO DE JUSTICA, Dr. César ARIAS, el ejercicio de las funciones atribuidas al señor PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION mediante Decreto N° 1444/87.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 1 y 2 del artículo 86 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Déjase sin efecto lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 1107 de fecha 23 de octubre de 1989 y restablécese la competencia de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION para ejercer las funciones de autoridad de aplicación de las Leyes N° 22.229 y 22.334 y entender en lo relativo al cumplimiento de los convenios suscriptos entre el ESTADO NACIONAL y el denominado "GRUPO GRECO".

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Antonio F. Salonia.