COMBUSTIBLES

Decreto 1803/91

Bs. As., 5/9/91

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 23.988, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Guido J. Di Tella.