COMBUSTIBLES
Decreto 1803/91
Bs. As., 5/9/91
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 23.988, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Guido J. Di Tella.