MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

DECRETO 2013/91

Crease en su ámbito la Secretaría de Programación Económica y desígnase a su titular. Dispónese la disolución de la Secretaria de Planificación de la Presidencia de la Nación.

Bs. As., 25/ 9 / 91

VISTO, las Leyes Nros. 23.696 y 23.930, el Programa de Reforma Administrativa implementado por el Decreto Nº 2476/ 90, los Decretos Nros. 479/90 y sus modificatorios y 358/91, y

CONSIDERANDO

Que la profundización del programa económico del Gobierno Nacional y la continuidad del Programa de Reforma Administrativa requieren una más estrecha articulación entre las funciones de planeamiento a mediano plazo y la elaboración de la política económica. Que asimismo la coherencia y consistencia de las políticas de transformación del Estado hacen necesario evitar la superposición de funciones entre las diferentes áreas del Gobierno Nacional. Que en tal sentido es conveniente que las funciones de planeamiento económico y promoción de la modernización productiva se concentren en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con el objeto de asegurar una mayor coherencia en la formulación de las políticas de corto y mediano plazo. Que el COMITE EJECUTIVO DE CONTRALOR DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA ha tomado la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente. Que el artículo 14 de la Ley Nº 23.930 y el artículo 9 de la Ley de Ministerios (t.o. año 1983) facultan expresamente al PODER EJECUTIVO NACIONAL a disponer la presente medida. Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artículo 86, Incisos 1º, 2º y 10 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Art. 1.- Dispónese la disolución de la SECRETARIA DE PLANIFICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION con excepción del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS.

Art. 2.- Créase en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA.

Art. 3.- Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS a la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, dependiendo de la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA.

Art. 4.- Transfiérese el personal, bienes muebles e inmuebles y presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS y de la disuelta SECRETARIA DE PLANIFICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 5.- Dentro de los SESENTA (60) días del presente el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS elevará a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL el nuevo ordenamiento organizativo y presupuestario.

Art. 6.- Dése por modificado el Decreto Nº 479/90 y sus modificatorios en las partes pertinentes.

Art. 7- Desígnase Secretario de Programación Económica del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, al Licenciado Dn Juan José Llach (L.E 4.430.863 )

Art. 8.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM -Rodolfo A. Díaz