ACUERDOS

Decreto 64/94

Apruébase el Acuerdo de Saneamiento Definitivo de la Situación Financiera entre el Estado Nacional y la Provincia de Río Negro al 31 de marzo de 1991 – Ley N° 24.133 modificada por Ley 24.154 y el Acuerdo Complementario al mismo.

Bs. As. 19/1/94

VISTO el Expediente N° 001-003694/92 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Ley N° 24.133 modificada por la Ley N° 24.154, y

CONSIDERANDO

Que dichas normas disponen la concertación del ESTADO NACIONAL con las PROVINCIAS y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de lograr el SANEAMIENTO DEFINITIVO DE LA SITUACION FINANCIERA al 31 de marzo de 1991.

Que en virtud de ello se ha suscripto con fecha 21 de enero de 1993, entre el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, Doctor Domingo Felipe CAVALLO, por una parte, y el Señor Gobernador de la PROVINCIA de RIO NEGRO, Doctor Horacio MASSACCESI, por la otra, el ACUERDO DE SANEAMIENTO DEFINITIVO DE LA SITUACION FINANCIERA al 31 de marzo de 1991, que consta de CATORCE (14) cláusulas.

Que con dicho Acuerdo se resuelven definitivamente las diferencias habidas entre las partes hasta el 31 de marzo de 1991.

Que el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos ha suscripto el referido Acuerdo en uso de las facultades conferidas por el artículo 4 de la Ley N° 24.133 modificada por la Ley N° 24.154.

Que simultáneamente, y en virtud de la cláusula octava del Convenio anteriormente aludido, ambas partes suscriben un acuerdo complementario.

Que a fin de acelerar la ejecución de dichos acuerdos y atento la conexidad entre ambos, se estima conveniente proceder a la aprobación de los mismos en un solo acto.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar el presente decreto, en virtud de las previsiones del artículo 1 de la Ley N° 24.133 modificada por la Ley N° 24.154.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°— Apuébase el ACUERDO DE SANEAMIENTO DEFINITIVO DE LA SITUACION FINANCIERA ENTRE EL ESTADO NACIONAL Y LA PROVINCIA DE RIO NEGRO al 31 de marzo de 1991 - Ley N° 24.133 modificada por Ley N° 24.154 celebrado con fecha 21 de enero de 1993, que en copia autenticada obra como Anexo I del presente.

Art. 2° — Apruébase el ACUERDO COMPLEMENTARIO AL ACUERDO DE SANEAMIENTO DEFINITIVO DE LA SITUACION FINANCIERA ENTRE EL ESTADO NACIONAL Y LA PROVINCIA DE RIO NEGRO al 31 de marzo de 1991 – Ley N° 24.154 suscripto con fecha 21 de enero de 1993 que en copia autenticada obra como Anexo II del presente.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM – Dominfo F. Cavallo.

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexos.