CULTO

Decreto 1526/92

Reconocimiento del Obispado Castrense de la República Argentina.

Bs. As., 24/8/92

VISTO el Acuerdo entre la REPUBLICA ARGENTINA y la SANTA SEDE sobre Jurisdicción Castrense y Asistencia Religiosa de las Fuerzas Armadas, celebrado el 28 de junio de 1957 y aprobado por el Decreto-Ley N° 7623 de fecha 5 de julio de 1957, por el que se constituye en la REPUBLICA ARGENTINA un VICARIATO CASTRENSE; así como el Acuerdo entre la SANTA SEDE y la REPUBLICA ARGENTINA sobre la situación jurídica de la Iglesia Católica Apostólica Romana en la REPUBLICA ARGENTINA, celebrado el 10 de octubre de 1966, y aprobado por la Ley N° 17.032; y

CONSIDERANDO:

Que Su Santidad el Papa JUAN PABLO II mediante la Constitución Apostólica "Spirituale Militum Curae", elevó los Vicariatos Castrenses al rango y a la dignidad de Diócesis.

Que con fecha 21 de abril de 1992 se convino por canje de notas entre la REPUBLICA ARGENTINA y la SANTA SEDE el reconocimiento de la aludida jerarquización, actualizando la denominación de VICARIATO CASTRENSE por la de "OBISPADO CASTRENSE DE LA REPUBLICA ARGENTINA".

Que a los efectos civiles y administrativos corresponde se dicte el acto jurídico de su reconocimiento.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud del Artículo 2°, tercer párrafo, del Acuerdo aprobado por la Ley 17.032.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Reconócese al "OBISPADO CASTRENSE DE LA REPUBLICA ARGENTINA", antes denominado VICARIATO CASTRENSE, con el rango y dignidad de Diócesis.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Guido Di Tella.